Norma Legal Oficial del día 30 de diciembre del año 2013 (30/12/2013)


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TEXTO DE LA PÁGINA 15

El Peruano Lunes 30 de diciembre de 2013

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b) Realizar el seguimiento y la supervision de la implementacion y cumplimiento de la produccion del oregano. c) Proponer politicas de corto, mediano y largo plazo para la exportacion del Oregano de Tacna. d) Salvaguardar las caracteristicas de la denominacion de origen del Oregano de Tacna. e) Otras funciones establecidas en el Reglamento Interno del Consejo Regulador. Articulo Octavo: La Presidencia asume la representacion del Consejo Regulador del Oregano de Tacna y debera convocar a la primera sesion en un plazo no mayor de 30 dias calendario de entrada en vigencia de la presente ordenanza regional. Articulo Noveno: El Consejo Regulador del Oregano de Tacna, elaborara su Reglamento Interno en un Plazo no mayor de treinta (30) dias calendario contabilizados desde su instalacion. Articulo Decimo: ENCARGAR a la Gerencia General Regional y a la Gerencia Regional de Desarrollo Economico del Gobierno Regional de Tacna, la implementacion de la presente Ordenanza Regional. Articulo Decimo Primero: DISPONER que la presente Ordenanza Regional entrara en vigencia al dia siguiente de su publicacion en el Diario Oficial "El Peruano". Articulo Decimo Segundo: PUBLICAR Y DIFUNDIR, la presente Ordenanza Regional en el Diario Oficial "El Peruano" y en el MORDAZA electronico de la institucion, en cumplimiento de lo dispuesto por el articulo 42 de la Ley Nº 27867, Ley Organica de Gobiernos Regionales, disponiendo que dicha publicacion sea efectuada por la Gerencia General Regional del Gobierno Regional de Tacna. Comuniquese al senor Presidente del Gobierno Regional de Tacna, para su promulgacion. En la MORDAZA de Tacna, al dia dieciseis de noviembre del ano dos mil trece. MORDAZA MORDAZA MORDAZA LLANCAY Presidenta Consejo Regional de Tacna POR TANTO: Mando se registre, notifique, difunda y cumpla. Dado en la sede del Gobierno Regional de Tacna, al dia 19 de diciembre de 2013. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente del Gobierno Regional de Tacna

