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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, domingo 13 de enero de 2013 486097 del artículo 38 de dicha ley, toda modifi cación del Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA) de los ministerios, que no implique la creación de nuevos procedimientos, incremento de derechos de tramitación o de requisitos, se podrá realizar por resolución ministerial del sector; Que, en el marco de las políticas de modernización y facilitación de la atención al ciudadano establecidas por la Presidencia de la República, se ha visto por conveniente simplifi car el Texto Único de Procedimientos Administrativos del Ministerio de Energía y Minas - TUPA, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 061-2006-EM y modifi cado por las Resoluciones Ministeriales Nº 480-2007-MEM/DM, Nº 579- 2007-MEM/DM y Nº 400-2009-MEM/DM, Nº 256-2010-MEM/ DM, así como por los Decretos Supremos Nº 003-2007-EM, Nº 023-2008-EM, y demás modifi catorias; Con el visto bueno del Viceministro de Minas, del Secretario General, de las Ofi cinas Generales de Planeamiento y Presupuesto, así como de Asesoría Jurídica, de conformidad con las normas citadas precedentemente y en uso de las atribuciones establecidas en el Decreto Ley Nº 25962 - Ley Orgánica del Sector Energía y Minas y el Decreto Supremo Nº 031-2007-EM, que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Energía y Minas; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Eliminación de Procedimientos Elimínese del Texto Único de Procedimientos Administrativos - TUPA de la Dirección General de Minería del Ministerio de Energía y Minas, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 061-2006-EM y sus correspondientes modifi caciones, los procedimientos administrativos IM09 y BM07, según el Anexo adjunto que forma parte de la presente resolución ministerial. Artículo 2º.- Reducción de Plazos de Evaluación Modifíquese en el TUPA de la Dirección General de Minería del Ministerio de Energía y Minas los plazos de evaluación del procedimiento administrativo IM02, según el Anexo adjunto. Artículo 3º.- Modifi cación de Costos por Derecho de tramitación Modifíquese en el TUPA de la Dirección General de Minería del Ministerio de Energía y Minas los costos por derecho de tramitación de los procedimientos administrativos AM01 e IM02, según el Anexo adjunto. Artículo 4º.- Modifi cación de Requisitos Modifíquese en el TUPA de la Dirección General de Minería del Ministerio de Energía y Minas los requisitos de los procedimientos administrativos CM01, AM01 e IM02, según el Anexo adjunto. Artículo 5º.- Actualización de Base Legal Actualícese en el TUPA de la Dirección General de Minería del Ministerio de Energía y Minas la base legal de los procedimientos administrativos CM01, AM01, AM03, IM06 y BM03, según el Anexo adjunto. Artículo 6º.- Publicación Publíquese la presente resolución ministerial en el Diario Ofi cial El Peruano, y el documento Anexo a que se refi ere la presente resolución en el Portal de Servicios al Ciudadano y Empresas – PSCE (www.serviciosalciudadano.gob.pe) así como en el Portal Institucional del Ministerio de Energía y Minas (www.minem.gob.pe. Regístrese, comuníquese y publíquese. JORGE MERINO TAFUR Ministro de Energía y Minas 887727-1 INTERIOR Autorizan viaje de personal policial a Colombia y Argentina, en comisión de servicios RESOLUCIÓN SUPREMA N° 001-2013-IN Lima, 12 de enero de 2013 VISTO, el Mensaje con referencia N/REF 23288/2012/ BRM/GRUIN 25.25, de fecha 3 de diciembre de 2012, con el cual la Ofi cina Central Nacional INTERPOL - Bogotá - República de Colombia, comunica que el Gobierno Nacional ha autorizado la extradición activa del ciudadano colombiano Antonio José VALLEJO SÁNCHEZ, requerido por las autoridades peruanas, consecuentemente solicitaron los planes de desplazamiento de los funcionarios policiales que se encargarán de recibir, custodiar y