Norma Legal Oficial del día 30 de diciembre del año 2013 (30/12/2013)


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TEXTO DE LA PÁGINA 22

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Municipalidad Distrital de San MORDAZA a fin que brinden las facilidades del caso a la Gerencia de Obras y Servicios Municipales respecto a la implementacion y ejecucion del Plan de Gestion de Residuos de la Construccion y Demolicion depositados en espacios publicos y de obras menores. Articulo Quinto.- DISPONER la publicacion del presente Decreto de Alcaldia en el Diario Oficial "El Peruano", asi como en el MORDAZA de Transparencia de la Municipalidad Distrital de San Isidro. Articulo Sexto.- DISPONER que el presente Decreto de Alcaldia entrara en vigencia al dia siguiente de su publicacion en el Diario Oficial "El Peruano". Registrese, comuniquese, publiquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA CANTELLA SALAVERRY MORDAZA

El Peruano Lunes 30 de diciembre de 2013

1032765-1

MUNICIPALIDAD DE SAN MORDAZA DE LURIGANCHO
Prorrogan para el Ejercicio 2014, la vigencia de la Ordenanza Nº 228MDSJL, que aprueba el costo por derecho de emision mecanizada del Impuesto Predial y Arbitrios Municipales del distrito
ORDENANZA Nº 0256
San MORDAZA de Lurigancho, 16 de octubre de 2013 EL CONCEJO LURIGANCHO VISTO: En Sesion Ordinaria de la fecha, el Memorandum Nº 738-2013-GM/MDSJL de la Gerencia Municipal, el Informe Nº 488-2013-GAJ-MDSJL de la Gerencia de Asesoria Juridica, el Informe Nº 099-2013-GR/MDSJL de la Gerencia de Rentas; y, CONSIDERANDO: Que, la Constitucion Politica del Peru reconoce en su articulo 194º, modificada por la Ley de Reforma Constitucional Nº 27680 concordante con el Art. II del Titulo Preliminar de la Ley Nº 27972 Ley Organica de Municipalidades, establece que los gobiernos locales gozan de autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia; precisando que la autonomia que la Constitucion Politica del Peru establece para las municipalidades, radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, actos administrativos y de administracion, con sujecion al ordenamiento juridico; Que, el articulo 40º de la Ley Organica de Municipalidades, Ley Nº 27972, en el MORDAZA parrafo dispone que mediante ordenanzas se crean, modifican, suprimen o exoneran de los arbitrios, tasas, licencias, derechos y contribuciones dentro de los limites establecidos por Ley; asi mismo el tercer parrafo dispone que las ordenanzas en materia tributaria expedidas por las municipalidades distritales deben ser ratificadas por las municipalidades provinciales de su circunscripcion para su vigencia. Que, en la Cuarta Disposicion Final del Texto Unico Ordenado de la Ley de Tributacion Municipal aprobado por Decreto Supremo Nº 156-2004-EF, faculta a las Municipalidades a cobrar por el servicio de emision mecanizada de actualizacion de valores, determinacion de impuestos y recibos de pago correspondiente, incluida su distribucion a domicilio, un importe no mayor al 0.4% de la Unidad Impositiva Tributaria vigente al 01 de enero de cada ejercicio. Que, la Ordenanza Municipal Nº 1533/MML que aprueba el procedimiento de Ratificacion de Ordenanzas Tributarias Distritales en el ambito de la Provincia de DISTRITAL DE SAN MORDAZA DE

