Norma Legal Oficial del día 08 de enero del año 2013 (08/01/2013)


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TEXTO DE LA PÁGINA 17

El Peruano MORDAZA, martes 8 de enero de 2013

NORMAS LEGALES

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- Aprobar los Estados Financieros y Presupuestales del Pliego, correspondientes a las Unidades Ejecutoras 001, 002 y 005. - Aprobar la formalizacion de las modificaciones presupuestarias efectuadas en el Nivel Funcional Programatico, conforme a lo dispuesto por el numeral 40.2 del articulo 40° del Texto Unico Ordenado de la Ley N° 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado por Decreto Supremo N° 304-2012-EF, previo informe favorable, debidamente sustentado de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto, asi como la suscripcion de formatos, fichas y documentacion que tenga incidencia presupuestaria; El Secretario General esta obligado a dar cuenta mensualmente al Despacho Ministerial, respecto de las actuaciones derivadas de esta delegacion de facultades. Articulo 2º.- Delegacion de facultades al Jefe de la Oficina General de Administracion Delegar al Jefe de la Oficina General de Administracion del Ministerio de Trabajo y Promocion del Empleo, respecto de la Unidad Ejecutora 001, para el presente ejercicio fiscal 2013, las siguientes facultades y atribuciones: a) Supervisar y controlar la correcta implementacion de las medidas de disciplina fiscal, racionalidad y austeridad del gasto publico a ser ejecutadas por la entidad, contenidas en la Ley Nº 29951, Ley del Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2013 y demas normas complementarias vinculadas a la materia; b) Aprobar las modificaciones al Plan Anual de Contrataciones (PAC), dentro de los parametros regulados en el ordenamiento juridico; c) Aprobar los expedientes de contratacion, a excepcion de los procesos de Adjudicacion de Menor Cuantia, cuyos expedientes seran aprobados por el funcionario a cargo de la Oficina de Abastecimiento y Servicios Auxiliares; d) Aprobar las bases de los procesos de seleccion, incluyendo las provenientes de exoneraciones; e) Disponer la cancelacion parcial o total de los procesos de seleccion, por causal debidamente motivada y bajo los lineamientos dispuestos en el Decreto Legislativo Nº 1017 y su Reglamento, aprobado por el Decreto Supremo Nº 184-2008-EF y modificatorias, previo informe favorable de la Oficina General de Asesoria Juridica; f) Disponer la ejecucion de prestaciones adicionales o la reduccion de las mismas, asi como las ampliaciones de plazos, respecto de los contratos administrativos suscritos por la entidad, de conformidad con los parametros dispuestos en la normativa sobre la materia; g) La suscripcion de los contratos con los postores beneficiados con el otorgamiento de la buena pro, como las modificaciones posteriores que se incluyeran a estos, asi como disponer la resolucion de los mismos por las causales reguladas en la normatividad sobre la materia, con excepcion de la suscripcion de los contratos que son de competencia del Jefe de la Oficina de Abastecimiento y Servicios Auxiliares, aludidos en el articulo 38° inciso c) del Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio de Trabajo y Promocion del Empleo, aprobado por Decreto Supremo N° 004-2010-TR. h) La suscripcion de convenios y/o contratos con entidades publicas destinados al uso y/o disfrute total o parcial de muebles o inmuebles de propiedad del Ministerio de Trabajo y Promocion del Empleo o bajo administracion estatal; i) Conducir el MORDAZA de concesion del Comedor Institucional del Ministerio de Trabajo y Promocion del Empleo, asi como la suscripcion del contrato correspondiente. Para estos efectos la Oficina General de Administracion debera realizar las coordinaciones que correspondan con la Oficina General de Recursos Humanos; j) Designar a los integrantes titulares y suplentes de los comites especiales de los procesos de seleccion dentro de los parametros establecidos en el ordenamiento juridico; k) Suscribir los convenios interinstitucionales con entidades Publicas y/o Privadas que involucren las funciones de la Oficina General de Administracion, las que deberan cenirse a las disposiciones normativas vinculadas al Presupuesto Publico para el Ano Fiscal 2013, con excepcion de lo dispuesto en el literal n) del numeral 1.1 del articulo 1° de la presente resolucion;

