Norma Legal Oficial del día 28 de diciembre del año 2013 (28/12/2013)


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TEXTO DE LA PÁGINA 11

El Peruano Sabado 28 de diciembre de 2013

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SE RESUELVE: Articulo 1.- Aprobacion del Cuadro para Asignacion de Personal ­ CAP Aprobar el Cuadro para Asignacion de Personal - CAP del Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Proteccion de la Propiedad Intelectual ­ INDECOPI, que forma parte de la presente Resolucion Suprema. Articulo 2.- Publicacion La presente Resolucion Suprema sera publicada en el Diario Oficial El Peruano. El Cuadro para Asignacion de Personal del INDECOPI a que se refiere el articulo 1 de la presente MORDAZA, sera publicado en el MORDAZA del Estado Peruano (www.peru. gob.pe) y en el MORDAZA Institucional del Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Proteccion de la Propiedad Intelectual - INDECOPI (www.indecopi.gob.pe), el mismo dia de la publicacion de la presente Resolucion en el Diario Oficial El Peruano. Articulo 3.- Vigencia La presente Resolucion entrara en vigencia a partir del dia siguiente de su publicacion conforme a lo previsto en el articulo 2° de la presente Resolucion. Articulo 4.- Deja sin efecto el CAP aprobado por Resolucion Suprema N° 397-2012-PCM Dejar sin efecto el Cuadro para Asignacion de Personal del INDECOPI aprobado por Resolucion Suprema Nº 3972012-PCM. Articulo 5.- Refrendo La presente Resolucion Suprema sera refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros. Registrese, comuniquese y publiquese. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente del Consejo de Ministros 1033071-6

Aprueban el Cuadro para Asignacion de Personal - CAP del Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Proteccion de la Propiedad Intelectual - INDECOPI
RESOLUCION SUPREMA Nº 421-2013-PCM MORDAZA, 27 de diciembre de 2013 CONSIDERANDO: Que, la Ley N° 27658, Ley MORDAZA de Modernizacion de la Gestion del Estado y sus modificatorias, establece los principios y la base legal para iniciar el MORDAZA de modernizacion del Estado; Que, conforme a lo establecido en el articulo 1° del Decreto Legislativo Nº 1033, que aprueba la Ley de Organizacion y Funciones del Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Proteccion de la Propiedad Intelectual ­ INDECOPI, esta entidad es un Organismo Publico Especializado con personeria juridica de Derecho Publico interno, adscrito a la Presidencia del Consejo de Ministros; Que, el articulo 15° de los Lineamientos para la elaboracion y aprobacion del Cuadro para Asignacion de Personal - CAP de las entidades de la Administracion Publica aprobados por Decreto Supremo Nº 043-2004PCM, establece que los CAP de los Organismos Publicos se aprueban mediante Resolucion Suprema refrendada por el Titular del Sector al que pertenezca el respectivo organismo; Que, mediante Decreto Supremo N° 009-2009-PCM, modificado por el Decreto Supremo Nº 107-2012-PCM, se aprueba el Reglamento de Organizacion y Funciones del Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Proteccion de la Propiedad Intelectual ­ INDECOPI; Que, la Ley N° 30056, Ley que modifica diversas leyes para facilitar la inversion, impulsar el desarrollo productivo y el crecimiento empresarial, dicta las medidas para la facilitacion de la inversion privada, lo que amerita el fortalecimiento de las facultades sancionatorias de la Comision de Eliminacion de Barreras Burocraticas ­ CEB del INDECOPI; Que, la MORDAZA Disposicion Complementaria Final de la Ley N° 30056, establece que en el MORDAZA del fortalecimiento de las facultades sancionatorias de la Comision de Eliminacion de Barreras Burocraticas, derivado de la aplicacion de la indicada Ley, se exonera al INDECOPI de lo establecido en el numeral 8.1 del articulo 8º de la Ley Nº 29951, Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2013, a fin de contratar personal para la implementacion de dichas facultades, con cargo a su presupuesto institucional; Que, la Gerencia de Planeamiento y Gestion Institucional del INDECOPI, en el MORDAZA de sus competencias funcionales y lo establecido en los Lineamientos para la elaboracion y aprobacion del Cuadro para Asignacion de Personal - CAP de las entidades de la Administracion Publica aprobados por Decreto Supremo Nº 043-2004-PCM, y lo establecido en la Ley N° 30056, presenta el Informe Tecnico de Sustento del proyecto de Cuadro para Asignacion de Personal del INDECOPI; Con la opinion favorable de la Secretaria de Gestion Publica de la Presidencia del Consejo de Ministros; y, De conformidad con lo establecido en la Ley N° 27658 - Ley MORDAZA de Modernizacion de la Gestion del Estado y modificatorias; el Decreto Legislativo N° 1033 - Ley de Organizacion y Funciones del INDECOPI; la Ley N° 29158 - Ley Organica del Poder Ejecutivo; la Ley N° 30056 - Ley que modifica diversas leyes para facilitar la inversion, impulsar el desarrollo productivo y el crecimiento empresarial; los Lineamientos para la elaboracion y Aprobacion del Cuadro para Asignacion de Personal ­ CAP de las entidades de la Administracion Publica aprobados por Decreto Supremo N° 043-2004PCM; y, el Reglamento de Organizacion y Funciones de la Presidencia del Consejo de Ministros aprobado por Decreto Supremo Nº 063-2007-PCM y sus modificatorias;

Constituyen Comision Multisectorial adscrita al Sector Trabajo y Promocion del Empleo, para elaborar informe tecnico que contenga propuestas de politicas publicas referidas al Teletrabajo
RESOLUCION SUPREMA Nº 422-2013-PCM MORDAZA, 27 de diciembre de 2013 CONSIDERANDO: Que, los articulos 22° y 23° de la Constitucion Politica del Peru, establecen que el trabajo es un deber y un derecho, constituyendo objeto de atencion prioritaria del Estado, el cual protege especialmente a la MORDAZA, al menor de edad y al impedido que trabajan. Asimismo, que el Estado promueve condiciones para el progreso social y economico, en especial mediante politicas de fomento del empleo productivo y de educacion para el trabajo; Que, la Ley N° 30036, Ley que regula el Teletrabajo, prescribe en el articulo 2° que el teletrabajo se caracteriza por el desempeno subordinado de labores sin la presencia fisica del trabajador, en la empresa con la que mantiene vinculo laboral, a traves de la utilizacion de medios informaticos, de telecomunicaciones y analogos, mediante los cuales se ejercen a su vez el control y la supervision de las labores; Que, conforme a lo dispuesto por la MORDAZA Disposicion Complementaria Final de la citada Ley, el Ministerio de Trabajo y Promocion del Empleo formula las politicas publicas referidas al teletrabajo para garantizar

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