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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 13 DE ENERO DEL AÑO 2013 (13/01/2013)

CANTIDAD DE PAGINAS: 52

TEXTO PAGINA: 9

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, domingo 13 de enero de 2013 486099 Artículo 3º.- Dentro de los quince (15) días calendario siguientes de efectuado el viaje, el personal policial designado, deberá presentar ante el titular de la entidad un informe detallado, describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado; así como la rendición de cuentas debidamente documentada. Artículo 4°.- La presente Resolución Suprema no dará derecho a exoneración o liberación de impuestos de ninguna clase o denominación. Artículo 5°.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y por el Ministro del Interior. Regístrese, comuníquese y publíquese. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la República JUAN F. JIMÉNEZ MAYOR Presidente del Consejo de Ministros WILFREDO PEDRAZA SIERRA Ministro del Interior 888395-6 JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS Modifican el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 0013-2013-JUS 11 de enero de 2013 VISTOS, el Informe Nº 009-2013-JUS/OGPP-ORA, de la Ofi cina de Racionalización de la Ofi cina General de Planeamiento y Presupuesto; el Ofi cio Nº 029-2013- JUS/OGPP-ORA, de la Ofi cina General de Planeamiento y Presupuesto y el Informe Nº 015-2013-JUS/OGAJ, de la Ofi cina General de Asesoría Jurídica, y; CONSIDERANDO: Que, la Ley Nº 29809, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, defi ne la naturaleza jurídica del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos y regula su ámbito de competencia, funciones, organización y estructura orgánica básica; Que, mediante Decreto Supremo Nº 011-2012-JUS, se aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, modifi cado posteriormente por Decreto Supremo Nº 018-2012-JUS; Que, la Trigésima Octava Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 29951, Ley de Presupuesto del Sector Público para el año fi scal 2013, dispone la creación en el Ministerio de Justicia y Derechos Humanos de una unidad orgánica encargada, entre otros aspectos, de formular, ejecutar y supervisar los proyectos de inversión a cargo del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos y del Instituto Nacional Penitenciario, con el fi n de promover el acceso a la población, en especial de la más vulnerable, a los servicios de justicia y contribuir a disminuir la grave crisis del Sistema Nacional Penitenciario; Que, para tal efecto, la disposición antes acotada constituye una norma legal habilitante que faculta expresamente al Ministerio de Justicia y Derechos Humanos a reestructurarse orgánicamente y modifi car los documentos de gestión a fi n de adecuarlos a lo dispuesto en el párrafo precedente, los cuales son aprobados mediante Resolución Ministerial, quedando exceptuadas ambas entidades de las normas legales y reglamentarias que se opongan o limiten su aplicación; Que, en atención a lo señalado en los considerandos precedentes, resulta necesario modifi car el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, adecuando su estructura organizacional y funcional, a la normativa vigente; De conformidad con lo establecido por la Ley Nº 29809, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos; la Ley Nº 29951, Ley de Presupuesto del Sector público para el año fi scal 2013, y el Decreto Supremo Nº 043-2006-PCM, que aprueba los Lineamientos para la Elaboración y aprobación del Reglamento de Organización y Funciones - ROF por parte de las entidades de la Administración Pública; y, SE RESUELVE: Artículo 1º.- Modifi cación del Reglamento de Organización y Funciones del MINJUS Modifíquese el artículo 7º del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, conforme al siguiente texto: “(…) 01 ÓRGANOS DE ALTA DIRECCIÓN 01.1 Despacho Ministerial 01.2 Despacho Viceministerial de Justicia 01.3 Despacho Viceministerial de Derechos Humanos y Acceso a la Justicia 01.4 Secretaría General 01.4.1 Ofi cina de Gestión de Inversiones (…)”. Artículo 2º.- Incorporación al Reglamento de Organización y Funciones del MINJUS Incorpórese el artículo 18-A al Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, conforme al siguiente texto: “Artículo 18-A.- Ofi cina de Gestión de Inversiones La Ofi cina de Gestión de Inversiones es el órgano encargado de formular, ejecutar y supervisar la implementación de nuevos Centros Penitenciarios a cargo del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos y del Instituto Nacional Penitenciario, así como la implementación del proyecto de la nueva Sede del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos. Depende de la Secretaría General”. Artículo 3º.- Incorporación al Reglamento de Organización y Funciones del MINJUS Incorpórese el artículo 18-B al Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, conforme al siguiente texto: “Artículo 18-B.- Funciones La Ofi cina de Gestión de Inversiones tiene como funciones específi cas las siguientes: a) Formular, programar, coordinar, ejecutar y supervisar la implementación de nuevos Centros Penitenciarios y la nueva Sede del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, en coordinación permanente con la Secretaría General y el Despacho Viceministerial de Justicia. b) Aprobar la elaboración de expedientes técnicos y la ejecución para la implementación de nuevos Centros Penitenciarios y la nueva Sede Institucional. c) Identifi car las necesidades de implementación de proyectos de inversión para nuevos centros penitenciarios. d) Formular y supervisar las normas técnicas sobre los nuevos Centros Penitenciarios y la nueva Sede Institucional, dentro del marco de sus competencias, en coordinación con la Secretaría General y el Despacho Viceministerial de Justicia. e) Velar por la adecuada asignación y ejecución de los recursos correspondientes a las metas en el marco de sus competencias. f) Promover las captaciones de bienes inmuebles, muebles y coordinar acciones de carácter técnico con las entidades que aportan, donan, transfieren y asignen bienes muebles e inmuebles al Sector Justicia y Derechos Humanos, en coordinación con la Ofi cina General de Administración, para la ejecución e implementación de los nuevos centros penitenciarios y la nueva Sede Institucional. g) Emitir informes técnicos sobre valorizaciones, adelantos adicionales y/o ampliaciones de obra. h) Mantener actualizada la información referente a la ejecución de los proyectos a su cargo. i) Efectuar estudios e investigaciones en asuntos de su competencia. j) Otras funciones que le encargue el Secretario General”.