Norma Legal Oficial del día 13 de enero del año 2013 (13/01/2013)


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TEXTO DE LA PÁGINA 9

El Peruano MORDAZA, MORDAZA 13 de enero de 2013

NORMAS LEGALES

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Articulo 3º.- Dentro de los quince (15) dias calendario siguientes de efectuado el viaje, el personal policial designado, debera presentar ante el titular de la entidad un informe detallado, describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado; asi como la rendicion de cuentas debidamente documentada. Articulo 4°.- La presente Resolucion Suprema no MORDAZA derecho a exoneracion o liberacion de impuestos de ninguna clase o denominacion. Articulo 5°.- La presente Resolucion Suprema sera refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y por el Ministro del Interior. Registrese, comuniquese y publiquese. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA F. MORDAZA MAYOR Presidente del Consejo de Ministros MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro del Interior

De conformidad con lo establecido por la Ley Nº 29809, Ley de Organizacion y Funciones del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos; la Ley Nº 29951, Ley de Presupuesto del Sector publico para el ano fiscal 2013, y el Decreto Supremo Nº 043-2006-PCM, que aprueba los Lineamientos para la Elaboracion y aprobacion del Reglamento de Organizacion y Funciones - ROF por parte de las entidades de la Administracion Publica; y, SE RESUELVE: Articulo 1º.- Modificacion del Reglamento de Organizacion y Funciones del MINJUS Modifiquese el articulo 7º del Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, conforme al siguiente texto: "(...) 01 ORGANOS DE ALTA DIRECCION 01.1 Despacho Ministerial 01.2 Despacho Viceministerial de Justicia 01.3 Despacho Viceministerial de Derechos Humanos y Acceso a la Justicia 01.4 Secretaria General 01.4.1 Oficina de Gestion de Inversiones (...)". Articulo 2º.- Incorporacion al Reglamento de Organizacion y Funciones del MINJUS Incorporese el articulo 18-A al Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, conforme al siguiente texto: "Articulo 18-A.- Oficina de Gestion de Inversiones La Oficina de Gestion de Inversiones es el organo encargado de formular, ejecutar y supervisar la implementacion de nuevos Centros Penitenciarios a cargo del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos y del Instituto Nacional Penitenciario, asi como la implementacion del proyecto de la nueva Sede del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos. Depende de la Secretaria General". Articulo 3º.- Incorporacion al Reglamento de Organizacion y Funciones del MINJUS Incorporese el articulo 18-B al Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, conforme al siguiente texto: "Articulo 18-B.- Funciones La Oficina de Gestion de Inversiones tiene como funciones especificas las siguientes: a) Formular, programar, coordinar, ejecutar y supervisar la implementacion de nuevos Centros Penitenciarios y la nueva Sede del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, en coordinacion permanente con la Secretaria General y el Despacho Viceministerial de Justicia. b) Aprobar la elaboracion de expedientes tecnicos y la ejecucion para la implementacion de nuevos Centros Penitenciarios y la nueva Sede Institucional. c) Identificar las necesidades de implementacion de proyectos de inversion para nuevos centros penitenciarios. d) Formular y supervisar las normas tecnicas sobre los nuevos Centros Penitenciarios y la nueva Sede Institucional, dentro del MORDAZA de sus competencias, en coordinacion con la Secretaria General y el Despacho Viceministerial de Justicia. e) Velar por la adecuada asignacion y ejecucion de los recursos correspondientes a las metas en el MORDAZA de sus competencias. f) Promover las captaciones de bienes inmuebles, muebles y coordinar acciones de caracter tecnico con las entidades que aportan, donan, transfieren y asignen bienes muebles e inmuebles al Sector Justicia y Derechos Humanos, en coordinacion con la Oficina General de Administracion, para la ejecucion e implementacion de los nuevos centros penitenciarios y la nueva Sede Institucional. g) Emitir informes tecnicos sobre valorizaciones, adelantos adicionales y/o ampliaciones de obra. h) Mantener actualizada la informacion referente a la ejecucion de los proyectos a su cargo. i) Efectuar estudios e investigaciones en asuntos de su competencia. j) Otras funciones que le encargue el Secretario General".

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JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS
Modifican el Organizacion y Ministerio Reglamento Funciones de del

RESOLUCION MINISTERIAL Nº 0013-2013-JUS
11 de enero de 2013 VISTOS, el Informe Nº 009-2013-JUS/OGPP-ORA, de la Oficina de Racionalizacion de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto; el Oficio Nº 029-2013JUS/OGPP-ORA, de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto y el Informe Nº 015-2013-JUS/OGAJ, de la Oficina General de Asesoria Juridica, y; CONSIDERANDO: Que, la Ley Nº 29809, Ley de Organizacion y Funciones del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, define la naturaleza juridica del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos y regula su ambito de competencia, funciones, organizacion y estructura organica basica; Que, mediante Decreto Supremo Nº 011-2012-JUS, se aprueba el Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, modificado posteriormente por Decreto Supremo Nº 018-2012-JUS; Que, la Trigesima Octava Disposicion Complementaria Final de la Ley Nº 29951, Ley de Presupuesto del Sector Publico para el ano fiscal 2013, dispone la creacion en el Ministerio de Justicia y Derechos Humanos de una unidad organica encargada, entre otros aspectos, de formular, ejecutar y supervisar los proyectos de inversion a cargo del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos y del Instituto Nacional Penitenciario, con el fin de promover el acceso a la poblacion, en especial de la mas vulnerable, a los servicios de justicia y contribuir a disminuir la grave crisis del Sistema Nacional Penitenciario; Que, para tal efecto, la disposicion MORDAZA acotada constituye una MORDAZA legal habilitante que faculta expresamente al Ministerio de Justicia y Derechos Humanos a reestructurarse organicamente y modificar los documentos de gestion a fin de adecuarlos a lo dispuesto en el parrafo precedente, los cuales son aprobados mediante Resolucion Ministerial, quedando exceptuadas MORDAZA entidades de las normas legales y reglamentarias que se opongan o limiten su aplicacion; Que, en atencion a lo senalado en los considerandos precedentes, resulta necesario modificar el Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, adecuando su estructura organizacional y funcional, a la normativa vigente;

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