Norma Legal Oficial del día 30 de diciembre del año 2013 (30/12/2013)


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TEXTO DE LA PÁGINA 8

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de estudiantes visitantes, en la Universidad Nacional de Colombia, en el Semestre Academico 2014 - I. Articulo 2º.- INDICAR que la Universidad Nacional de Tumbes asumira, totalmente, los gastos, que para los efectos de lo dispuesto en el articulo precedente, que deben afrontar cada uno de los mencionados estudiantes, en materia de pasajes y estadia en el Bogota (Colombia) Articulo 3º.- COMUNICAR la presente Resolucion a cada uno de dichos estudiantes, para su conocimiento y ejecucion de las acciones pertinentes previas a su salida al exterior. Dada en Tumbes, a los veintiocho dias de noviembre de dos mil trece. Registrase y comunicase. (FDO) Dr. MORDAZA DE LA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Rector de la UNT. (FDO) M.G MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Secretario General de la UNT. MORDAZA DE LA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Rector

El Peruano Lunes 30 de diciembre de 2013

ejecucion de las acciones pertinentes previas a su salida al exterior. Dada en Tumbes, a los veintiocho dias de noviembre de dos mil trece. Registrase y comunicase. (FDO) Dr. MORDAZA DE LA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Rector de la UNT. (FDO) M.G MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Secretario General de la UNT. MORDAZA DE LA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Rector

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GOBIERNOS REGIONALES GOBIERNO REGIONAL DE MORDAZA
Declaran de necesidad e interes publico regional el Proyecto "Expansion de la Unidad de Produccion Cerro Verde"
ORDENANZA REGIONAL Nº 254-AREQUIPA
El Consejo Regional de MORDAZA Ha aprobado la Ordenanza Regional siguiente: CONSIDERANDO: Que, la Descentralizacion es una forma de organizacion democratica y constituye una politica permanente de Estado, de caracter obligatorio, que tiene como objetivo fundamental el desarrollo integral del MORDAZA y se realiza por etapas, en forma progresiva y ordenada conforme a criterios que permitan una adecuada asignacion de competencias y transferencias de recursos del gobierno nacional hacia los gobiernos regionales y locales; Que, conforme el articulo 191 de la Constitucion Politica del Estado y el articulo 2 de la Ley 27867 / Ley Organica de Gobiernos Regionales, la legitimidad y naturaleza juridica de los Gobiernos Regionales emanan de la voluntad popular, son personas juridicas de derecho publico con autonomia politica, economica y administrativa, siendo definida la autonomia por la Ley de Bases de la Descentralizacion - Ley 27783 como el derecho y la capacidad efectiva del gobierno en sus tres niveles, de normar regular y administrar los asuntos publicos de su competencia; Que, asimismo la Ley Organica de Gobiernos Regionales ­ Ley 27867, en su articulo 4 los Gobiernos Regionales tienen por finalidad esencial fomentar el desarrollo regional integral sostenible, promoviendo la inversion publica y privada y el empleo y garantizar el ejercicio pleno de los derechos y la igualdad de oportunidades de sus habitantes, de acuerdo con los planes y programas nacionales, regionales y locales de desarrollo, siendo ratificada por el articulo 9, inciso e) de la misma Ley, al establecer que los Gobiernos Regionales son competentes para promover el desarrollo socioeconomico regional y ejecutar los planes y programas correspondientes; Que, la mineria juega un rol importante en la economia peruana a traves de la generacion de valor agregado, divisas, impuestos, inversion y empleo. A nivel departamental, la importancia de la mineria se hace evidente por su participacion en la actividad economica, la transferencia de canon minero y la promocion de recursos para el desarrollo a traves del aporte directo de recursos y a nivel nacional en un contexto, la mineria ha experimentado un importante dinamismo que se reflejo en la provision de divisas a la economia, la generacion de ingresos fiscales por impuestos y regalias mineras, la creacion de empleos directos e indirectos y el crecimiento potencial de la economia; Que, en el tercer trimestre del ano 2013, el valor agregado de la actividad minera metalica y no metalica, a precios constantes de 1994 crecio el 3.4%, respecto al

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Autorizan a estudiantes de la Universidad Nacional de Tumbes a seguir estudios, en la condicion de estudiantes visitantes, en la Universidad Nacional de Sao MORDAZA (Brasil)
UNIVERSIDAD NACIONAL DE TUMBES RESOLUCION Nº 1120-2013/UNT-CU
Tumbes, 28 de noviembre del 2013 VISTO: El acuerdo adoptado por el Consejo Universitario, en la sesion ordinaria del 13 de noviembre del 2013, sobre el MORDAZA que a continuacion se indica; y CONSIDERANDO: Que la Universidad Nacional de Tumbes ha suscrito un ACUERDO DE COOPERACION con la Universidad de Sao MORDAZA (Brasil), documento en cuyo numeral 5 de la Clausula Primera ­ se establece el compromiso de las partes de realizar acciones de "intercambio de estudiantes"; Que al MORDAZA de lo estipulado en el indicado Acuerdo de Cooperacion, los senores Maritza Yliana MORDAZA Purizaga y MORDAZA MORDAZA MORDAZA, estudiantes de Escuela Academico Profesional de Agroindustrial de la Facultad de Ciencias Agrarias y de la Escuela Academico Profesional de Ingenieria Pesquera de la Facultad de Ingenieria Pesquera, respectivamente, han sido aceptados por cursar estudios en la Universidad de Sao MORDAZA (Brasil), en el periodo correspondiente al Semestre Academico 2014 ­ I; Que en razon de lo anterior, es conveniente disponer lo pertinente en relacion con lo senalado en el considerando precedente, en los terminos que se consignan en la parte resolutiva; Estando a lo acordado por el Consejo Universitario en la sesion ordinaria del 13 de noviembre del 2013 y con la dispensa del tramite de la lectura y aprobacion del acta correspondiente; SE RESUELVE: Articulo 1º.- AUTORIZAR a los senores MARITZA YLIANA MORDAZA PURIZAGA y MORDAZA MORDAZA MORDAZA, estudiantes de la Escuela Academico Profesional de Agroindustrias de la Facultad de Ciencias Agrarias y de la Escuela Academico Profesional de Ingenieria Pesquera de la Facultad de Ingenieria Pesquera, respectivamente, para que el MORDAZA de lo establecido en el Acuerdo de Cooperacion senalado en la partes considerativa, sigan estudios temporales, en la condicion de estudiantes visitantes, en la Universidad de Sao MORDAZA (Brasil), en el Semestre Academico 2014-I. Articulo 2º.- INDICAR que la Universidad Nacional de Tumbes asumira, totalmente, los gastos, que para los efectos de lo dispuesto en el articulo precedente, que deben afrontar cada uno de los mencionados estudiantes, en materia de pasajes y estadia en el Brasil. Articulo 3º.- COMUNICAR la presente Resolucion a cada uno de dichos estudiantes, para su conocimiento y

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