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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 08 DE ENERO DEL AÑO 2013 (08/01/2013)

CANTIDAD DE PAGINAS: 32

TEXTO PAGINA: 19

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, martes 8 de enero de 2013 485685 establecido en el numeral 1) del artículo 7° de la Ley N° 27815, Ley del Código de Ética de la Función Pública (el deber de actuar con absoluta imparcialidad política, económica o de cualquier índole en el desempeño de sus funciones demostrando independencia a sus vinculaciones con personas, partidos políticos o instituciones) por lo que dicha presunta responsabilidad deben dilucidarse en un proceso administrativo disciplinario, garantizando el debido proceso, por lo que concluyen la apertura del proceso administrativo disciplinario al señor Felix Rafael Ortega Álvarez, Ex Presidente del Consejo Directivo y Ex Presidente Ejecutivo de ESSALUD; Con la visación del Jefe de la Ofi cina General de Asesoría Jurídica; y, De conformidad con lo dispuesto el numeral 8) del artículo 25º de la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; el artículo 3º del Decreto Supremo Nº 069- 2004-PCM que aprueba disposiciones para la constitución de Comisiones Especiales de Procesos Administrativos Disciplinarios; y la Resolución Ministerial Nº 078-2012- TR que conforma la Comisión Especial de Procesos Administrativos Disciplinarios en el Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo; SE RESUELVE: Artículo 1°.- Instaurar proceso administrativo disciplinario contra el señor FELIX RAFAEL ORTEGA ÁLVAREZ, conforme los considerandos de la presente resolución. Artículo 2º.- Disponer que la presente Resolución Ministerial se notifi que mediante su publicación en el Diario Ofi cial “El Peruano”; sin perjuicio de encargar al Secretario General, su comunicación al domicilio consignado en su documento nacional de identidad, dentro del término de setenta y dos (72) horas contados a partir del día siguiente de la expedición de la presente resolución. El citado señor, deberá presentar sus descargos por escrito en el término de cinco (5) días hábiles contados a partir del día siguiente de la notifi cación. Regístrese, comuníquese y publíquese. NANCY LAOS CÁCERES Ministra de Trabajo y Promoción del Empleo 885921-2 VIVIENDA Delegan facultades al Secretario General y diversos funcionarios del Ministerio para el Ejercicio Fiscal 2013 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 001-2013-VIVIENDA Lima, 7 de enero de 2013 CONSIDERANDO: Que, el último párrafo del artículo 25 de la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo establece que los Ministros de Estado pueden delegar las facultades que no sean privativas a su función, siempre que la normatividad lo autorice; Que, en aplicación del principio de desconcentración de los procesos a que se refi ere la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, es pertinente establecer al interior del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, niveles de desconcentración de los procesos decisorios; Que, resulta necesario delegar facultades en materia normativa, presupuestal, de contrataciones y de gestión administrativa, entre otras, que corresponden al Ministro de Vivienda, Construcción y Saneamiento, en su calidad de Titular de la Entidad; Que, asimismo, es necesario designar al responsable de la administración y ejecución presupuestaria en las Metas, Actividades y Proyectos de la Administración General del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, para el ejercicio fi scal 2013; Con la visación de los Directores Generales de la Ofi cina General de Administración, de la Ofi cina General de Planifi cación y Presupuesto, y de la Ofi cina General de Asesoría Jurídica del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento; y, De conformidad con lo establecido en la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley N° 27792, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento; la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General; y el Decreto Supremo Nº 002-2002-VIVIENDA, que aprobó el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio; SE RESUELVE: Artículo 1.- Delegar en el Secretario General del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, durante el Ejercicio Fiscal 2013, las siguientes facultades: 1.1. EN MATERIA NORMATIVA Y CONVENCIONAL Aprobar las Directivas y/o Manuales, así como todo documento normativo que regule los actos de administración interna, elaboración de documentos de gestión, trámites internos, lineamientos técnico – normativos y metodológicos, orientados a optimizar los procedimientos administrativos de carácter interno a cargo de todas las Unidades Ejecutoras bajo el ámbito del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento. 1.2. EN MATERIA PRESUPUESTAL Y DE INVERSIÓN PúBLICA a) Las atribuciones y facultades en materia presupuestal que corresponden al Ministro, en su calidad de Titular del Pliego: 037 Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, y las acciones administrativas de gestión y de resolución en materia presupuestaria, que no sean privativas de su función de Ministro de Estado, durante el Ejercicio Presupuestal del Año Fiscal 2013, estando facultado para emitir Directivas internas para la racionalización del gasto y manejo adecuado de los recursos asignados por toda Fuente de Financiamiento durante la ejecución presupuestaria del Ejercicio Fiscal 2013. b) Aprobar las modifi caciones presupuestarias en el nivel funcional programático que correspondan al Titular del Pliego 037: Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, de acuerdo con el numeral 40.2 del artículo 40 de la Ley N° 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto. c) Aprobar las transferencias fi nancieras al Comité de Administración del Fondo de Asistencia y Estímulo – CAFAE – VIVIENDA. d) Aprobar el Plan Operativo Institucional del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento; así como, las modifi caciones de las metas físicas y fi nancieras que pudieran efectuarse durante dicho ejercicio. e) Autorizar la elaboración de Expedientes Técnicos o estudios defi nitivos; así como, la ejecución de los Proyectos de Inversión Pública (PIP), declarados viables, pudiendo realizar ambas autorizaciones en un solo acto. 1.3. EN MATERIA DE CONTRATACIONES DEL ESTADO a) Aprobar el Plan Anual de Contrataciones de la Unidad Ejecutora 001 – Administración General del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, así como sus modifi catorias. b) Designar a los miembros integrantes de los Comités Especiales Ad Hoc y Comités Especiales Permanentes que tendrán a su cargo la organización, conducción y ejecución de los procesos de selección que convoque la entidad; así como, disponer la modifi cación de la conformación de los mismos, de ser el caso. c) Aprobar la asignación sufi ciente de recursos para el otorgamiento de la Buena Pro para la contratación de obras, cuando las propuestas económicas superen el valor referencial hasta el límite del diez por ciento (10%), debiéndose verifi car que la propuesta económica no afecte la declaratoria de viabilidad del proyecto. d) Resolver los Recursos de Apelación interpuestos contra los actos dictados durante el desarrollo del proceso de selección, desde la convocatoria hasta aquellos emitidos antes de la celebración del contrato, en aquellos procesos de selección referidos Adjudicaciones Directas Selectivas y Adjudicaciones de Menor Cuantía; e) Aprobar la ejecución de prestaciones adicionales, o la reducción de las mismas, siempre que se cuente con la