a traves del cual se aprueba la propuesta de Ordenanza Regional: "DECLARAR DE INTERES REGIONAL LA OBTENCION DE LA DENOMINACION DE ORIGEN DEL OREGANO DE TACNA", dictamen que se puso a consideracion del Pleno del Consejo Regional, en Sesion Ordinaria de fecha 16 de noviembre del 2013. Que, el Pleno del Consejo Regional, en merito a sus atribuciones, y por las consideraciones expuestas, debatido y conforme a los articulos 15 literal a), 36, 37 literal a) y 38 de la Ley Nº 27867, Ley Organica de Gobiernos Regionales, modificada por las Leyes Nos. 27902, 28013, 28926, 28961, 28968 y 29053; y el Reglamento Interno del Consejo Regional de Tacna, en Sesion Ordinaria de la fecha, ha aprobado por unanimidad la siguiente; ORDENANZA REGIONAL: Articulo Primero: DECLARAR, de interes regional la obtencion de la denominacion de origen del oregano de Tacna con el fin de identificar su procedencia y genuinidad. Articulo Segundo: DISPONER, que el organo Ejecutivo Regional del Gobierno Regional de Tacna, realice el tramite correspondiente ante el Organo Competente para obtener la declaracion de proteccion de la denominacion de origen "Oregano de Tacna" e inscribir la misma en el Registro de Denominaciones de Origen de la Propiedad Industrial de INDECOPI. Articulo Tercero: DISPONER, que el Organo Ejecutivo Regional del Gobierno Regional de Tacna, encargue a la Gerencia Regional de Desarrollo Economico el estudio para determinar con precision el ambito geografico, las caracteristicas del producto, el estudio de los factores ambientales que determinen sus caracteristicas, entre otros aspectos que se requieran para la obtencion de la Denominacion de Origen del Oregano de Tacna. Articulo Cuarto: CONSTITUIR, el Consejo Regulador del Oregano de Tacna, con el fin de garantizar la calidad del Oregano en la Region Tacna, teniendo como finalidad evitar el fraude o adulteracion de la calidad a traves de un MORDAZA de control y supervision permanente. Asimismo impulsara la tecnificacion de los procesos de produccion, seleccion, embazado y comercializacion. Articulo Quinto: El Consejo Regulador del Oregano de Tacna, estara conformada por: a) Un representante de la Gerencia Regional de Desarrollo Economico del Gobierno Regional de Tacna, quien lo Preside. b) Un representante de la Direccion Regional de Agricultura de Tacna, a cargo de la Secretaria Tecnica. c) Un representante de Servicio Nacional de Sanidad Agraria ­ SENASA TACNA, por ser responsable actual del MORDAZA de inocuidad. d) Un representante de las asociaciones de productores de oregano de cada distrito de la Region Tacna. e) Un representante de la Direccion Regional de Comercio Exterior y Turismo de Tacna. f) Un representante de la Direccion Regional de la Produccion de Tacna. g) Un representante del Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Proteccion de la Propiedad Intelectual - INDECOPI. El Consejo Regulador del Oregano de Tacna del Gobierno Regional de Tacna, podra incorporar a representantes de entidades publicas o privadas vinculadas a la produccion de oregano. Articulo Sexto: El Consejo Regulador del Oregano de Tacna, encargado del MORDAZA de control y supervision de la produccion del oregano en la Region Tacna, contara con una Secretaria Tecnica la cual tendra a su cargo la ejecucion de sus acuerdos; asi como, la direccion y elaboracion de los estudios y trabajos tecnicos que requiera dicha comision para el cumplimiento de sus fines, entre otras funciones que MORDAZA establecidas en el respectivo reglamento. La Secretaria Tecnica estara a cargo del Director Regional de Agricultura o quien haga sus veces. Articulo Setimo: El Consejo Regulador del Oregano de Tacna, tiene las siguientes funciones: a) Supervisar la produccion, cosecha, seleccion, embazado y demas procesos y/o mecanismos que garanticen las conservacion de sus caracteristicas geneticas, agro climatologicas y bromatologicas del Oregano de Tacna.

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Relacion de concesiones mineras cuyos titulos fueron aprobados en el mes de noviembre del 2013
RESOLUCION DIRECTORAL Nº 80-2013-DRSEMT/G.R.TACNA
Fecha, 13 de diciembre del 2013 CONSIDERANDO: Que, mediante Resoluciones Ministeriales Nº 179-2006MEM-DM, Nº550-2006-MEM-DM y Nº 121-2008-MEM/DM publicadas el 06 de MORDAZA del 2006, el 18 de noviembre del 2006 y el 10 de marzo del ano 2008 en el Diario Oficial "El Peruano" respectivamente, se declaro que el Gobierno Regional de Tacna, concluyo el MORDAZA de transferencia de funciones sectoriales en materia de Energia y Minas, siendo competente a partir de esas fechas para el ejercicio de la misma. Que, mediante Resolucion Ejecutiva Regional Nº 1352007-PR/G.R.TACNA de fecha 23 de MORDAZA del 2007, el Gobierno Regional de Tacna dispone delegar a la Direccion Regional Sectorial de Energia y Minas de Tacna las funciones senaladas en la Resolucion Ministerial Nº 1792006-MEM-DM y Resolucion Ministerial Nº 550-2006-MEMDM. Que, por Ordenanza Regional Nº 022-2009-CR/GOB. REG.TACNA de fecha 21 de agosto del 2009, el Consejo

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