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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, martes 8 de enero de 2013 485681 SALUD Prorrogan plazo de consulta de la prepublicación del proyecto de Reglamento de la Ley que establece los derechos de las personas usuarias de los servicios de salud RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 007-2013/MINSA Lima, 4 de enero del 2013 Visto el Expediente N° 12-120380-001, que contiene la Nota Informativa N° 389-2012-DST-MINSA, de la Defensoría de la Salud y Transparencia del Ministerio de Salud y la Carta N° 063-2012/ForoSalud, del Foro de la Sociedad Civil en Salud – Foro Salud; CONSIDERANDO: Que, el artículo 1° de la Resolución Ministerial N° 967- 2012/MINSA, publicado en el Diario Ofi cial El Peruano el 5 de diciembre de 2012, dispuso la prepublicación del proyecto de Reglamento de la Ley N° 29414, Ley que establece los derechos de las personas usuarias de los servicios de salud, en el portal de internet del Ministerio de Salud, a efecto de recibir sugerencias y comentarios de las entidades públicas o privadas, así como de la ciudadanía en general, durante el plazo de quince (15) días calendario; Que, mediante Carta N° 063-2012/ForoSalud, el Foro de la Sociedad Civil en Salud- ForoSalud ha solicitado al Ministerio de Salud ampliar el plazo de consulta establecido en la precitada Resolución Ministerial por treinta (30) días, a fi n de permitir la participación de personas e instituciones en dicho proceso de consulta; Que, mediante el documento del visto, la Defensoría de la Salud y Transparencia del Ministerio de Salud, en atención a lo solicitado por ForoSalud y dada la necesidad de obtener las opiniones de diversas entidades públicas y privadas, ha propuesto la ampliación del plazo contemplado en la mencionada Resolución Ministerial por treinta (30) días adicionales, lo que asegurará que el proyecto de Reglamento de la Ley N° 29414, Ley que establece los derechos de las personas usuarias de los servicios de salud, cuente con el mayor consenso posible; Que, el literal a) del artículo 12° del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Salud, aprobado por Decreto Supremo N° 023-2005-SA y sus modifi catorias, establece que la Defensoría de la Salud y Transparencia, es el órgano responsable de la protección y defensa de los derechos en salud, siendo una de sus funciones generales, entre otras, promover la defensa de los derechos, deberes y responsabilidades en salud; Que, en ese sentido, resulta conveniente emitir el acto resolutivo que disponga la prórroga del plazo señalado en el artículo 1° de la Resolución Ministerial N° 967-2012/ MINSA por treinta (30) días calendario adicionales; Estando a lo propuesto por la Defensoría de la Salud y Transparencia; Con el visado de la Directora General de la Defensoría de la Salud y Transparencia, de la Directora General de la Ofi cina General de Asesoría Jurídica y del Viceministro de Salud; y, De conformidad con lo dispuesto en el literal I) del artículo 8° de la Ley N° 27657, Ley del Ministerio de Salud; SE RESUELVE: Articulo 1°.- Prorrogar el plazo establecido en el artículo 1° de la Resolución Ministerial N° 967-2012/ MINSA, que dispuso la prepublicación del proyecto de Reglamento de la Ley N° 29414, Ley que establece los derechos de las personas usuarias de los servicios de salud, por treinta (30) días calendario adicionales, a efecto de recibir más sugerencias y comentarios de las entidades públicas o privadas, así como de la ciudadanía en general. Articulo 2°.- Encargar a la Defensoría de la Salud y Transparencia la recepción, procesamiento y sistematización de las sugerencias y comentarios que se presenten durante el plazo adicional aprobado en el artículo 1° de la presente Resolución Ministerial. Artículo 3°.- Disponer que la Ofi cina General de Comunicaciones publique la presente Resolución Ministerial en el portal de internet del Ministerio de Salud, en la dirección electrónica: http://www.minsa.gob.pe/ transparencia/dge_normas.asp. Regístrese, comuníquese y publíquese. MIDORI DE HABICH ROSPIGLIOSI Ministra de Salud 885864-1 TRABAJO Y PROMOCION DEL EMPLEO Delegan facultades y atribuciones al Secretario General y diversos funcionarios del Ministerio RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 001-2013-TR Lima, 2 de enero de 2013 CONSIDERANDO: Que, mediante Ley Nº 29381, se aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, la misma que determina las áreas programáticas de acción y regula las competencias exclusivas y compartidas con los Gobiernos Regionales y Locales, así como las funciones y estructura orgánica básica del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo; Que, el artículo 25° de la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, establece en su parte fi nal, que los Ministros de Estado pueden delegar en los funcionarios de su cartera ministerial las facultades y atribuciones que no sean privativas a su función, siempre que la normatividad lo autorice; Que, de conformidad con lo establecido en el artículo 12° del Reglamento de Organización y Funciones aprobado por Decreto Supremo N° 004-2010-TR, el Secretario General asiste y asesora al Ministro en los sistemas de administración del Ministerio y puede asumir por delegación expresa del Ministro, las materias que correspondan a éste que no sean privativas de su función de Ministro de Estado; Que, el numeral 7.1 del artículo 7° del Texto Único Ordenado de la Ley N° 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado por Decreto Supremo N° 304-2012-EF, establece que el Titular de una Entidad puede delegar sus funciones en materia presupuestal cuando lo establezca expresamente la Ley General, las Leyes de Presupuesto del Sector Público o la norma de creación de la Entidad, siendo responsable solidario con el delegado; Que, el artículo 10° del Reglamento de la Ley N° 29151, Ley General del Sistema Nacional de Bienes Estatales, prescribe que las Entidades públicas pueden realizar actos de administración y gestión de los bienes de propiedad estatal; Que, mediante Ley Nº 29951, se aprueba la Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2013, estableciéndose en ésta las normas para el proceso presupuestario que deben observar los organismos del Sector Público durante el ejercicio fi scal 2013; Que, la Ley de Contrataciones del Estado, aprobada por Decreto Legislativo Nº 1017, y el Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 184-2008-EF y modifi catorias, establecen las reglas y parámetros legales que deberán considerar