l) Aprobar el reconocimiento de creditos devengados; m) Aprobar el expediente de contratacion y las bases administrativas cuando el Ministerio de Trabajo y Promocion del Empleo actue en compras corporativas facultativas como entidad encargada; n) Tramitar todas las comunicaciones, actuaciones, pedidos de sancion y actos vinculados a los procesos de adquisicion y contratacion, que tengan que realizarse ante el OSCE y el Tribunal de Contrataciones del Estado, asi como gestionar las publicaciones que tengan que realizarse por mandato legal y los pedidos de informacion y consulta que resulten necesarios realizar ante otras entidades, vinculados a la tematica de las contrataciones estatales; o) Representar al Ministerio de Trabajo y Promocion del Empleo ante cualquier MORDAZA de autoridades y dependencias administrativas para iniciar y proseguir procedimientos; formular solicitudes y presentar escritos de caracter administrativo, desistirse, participar en cualquier MORDAZA de audiencias administrativas e interponer recursos administrativos de impugnacion, en los que sea parte interesada o tenga legitimo interes. Para el caso de representacion ante la Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administracion Tributaria ­ SUNAT, se hace extensiva dicha atribucion, en su nivel y competencia, al Jefe de la Oficina de Finanzas, al Jefe de la Unidad de Contabilidad y al Jefe de la Unidad de Tesoreria; y, p) La facultad para regular los actos de administracion, disposicion, adquisicion, registro y supervision de los bienes nacionales, con excepcion de la aceptacion de donacion de bienes inmuebles, de acuerdo a la Ley N° 29151, Ley General del Sistema Nacional de Bienes Estatales y su Reglamento, aprobado mediante Decreto Supremo N° 007-2008-VIVIENDA. El Jefe de la Oficina General de Administracion esta obligado a dar cuenta mensualmente a la Secretaria General respecto de las actuaciones derivadas de esta delegacion de facultades. Articulo 3º.- Delegacion de facultades al Jefe de la Oficina General de Recursos Humanos Delegar al Jefe de la Oficina General de Recursos Humanos del Ministerio de Trabajo y Promocion del Empleo, para el presente ejercicio fiscal 2013, respecto de la Unidad Ejecutora 001, las siguientes facultades y atribuciones: a) Tramitar, autorizar y resolver acciones del personal respecto a las asignaciones, ceses, rotaciones, encargo de funciones y puestos, reconocimiento de remuneraciones, destaques, renovaciones de contratos, y todas aquellas que MORDAZA necesarias para una adecuada conduccion y direccion del personal, adscrito al regimen laboral del Decreto Legislativo Nº 276, hasta el Nivel F-3, y del Decreto Legislativo Nº 728; y, b) Suscribir los convenios interinstitucionales con entidades Publicas y/o Privadas que involucren las funciones de la Oficina General de Recursos Humanos, las que deberan cenirse a las disposiciones normativas vinculadas al Presupuesto Publico para el Ano Fiscal 2013. El Jefe de la Oficina General de Recursos Humanos esta obligado a dar cuenta mensualmente a la Secretaria General, respecto de las actuaciones derivadas de esta delegacion de facultades. Articulo 4º.- Delegacion de facultades a los Viceministros de Trabajo y Promocion del Empleo y Capacitacion Laboral Delegar a los Viceministros de Trabajo y Promocion del Empleo y Capacitacion Laboral, para el presente ejercicio fiscal 2013, la facultad de suscribir en el ambito de su competencia y de acuerdo a la normativa legal vigente, acuerdos, convenios y memorandos de entendimiento, asi como disponer su modificacion, exclusion o ampliacion. Los Viceministros de Trabajo y Promocion del Empleo y Capacitacion Laboral informaran mensualmente al Despacho Ministerial respecto de las actuaciones derivadas de esta delegacion.

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