Norma Legal Oficial del día 30 de diciembre del año 2013 (30/12/2013)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 9

El Peruano Lunes 30 de diciembre de 2013

513395
Dada en la Sede Central del Gobierno Regional de MORDAZA, a los veinticuatro dias del mes de diciembre del dos mil trece. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente del Gobierno Regional MORDAZA

mismo periodo del ano anterior, impulsado por los mayores niveles de produccion de los minerales metalicos y en el caso especifico de la produccion nacional de cobre registro un incremento de 13.6%, debido a los mayores niveles de produccion de las companias mineras, teniendo una participacion en conjunto de 69.8% sobre el total de la produccion, segun el Comportamiento de la Economia Peruana en el Tercer Trimestre de 2013, publicado por el Instituto Nacional de Estadistica; Que, la Region MORDAZA para el financiamiento y ejecucion de los proyectos de inversion publica, ha recibido recursos presupuestales por concepto de canon minero, siendo estos recursos los mas importantes dentro de todos los que el Estado Nacional entrega y/o transfiere a la Region, siendo la MORDAZA region mas importante en produccion de cobre despues de la Region Ancash; sin embargo, la expansion de Proyecto de la Unidad de Produccion Cerro MORDAZA, podria permitir que ocupe el primer puesto nacional con la consecuente mayor recaudacion; Que, en tal sentido el Organo Ejecutivo Regional solicita la Declaratoria de Necesidad e Interes Publico Regional del Proyecto de: "Expansion de la Unidad de Produccion Cerro Verde" ante el Consejo Regional de Arequipa; Que, en atencion a la importancia presupuestal que tiene para el Estado Peruano los recursos recaudados provenientes de la actividad minera, en especial en el Departamento de MORDAZA, y, ante la actual disminucion del precio de los comodities (dentro de los cuales se encuentra el cobre), y la crisis economica mundial, entonces, le corresponde a las Entidades Publicas aprobar medidas que garanticen o coadyuven a la ejecucion y continuidad de proyecto de inversion tanto publicos, como privados; por consiguiente, solo la mayor produccion y ventas de cobre en el mediano y largo plazo, bajo condiciones favorables, pueden garantizar que el Gobierno Nacional transfiera suficientes recursos a los Gobiernos Locales y Gobierno Regional, garantizando la ejecucion de proyectos a nivel de infraestructura vial, infraestructura MORDAZA, servicios de agua y saneamiento, salud y educacion; Que, por estas consideraciones y, siendo que corresponde al Consejo Regional la aprobacion MORDAZA referida, al MORDAZA de la Ley 27783 Ley de Bases de Descentralizacion, la Ley 27867 Ley Organica de Gobiernos Regionales, modificada por las Leyes 27902, 28013, 28926, 28961, 28968, 29053; y en observancia del MORDAZA legislativo regional constituido por la Ordenanza Regional Nro. 0012007-GRA/CR-AREQUIPA, la Ordenanza Regional 010AREQUIPA y la Ordenanza Regional 154-AREQUIPA. SE ORDENA: Articulo 1º.- Declaratoria de Necesidad e Interes Publico Regional DECLARAR de Necesidad e Interes Publico Regional el Proyecto "Expansion de la Unidad de Produccion Cerro Verde" a ejecutarse en el Departamento y Region de Arequipa. Articulo 2º.- Vigencia La Ordenanza Regional entrara en vigencia a partir del dia siguiente de su publicacion en el Diario Oficial "El Peruano". Articulo 3º.- Publicacion Oficial y Electronica DISPONER la publicacion de la presente MORDAZA Regional tanto en el Diario Oficial "El Peruano", como en el Diario Regional de Avisos Judiciales; asimismo, SE ENCARGA a la Oficina de Planeamiento y Desarrollo Institucional del Ejecutivo Regional que, una vez publicada en el Diario Oficial, inmediatamente y de conformidad con lo regulado en el articulo 9 del Decreto Supremo Nro. 001-2009-JUS, publique electronicamente en el Pagina Web del Gobierno Regional el texto integro de la presente Ordenanza Regional. Comuniquese al senor Presidente del Gobierno Regional de MORDAZA para su promulgacion. En MORDAZA, a los diecisiete dias del mes de diciembre del 2013. MORDAZA CARCAMO MORDAZA Presidente del Consejo Regional de MORDAZA POR TANTO: Mando se publique y cumpla.