trasladar al citado reclamado desde la ciudad de Bogotá - República de Colombia hacia territorio peruano. CONSIDERANDO: Que, con Resolución Suprema Nº 142-2011-JUS, de fecha 8 de julio de 2011, se resolvió acceder a la solicitud de extradición activa del ciudadano colombiano Antonio José VALLEJO SÁNCHEZ, formulada por el Cuarto Juzgado Penal Supraprovincial de Lima y declarada procedente por la Sala Penal Permanente de la Corte Suprema de Justicia de la República, por la presunta comisión del Delito Contra la Salud Pública - Tráfi co Ilícito de Drogas, en agravio del Estado peruano, y disponer su presentación por vía diplomática a la República de Colombia, de conformidad con el Tratado de Extradición vigente y lo estipulado por las normas legales peruanas aplicables al caso; Que, con Hoja de Estudio y Opinión Nº 451-2012- DIRGEN PNP/EMP-OCNI del 19 de diciembre de 2012, el Estado Mayor Personal de la Dirección General de la Policía Nacional del Perú, estima conveniente que el General de Policía, Director General de la Policía Nacional del Perú, autorice el viaje al exterior en comisión del servicio del Comandante de la Policía Nacional del Perú Gleen Williams HIJAR ANDRADE y del Subofi cial de Segunda de la Policía Nacional del Perú Jair Rony QUEDAS PALOMINO, a partir del 13 al 17 de enero de 2013, a la ciudad de Bogotá - República de Colombia, para que ejecuten la extradición activa del ciudadano colombiano Antonio José VALLEJO SÁNCHEZ, formulada por el Cuarto Juzgado Penal Supraprovincial de Lima y declarada procedente por la Sala Penal Permanente de la Corte Suprema de Justicia de la República, por la presunta comisión del Delito Contra la Salud Pública - Tráfi co Ilícito de Drogas, en agravio del Estado peruano; Que, con Memorándum Múltiple Nº 366-2012-DIRGEN- PNP/EMP-OCNI del 20 de diciembre de 2012, el General de Policía, Director General de la Policía Nacional del Perú, dispuso la formulación del proyecto de resolución autoritativa de viaje al exterior en comisión del servicio, el mismo que irrogará gastos al Estado peruano; Que, los gastos por concepto de viáticos para el personal policial serán sufragados por el Estado peruano, con cargo a la Unidad Ejecutora 002-Dirección de Economía y Finanzas de la Policía Nacional del Perú, del Pliego 007, Ministerio del Interior y los gastos correspondientes a pasajes e impuestos de viaje para el personal policial y el extraditable, serán asumidos por el Poder Judicial; Que, el último párrafo del numeral 10.1 del artículo 10 de la Ley N° 29951 - Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2013, respecto a los viajes al extranjero de servidores o funcionarios públicos y representantes del Estado, establece que el requerimiento de excepción adicionales a las señaladas en los literales del artículo en mención, en el caso de las entidades del Poder Ejecutivo deberá canalizarse a través de la Presidencia del Consejo de Ministros y se autoriza mediante Resolución Suprema refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros, la misma que es publicada en el Diario Ofi cial El Peruano; y, De conformidad con la Ley Nº 27619 - Ley que Regula la Autorización de Viajes al Exterior de Servidores y Funcionarios Públicos y su Reglamento aprobado mediante Decreto Supremo N° 047-2002-PCM; la Ley N° 29158 - Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley N° 29951 - Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2013; el Decreto Legislativo Nº 1135 - Ley de Organización y Funciones del Ministerio del Interior y el Decreto Legislativo Nº 1149 - Ley de la Carrera y Situación del Personal de la Policía Nacional del Perú. SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar, el viaje al exterior, en comisión del servicio, del Comandante de la Policía Nacional del Perú Gleen Williams HIJAR ANDRADE y del Subofi cial de Segunda de la Policía Nacional del Perú Jair Rony QUEDAS PALOMINO, para que ejecuten la extradición