Norma Legal Oficial del día 30 de diciembre del año 2013 (30/12/2013)


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TEXTO DE LA PÁGINA 17

El Peruano Lunes 30 de diciembre de 2013

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en el desempeno de las funciones al haber autorizado la formulacion de expedientes y planes de trabajo ( periodo 06.06.2009 al 04.12.2009) y haber dado conformidad a los servicios prestados por doce formuladores de estudios definitivos pese a que estas presentaban deficiencias y articulo Nº 153 del Decreto Supremo Nº 005-90-PCM por el incumplimiento de las normas legales y administrativas en el ejercicios de sus funciones. e- Al Senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA ­ Evaluador de la oficina Ejecutiva de Programacion e Inversiones, no se ha puesto a derecho pese a tener conocimiento de la apertura del MORDAZA administrativo y ser legalmente notificado, quien con su actuar contraviene el articulo Nº 28del Decreto Legislativo Nº 276, letra d) por negligencia en el desempeno de las funciones al haber evaluado con serias deficiencias e inconsistencias el estudio de factibilidad PIP "Mejoramiento y ampliacion del sistema de Agua Potable e Instalacion del Sistema de Alcantarillado en las localidades de Boca del Rio, MORDAZA MORDAZA y Llostay" y articulo Nº 153 del Decreto Supremo Nº 005-90-PCM por el incumplimiento de la directiva General del Sistema Nacional de Inversion Publica aprobado por Resolucion Directoral Nº 002-2009-EF/68.01 en el ejercicio de las funciones ; y , f- Finalmente respecto al senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA Alanoca- Ex Jefe de la Unidad Formuladora de la Gerencia de Desarrollo Social -, no se ha puesto a derecho pese a ser debidamente notificado, quien se encuentra inmerso en la (observacion Nº 03) del citado informe Nº 013-2012-2-5352, por contravenir el articulo Nº 28 del Decreto Legislativo 276, letra d) por negligencia en el desempeno de las funciones al haber autorizado la formulacion de expedientes tecnicos y planes de trabajo periodo 06.06.2009 al 04.12.209) y haber dado conformidad a los servicios prestadopor doce formuladores de estudios definitivos pese a que estas presentaban deficiencias y el articulo Nº 153 del Decreto Supremo Nº 005-90-PCM por el incumplimiento de las normas legales y administrativas en el ejercicio de sus funciones.

declararse su prescripcion por haber excedido el plazo de vigencia conforme el articulo Nº 173 Del Decreto Supremo Nº 005-90 ­PCM situacion contraria a los documentos obrantes en autos; por lo que con su actuar ha contravenido - el articulo 28 del Decreto Legislativo Nº 276, letras d) por negligencia en el desempeno de las funciones, al haber aprobado con serias deficiencias e inconsistencias el Estudio de Factibilidad del PIP "Mejoramiento y Ampliacion del Sistema de Agua Potable e Instalacion del Sistema de Alcantarillado en las localidades de Boca del Rio, MORDAZA MORDAZA y Llostay" y el articulo Nº 153 del Decreto Supremo Nº 005-90-PCM, por incumplimiento de la Directiva General del Sistema Nacional de Inversion Publica aprobada por Resolucion Directoral Nº 002-2009-EF/68.01 en el ejercicio de sus funciones. c- El senor Williams MORDAZA MORDAZA MORDAZA (Nombrado)Encargado de Autorizar la Formulacion de los expedientes Tecnicos y Planes de Trabajo- que se encuentra destacado y actualmente labora en La Municipalidad Provincial de MORDAZA, quien de igual forma, lejos de aclarar el hallazgo determinado en el informe Nº 013-2012-2-5352( observacion Nº 03), se centra en solicitar la declaratoria de prescripcion, por haberse extinguido la facultad sancionadora, situacion contraria a los documentos que obran en el expediente administrativo, por lo que esta inmerso en la infraccion del articulo Nº 28 del Decreto Legislativo Nº 276, letra d), por negligencia en el desempeno de las funciones al autorizar la formulacion de los expedientes tecnicos y planes de trabajo y haber impulsado y fomentado las acciones administrativas para el pago de servicios profesionales; asi como el articulo Nº 153 de Decreto Supremo Nº 005-90-PCM, por incumplimiento de las normas legales y administrativas en el ejercicio de sus funciones. d- Al Ing. Freddy MORDAZA MORDAZA MORDAZA ­ ex Gerente de la Gerencia de Desarrollo Social-, no labora en la Entidad y esta inmerso en la observacion Nº 03 por lo que se encuentra inmerso por infraccion al articulo Nº 28 del Decreto Legislativo Nº 276, Letra d) por negligencia

REQUISITOS PARA PUBLICACI N EN LA SEPARATA DE NORMAS LEGALES
Se comunica a las entidades que conforman el Poder Legislativo, Poder Ejecutivo, Poder Judicial, Organismos constitucionales autonomos, Organismos Publicos, Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales, que para efectos de la publicacion de sus disposiciones en general (normas legales, reglamentos juridicos o administrativos, resoluciones administrativas, actos de administracion, actos administrativos, etc) que contengan o no anexos, deben tener en cuenta lo siguiente: 1.- La documentacion por publicar se recibira en la Direccion del Diario Oficial, de lunes a viernes, en el horario de 9.00 a.m. a 5.00 p.m., la solicitud de publicacion debera adjuntar los documentos refrendados por la persona acreditada con el registro de su firma ante el Diario Oficial. 2.- Junto a toda disposicion, con o sin anexo, que contenga mas de una pagina, se adjuntara un disquete, cd rom o USB con su contenido en formato Word o este podra ser remitido al correo electronico normaslegales@editoraperu.com.pe 3.- En toda disposicion que contenga anexos, las entidades deberan tomar en cuenta lo establecido en el articulo 9º del Decreto Supremo Nº 001-2009-JUS. 4.- Toda disposicion y/o sus anexos que contengan tablas, deberan estar trabajadas en EXCEL, de acuerdo al formato original y sin justificar; si incluyen graficos, su MORDAZA sera en extension PDF o EPS a 300 DPI y en escala de grises cuando corresponda. 5.- En toda disposicion, con o sin anexos, que en total excediera de 6 paginas, el contenido del disquete, cd rom, USB o correo electronico sera considerado MORDAZA FIEL DEL ORIGINAL, para efectos de su publicacion, a menos que se advierta una diferencia evidente, en cuyo caso la publicacion se suspendera. 6.- Las cotizaciones se enviaran al correo electronico: cotizacionesnnll@editoraperu.com.pe; en caso de tener mas de 1 pagina o de incluir MORDAZA se cotizara con originales. Las cotizaciones tendran una vigencia de dos meses o segun el cambio de tarifas de la empresa. LA DIRECCION

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