1032635-1

Derogan la Ordenanza Nº 032AREQUIPA, que establece criterios o lineamientos de caracter regional para el aprovechamiento sostenible de los recursos naturales existentes en el litoral del departamento de MORDAZA
ORDENANZA REGIONAL Nº 256-AREQUIPA
El Consejo Regional de MORDAZA Ha aprobado la Ordenanza Regional siguiente: CONSIDERANDO: Que, el articulo 191° de la Constitucion Politica del Peru de 1993, modificada por Ley de Reforma Constitucional del Capitulo XIV del Titulo IV sobre Descentralizacion ­ Ley N° 27680, establece que los gobiernos regionales tienen autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, conforme a lo establecido en el articulo 15º inciso a) de la Ley Organica de Gobiernos Regionales, senala que es atribucion del Consejo Regional aprobar, modificar o derogar normas que regulen o reglamenten los asuntos y materias de competencias y funciones del Gobierno Regional; Que, el articulo 52º de la Ley Organica de Gobierno Regionales ­Ley Nº 27867­ establece que estos tienen funciones especiales en materia pesquera como: ((a)) formular, aprobar, ejecutar, evaluar, dirigir, controlar y administrar los planes y politicas en materia pesquera y produccion acuicola de la region; ((b)) administrar, supervisar y fiscalizar la gestion de actividades y servicios pesqueros bajo su jurisdiccion; ((c)) desarrollar acciones de vigilancia y control para garantizar el uso sostenible de los recursos bajo su jurisdiccion, y, ((d)) velar y exigir el adecuado cumplimiento de las normas tecnicas en materia de pesqueria; Que, mediante Ordenanza Regional Nº 032AREQUIPA de fecha 15 de enero del 2008, el Pleno del Consejo Regional ordeno establecer los criterios o lineamientos de caracter regional para el aprovechamiento sostenible de los recursos naturales existentes en el litoral del Departamento de Arequipa; asimismo, en el articulo cuatro prohibio la instalacion, traslado fisico, cambio de ubicacion y/o la ampliacion de capacidad de procesamiento de establecimientos industriales o plantas que no se adecuen a los lineamientos establecidos en el articulo 2 de la citada ordenanza regional; Que, mediante Oficio Nº 745-2013-PRODUCE/DM, de fecha 25 de septiembre del 2013, el Ministerio de la Produccion comunico al Gobierno Regional de MORDAZA que la Oficina General de Asesoria Juridica de este ministerio, recomendo dar inicio al procedimiento correspondiente a una accion de inconstitucionalidad contra la Ordenanza Regional Nº 032-AREQUIPA, por considerar que dicha ordenanza fue emitida sin considerar la competencia exclusiva que el Ministerio de la Produccion posee en materia de pesqueria industrial y que esta contemplada explicitamente en el ordenamiento legal, por lo que, en aras de mantener las buenas relaciones solicita al Gobierno Regional de MORDAZA evaluar la constitucionalidad de la deferida ordenanza regional; Que, el articulo 9º de la Ley General de Pesca ­Decreto Ley 25977­ establece que el Ministerio de Pesqueria (hoy Ministerio de la Produccion), sobre la base de evidencias cientificas disponibles y de factores socioeconomicos, determinara, segun el MORDAZA de pesqueria, los sistemas de ordenamiento pesquero y zonas de pesca, la regulacion del esfuerzo pesquero, los metodos de pesca y demas normas

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.