MORDAZA, publicada el 27 de junio de 2011 en el Diario Oficial El Peruano, establece en la setima disposicion final ­ Periodicidad en la Ratificacion de Ordenanzas de Derecho de Emision, las Ordenanzas Distritales que aprueban los derechos de emision mecanizadas deberan ser ratificadas anualmente, sin perjuicio de lo anterior, el Acuerdo de Concejo ratificatorio tendra vigencia MORDAZA de dos (02) anos, en la medida que la Ordenanza Distrital mantenga invariables las condiciones que originaron la ratificacion; Que, mediante Ordenanza Municipal Nº 228/MDSJL de fecha 24 de enero del 2012, se aprobo los costos por Derecho de Emision Mecanizada del Impuesto Predial y Arbitrios Municipales ano 2012, fijandose en S/. 2.10 (Dos y 10/100 nuevos soles), el monto anual que deberan abonar los contribuyentes por concepto de Derecho de Emision Mecanizada de Actualizacion de Valores y Determinacion del Impuesto Predial y Arbitrios Municipales 2012, incluida su distribucion a domicilio ­ siendo esta ratificada mediante Acuerdo de Concejo Metropolitano Nº 421-2012/MML, publicandose el 11 de marzo del 2012. Asimismo, para el ejercicio 2013, se aprobo la Ordenanza Nº 241 modificada por Ordenanza Nº 245 que prorroga la vigencia de la Ordenanza Municipal Nº 228/MDSJL; Que, resulta necesario establecer los montos que deben abonar los contribuyentes por el derecho de emision mecanizada de actualizacion de valores, determinacion de tributos y de recibos de pago del Impuesto Predial y Arbitrios Municipales correspondiente al ejercicio 2014; en consecuencia, la Gerencia de Rentas, mediante Informe Nº 099-2013-GR/MDSJL, recomienda que para el ejercicio 2014, se prorrogue la vigencia de la Ordenanza Municipal Nº 228/MDSJL; Estando a lo expuesto y a lo opinado en el Informe Nº 488-2012-GAJ-MDSJL de la Gerencia de Asesoria Juridica, el Informe Nº 099-2013-GR/MDSJL de la Gerencia de Rentas; y de conformidad con lo dispuesto por los numerales 8) y 9) del articulo 9º y por el articulo 40º de la Ley Organica de Municipalidades, Ley Nº 27972, con el MORDAZA Unanime del Concejo Municipal y con la dispensa de la lectura y tramite de aprobacion del Acta, se aprobo la siguiente:

ORDENANZA QUE PRORROGA PARA EL EJERCICIO 2014, LA VIGENCIA DE LA ORDENANZA MUNICIPAL Nº 228-MDSJL, RATIFICADA CON ACUERDO DE CONCEJO METROPOLITANO Nº 421-2012/MML, QUE APRUEBA EL COSTO POR DERECHO DE EMISION MECANIZADA DEL IMPUESTO PREDIAL Y ARBITRIOS MUNICIPALES DEL DISTRITO DE SAN MORDAZA DE LURIGANCHO
Articulo Unico.- PRORROGAR para el ejercicio 2014 la vigencia de la ORDENANZA MUNICIPAL Nº 228/MSJL, que fija en S/. 2.10 (Dos y 10/100 nuevos soles) el monto anual que deberan abonar los contribuyentes por concepto de Derecho de Emision Mecanizada de Actualizacion de Valores y Determinacion del Impuesto Predial y Arbitrios Municipales, incluida su distribucion a domicilio.

DISPOSICIONES FINALES
Primera.- La presente Ordenanza entrara en vigencia el 1 de enero del ano 2014, cumplido que sea su publicacion en el Diario Oficial El Peruano. Segunda.- Encarguese a la Sub Gerencia de Informatica conjuntamente con la Secretaria General, el cumplimiento de las formalidades de publicidad establecidas en la Ley, a efecto que el texto integro de la Ordenanza conjuntamente con sus anexos se publiquen en el MORDAZA Institucional de la Municipalidad de San MORDAZA de Lurigancho (www. munisjl.gob.pe), y en el MORDAZA Institucional del Servicio de Administracion Tributaria (www.sat.gob.pe). Tercera.- Facultar al MORDAZA de la Municipalidad de San MORDAZA de Lurigancho, para que dicte las disposiciones complementarias y necesarias para la aplicacion de la presente Ordenanza. Registrese, comuniquese, publiquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA

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