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El Peruano Sábado 28 de diciembre de 2013 511845 Que, el expediente ha sido tramitado con arreglo a Ley y cuenta con el Informe de Conformidad N° 013-2013-ANA- AAA.JZ-V-UPP expedido por la Autoridad Administrativa del Agua Jequetepeque Zarumilla según lo dispuesto por el numeral 21.5 del artículo 21° del Reglamento de Operadores de Infraestructura Hidráulica; Que, asimismo, la Dirección de Administración de Recursos Hídricos mediante Informe N° 081-2013-ANA- DARH-LAT, señala que el Proyecto Especial Chira Piura del Gobierno Regional Piura ha cumplido con acreditar la capacidad técnica, fi nanciera y organizativa para obtener el título habilitante como Operador de Infraestructura Hidráulica, recomendando que su solicitud sea atendida favorablemente; Que, en consecuencia, corresponde expedir a favor del Proyecto Especial Chira Piura del Gobierno Regional Piura, el Título Habilitante como Operador de Infraestructura Hidráulica del Sector Hidráulico Mayor Chira Piura - Clase A, parte conformante del Sistema Hidráulico Común Chira - Piura a fi n de asegurar la efi ciente prestación del servicio de suministro y la sostenibilidad de la infraestructura hidráulica a su cargo; y Estando a lo opinado por la Ofi cina de Asesoría Jurídica, con el visto de la Dirección de Administración de Recursos Hídricos y de la Secretaría General, de conformidad con el artículo 11° del Reglamento de Organización y Funciones de la Autoridad Nacional del Agua aprobado por Decreto Supremo Nº 006-2010-AG y el artículo 21° numeral 21.7 del Reglamento de Operadores de Infraestructura Hidráulica aprobado por Resolución Jefatural Nº 892-2011-ANA; SE RESUELVE Artículo 1º.- Otorgamiento del Título Habilitante Otorgar al Proyecto Especial Chira Piura del Gobierno Regional Piura, el Título Habilitante como Operador de Infraestructura Hidráulica del “Sector Hidráulico Mayor Chira Piura - Clase A”; conformante del Sistema Hidráulico Común Chira-Piura, disponiéndose su inscripción en el Registro de Operadores de Infraestructura Hidráulica. Artículo 2º.- Del plazo El plazo del título habilitante otorgado mediante el artículo precedente será de cinco (5) años, contados desde la notifi cación de la presente resolución y renovable a solicitud de parte. Artículo 3º.- Descripción del Sistema Hidráulico El “Sector Hidráulico Mayor Chira Piura - Clase A” está conformado por las estructuras hidráulicas siguientes: Presas de Poechos, Sullana y Ejidos, canales de derivación, drenes y obras de defensas ribereñas, que se describen en el Anexo N° 01 que forma parte integrante de la presente Resolución. Artículo 4º.- Capacidad organizativa, técnica y fi nanciera El Proyecto Especial Chira Piura del Gobierno Regional Piura ejercerá el rol de Operador de Infraestructura Hidráulica del “Sector Hidráulico Mayor Chira Piura - Clase A”, de acuerdo con los instrumentos de gestión siguientes: 4.1 Personería Jurídica: - Decreto Ley Nº 18381 que crea la Dirección Ejecutiva del Proyecto Especial Chira Piura. - El Decreto Supremo N°029-2003-VIVIENDA que aprobó la transferencia del Proyecto Especial Chira Piura del Instituto Nacional de Desarrollo – INADE al Gobierno Regional Piura. - Resoluciones Ejecutivas Regionales Nº 005 y 0051- 2011/GOBIERNO REGIONAL PIURA-PR y otras que designen al Gerente General del Proyecto Especial Chira Piura. 4.2 La estructura técnica administrativa del Proyecto Especial Chira Piura del Gobierno Regional Piura, queda acreditada con: - Reglamento de Organización y Funciones aprobado por Resolución Ejecutiva Regional Nº 576-2006-GOB. REG.PIURA-PR. - Manual de Organización y Funciones (MOF) aprobado por Resolución Directoral Nº 109/2001-INADE- PECHP-8401. 4.3 Capacidad fi nanciera: Para el cumplimiento de sus responsabilidades, el Proyecto Especial Chira Piura del Gobierno Regional Piura cuenta con recursos económicos provenientes del tesoro público y de la tarifa por utilización de la infraestructura hidráulica mayor. 4.4. Registro de Usuarios del servicio: El Proyecto Especial Chira Piura del Gobierno Regional Piura prestará el Servicio de Suministro a las Juntas de Usuarios de agua y usuarios indicados en el Anexo N° 02, que forma parte integrante de la presente resolución. 4.5. Inventario de infraestructura hidráulica actualizado. 4.6. Manuales y reglamentos para la operación y mantenimiento de infraestructura hidráulica siguientes: a) Manuales de Almacenamiento, Derivación y Obras Civiles de la Presa Poechos y Reglas de Operación del Embalse Poechos. b) Manuales de Almacenamiento, Derivación y Obras Civiles de la Presa Derivadora de Sullana. c) Manual de Operación y Mantenimiento de la Presa Ejidos y Canal Principal los Ejidos - Catacaos. d) Manual para la Operación del Canal Principal de Irrigación del Bajo Piura y las Obras de Arte. e) Manual para el Mantenimiento del Canal Principal de Irrigación del Bajo Piura y las Obras de Arte, tramo Catacaos - Sechura. 4.7. Programa de Distribución de Agua. Artículo 5º.- Obligatoriedad para implementar instrumentos de gestión adicionales El Proyecto Especial Chira Piura del Gobierno Regional Piura deberá implementar y presentar a la Autoridad Nacional del Agua, a más tardar al 31 de diciembre del año 2014, los instrumentos de gestión adicionales siguientes: a) Reglamento de Seguridad de la Infraestructura Hidráulica y de Bienes de Dominio Público. b) Actualización del Texto Único de Procedimientos Administrativos - TUPA del Proyecto Especial Chira Piura. c) Manuales informáticos para el monitoreo de operación y mantenimiento. d) Manual de supervisión de ejecución de obras de infraestructura hidráulica. e) Lineamientos para la conservación y protección de la infraestructura hidráulica y equipos. Artículo 6º.- Responsabilidades a cargo del Operador El Proyecto Especial Chira Piura del Gobierno Regional Piura, tiene las responsabilidades siguientes: a) Destinar exclusivamente los importes recaudados de la tarifa por utilización de la infraestructura hidráulica mayor para la ejecución del Plan Anual de Operación, de la referida infraestructura aprobado por la Administración Local de Agua. b) Ejecutar los Planes de Distribución de Agua y de Descarga de acuerdo con el Plan de Aprovechamiento de la Disponibilidad Hídrica aprobada por la Autoridad Administrativa del Agua. c) Implementar estructuras de medición de agua en los puntos de captación en la fuente natural y en los de entrega a otros operadores y usuarios. d) Reportar a la Administración Local de Agua respectiva los caudales y volúmenes de agua registrados. e) Mantener actualizados los instrumentos de gestión. f) Facilitar las acciones de supervisión y control que realice la Autoridad Nacional del Agua. g) Vigilar y proteger los bienes naturales y asociados al sector hidráulico bajo su cargo. h) Las demás establecidas en el Reglamento de la Ley de Recursos Hídricos y el Reglamento de Operadores de la Infraestructura Hidráulica. Artículo 7º.- Facultades del Operador El Proyecto Especial Chira Piura del Gobierno Regional Piura, tiene las facultades siguientes: