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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 28 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2013 (28/12/2013)

CANTIDAD DE PAGINAS: 200

TEXTO PAGINA: 18

El Peruano Sábado 28 de diciembre de 2013 511848 del Patrimonio Inmaterial como Patrimonio Cultural de la Nación y el otorgamiento de reconocimientos, correspondiendo al Viceministerio de Patrimonio Cultural e Industrias Culturales, declarar las manifestaciones del Patrimonio Cultural Inmaterial como Patrimonio Cultural de la Nación; Con el visado de la Directora General de Patrimonio Cultural, de la Directora de Patrimonio Inmaterial y el Director General de la Ofi cina General de Asesoría Jurídica; De conformidad con lo dispuesto por la Ley Nº 29565, Ley de Creación del Ministerio de Cultura; Ley Nº 28296, Ley General del Patrimonio Cultural de la Nación; su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 011- 2006-ED, y la Directiva Nº 001-2011-MC, aprobada por Resolución Ministerial Nº 080-2011-MC, y modifi cada por Resolución Ministerial Nº 103-2011/MC, y el Reglamento de Organización y Funciones aprobado por Decreto Supremo N° 005-2013-MC; SE RESUELVE: Artículo 1°.- Declarar Patrimonio Cultural de la Nación al Sistema de Jueces de Aguas de Corongo, provincia de Corongo, departamento de Áncash, por ser una tradición con gran valor histórico que contiene tanto de lo indígena como de lo occidental colonial, y diseña el orden social y cultural de este pueblo con presencia e impacto importante en la vida cotidiana de la población. Artículo 2°.- Disponer la publicación de la presente Resolución en el Diario Ofi cial El Peruano; y la difusión del Informe Nº 166-2013-DPI-DGPC/MC de fecha 27 de noviembre de 2013, en el Portal Institucional del Ministerio de Cultura (www.cultura.gob.pe). Artículo 3°.- Notifi car la presente Resolución y el Informe Nº 166-2013-DPI-DGPC/MC a la Municipalidad Provincial de Corongo, del departamento de Ancash para los fi nes consiguientes. Regístrese, comuníquese y publíquese LUIS JAIME CASTILLO BUTTERS Viceministro de Patrimonio Cultural e Industrias Culturales 1032433-1 DEFENSA Modifican el Artículo 6º del Reglamento de la Ley Nº 28796, aprobado por D.S. Nº 005-2008-DE, relativo a la conformación de Comisión de Calificación DECRETO SUPREMO Nº 020-2013-DE EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA CONSIDERANDO: Que, mediante Ley Nº 28796 se reconoce la calidad de Defensores de la Patria al personal de las Fuerzas Armadas, Policía Nacional del Perú y Personal Civil que participaron en los incidentes armados fronterizos del Subsector del Alto Cenepa de 1978 y en el Confl icto Armado de la Cordillera del Cóndor de 1981; Que, el Reglamento de la Ley Nº 28796, aprobado por Decreto Supremo Nº 005-2008-DE, del 29 de marzo de 2008, establece las defi niciones, normas y procedimientos para la califi cación y reconocimiento de la calidad de Defensores de la Patria del personal de las Fuerzas Armadas, Policía Nacional y Personal Civil participantes en los incidentes armados fronterizos antes referidos; Que, el artículo 6º de la citada norma señala que el Jefe del Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas debe nombrar anualmente a los miembros que conformarán la Comisión encargada de la evaluación de las solicitudes que se formulen en el marco del mencionado dispositivo legal; la misma que es presidida por el Jefe de la Primera División del Estado Mayor Conjunto de las Fuerzas Armadas e integrada entre otros, por el Jefe del Departamento de Personal de la citada División; Que, por Resolución del Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas Nº 244 CCFFAA/OAANN/SEC, de fecha 19 de julio de 2010, se creó con efi cacia anticipada al 1 de enero de 2010, la Ofi cina de Asuntos Nacionales del Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas; Que, en atención al proceso de adecuación progresiva de la estructura orgánica del Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas previsto en el Decreto Legislativo Nº 1136, Decreto Legislativo del Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas, que contempla a la Ofi cina de Asuntos Nacionales como parte de su organización institucional, resulta necesario modifi car la conformación de la Comisión Califi cadora establecida en el artículo 6º del Reglamento de la Ley Nº 28796, incorporando a personal militar de la citada Ofi cina en reemplazo de los miembros representantes de la Primera División del Estado Mayor Conjunto de las Fuerzas Armadas, a fi n de tomar las decisiones que correspondan; De conformidad con lo dispuesto en el numeral 8 del artículo 118º de la Constitución Política, la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, la Ley Nº 28796 y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 005-2008- DE, del 29 de marzo de 2008; DECRETA: Artículo 1º.- Modifi cación del artículo 6º del Decreto Supremo Nº 005-2008-DE Modifíquese el artículo 6º del Reglamento de la Ley Nº 28796, aprobado por Decreto Supremo Nº 005-2008- DE, de fecha 28 de marzo de 2008, en los términos siguientes: “Artículo 6.- De la Comisión de Califi cación El Jefe del Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas, nombrará anualmente la Comisión de Califi cación la cual estará conformada por los siguientes miembros: - Jefe de la Ofi cina de Asuntos Nacionales del Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas: Presidente - Jefe del Departamento de Reconocimiento a los Defensores de la Patria: Vocal - Un Ofi cial Superior representante del Ejercito del Perú: Vocal - Un Ofi cial Superior representante de la Marina de Guerra del Perú: Vocal - Un Ofi cial Superior representante de la Fuerza Aérea del Perú: Vocal - Un Ofi cial Superior representante de la Policía Nacional del Perú: Vocal - Un Ofi cial Superior de la Sanidad del Ejército del Perú: Vocal - Un Ofi cial Superior de la Ofi cina de Asuntos Nacionales del Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas: Vocal - El Jefe de la Ofi cina de Asesoría Jurídica del Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas: Asesor Legal” Artículo 2º.- Vigencia El presente Decreto Supremo entrará en vigencia al día siguiente de su publicación en el Diario Ofi cial El Peruano. Artículo 3º.- Refrendo El presente Decreto Supremo será refrendado por los Ministros de Defensa y del Interior. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los veintisiete días del mes de diciembre del año dos mil trece. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la República PEDRO CATERIANO BELLIDO Ministro de Defensa WALTER ALBÁN PERALTA Ministro del Interior 1033071-3