Norma Legal Oficial del día 13 de enero del año 2013 (13/01/2013)


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TEXTO DE LA PÁGINA 23

El Peruano MORDAZA, MORDAZA 13 de enero de 2013

NORMAS LEGALES

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de Trabajo Permanentes, respectivamente. En ese orden de ideas, conforme al literal j) del articulo 2° de la aludida resolucion administrativa se dispuso que el 1° y 2° Juzgados Especializados de Trabajo Transitorios Especiales de la Corte Superior de Justicia de MORDAZA seguiran conociendo los procesos sobre ceses colectivos (Ley N° 27803) con su misma competencia territorial actual. De igual modo, se establecio que dichos organos jurisdiccionales se denominaran 9° y 10° Juzgados Especializados de Trabajo Transitorios de Lima. Sexto. Que, siendo esto asi, efectuando interpretacion sistematica de ambos textos normativos es menester senalar que corresponde a los Juzgados Especializados de Trabajo Permanentes precisados en el fundamento precedente, conocer los procesos sobre ceses colectivos (Ley N° 27803), en el regimen laboral de la actividad privada regulados por la Nueva Ley Procesal del Trabajo (Ley N° 29497), teniendo en cuenta las razones de atencion y especialidad que sustentan la reforma procesal laboral. En consonancia con ello, y de acuerdo al texto del literal j) del articulo 2° de la Resolucion Administrativa Nº 1432012-CE-PJ, el 9° y 10° Juzgados Especializados de Trabajo Transitorios de MORDAZA, (antes 1° y 2° Juzgados Especializados de Trabajo Transitorios Especiales de Lima) continuaran conociendo, con la misma competencia territorial actual, los procesos sobre ceses colectivos (Ley N° 27803) que se iniciaron tanto durante la vigencia de la Ley N° 26636 (anterior Ley Procesal del Trabajo), como los que se tramiten bajo el MORDAZA de aplicacion de la Ley Nº 27584 (Ley que regula el MORDAZA Contencioso Administrativo), segun corresponda. Por estos fundamentos; en merito al Acuerdo N° 11282012 de la sexagesima tercera sesion del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial de la fecha, adoptado con la intervencion de los senores San MORDAZA MORDAZA, Walde MORDAZA, MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA y Chaparro MORDAZA, en uso de las atribuciones conferidas por el articulo 82° del Texto Unico Ordenado de la Ley Organica del Poder Judicial, de conformidad con el informe del senor MORDAZA Dextre. Por unanimidad. SE RESUELVE: Articulo Primero.- Precisar, en relacion al articulo MORDAZA, literales c) y j), de la Resolucion Administrativa Nº 143-2012-CE-PJ, de fecha 24 de MORDAZA del ano en curso, que corresponde a los Juzgados Especializados de Trabajo Permanentes de la Corte Superior de Justicia de MORDAZA, senalados en el MORDAZA fundamento de la presente resolucion, conocer los procesos sobre ceses colectivos (Ley N° 27803), en el regimen laboral de la actividad privada regulados por la Nueva Ley Procesal del Trabajo, por razones de especialidad y atencion a los fines de la reforma procesal laboral. En consecuencia, el 9° y 10° Juzgados Especializados de Trabajo Transitorios del mismo Distrito Judicial, (antes 1° y 2° Juzgados Especializados de Trabajo Transitorios Especiales de Lima) seguiran conociendo los procesos sobre ceses colectivos (Ley N° 27803), con la misma competencia territorial actual, tramitados conforme a la Ley N° 26636 y la Ley Nº 27584 (que regula el MORDAZA Contencioso Administrativo), segun corresponda. Articulo Segundo.- La Presidencia de la Corte Superior de Justicia de MORDAZA, adoptara las medidas administrativas para el cumplimiento de la presente resolucion. Articulo Tercero.- Transcribir la presente resolucion al Presidente del Poder Judicial, Oficina de Control de la Magistratura del Poder Judicial, Equipo Tecnico Institucional de Implementacion de la Nueva Ley Procesal del Trabajo, Comision Nacional de Descarga Procesal, Ministerio de Trabajo y Promocion del Empleo, Presidencia de la Corte Superior de Justicia de MORDAZA y a la Gerencia General del Poder Judicial, para su conocimiento y fines consiguientes. Registrese, publiquese, comuniquese y cumplase. S. MORDAZA SAN MORDAZA MORDAZA Presidente

ORGANOS AUTONOMOS FUERO MILITAR POLICIAL
Autorizan viaje de Vocal Supremo del Fuero Militar Policial para asistir a evento que se realizara en MORDAZA
RESOLUCION ADMINISTRATIVA Nº 003-2013-FMP/TS/SG.
MORDAZA, 7 de enero de 2013 CONSIDERANDO: Que, por Ley Nº 29182, Ley de Organizacion y Funciones del Fuero Militar Policial, se establecio la naturaleza, estructura, organizacion, competencia, jurisdiccion, funciones y atribuciones del Fuero Militar Policial, como organo MORDAZA e independiente, en MORDAZA con las normas y principios establecidos en la Constitucion Politica del Peru; Que, el articulo 5º de la citada Ley, modificada por el articulo 1º del Decreto Legislativo Nº 1096, y el articulo unico de la Ley Nº 29955 , establece que el Consejo Ejecutivo del Fuero Militar Policial es el MORDAZA organo de gobierno y administracion; Que, el Consejo Ejecutivo del Fuero Militar Policial en sesion de fecha 03 de enero del 2013 acordo aprobar el viaje al exterior, en comision de servicio, del Contralmirante CJ MORDAZA MORDAZA MORDAZA Gaige, del 15 al 17, inclusive, de enero del 2013; a fin que concurra y participe en la reunion de trabajo con los senores Auditores de la Auditoria General del Ejercito de MORDAZA y la Auditoria General de MORDAZA de los Estados Unidos, a realizarse en la MORDAZA de MORDAZA, Republica de Chile; reunion en la cual se abordaran los avances para la elaboracion del "Codigo Internacional de Justicia Militar", asi como del "Tercer Encuentro Bilateral entre la Auditoria General del Ejercito de MORDAZA y el Fuero Militar Policial del Peru", y el "Primer Encuentro Trilateral entre la Auditoria General de MORDAZA de los Estados Unidos, el Fuero Militar Policial del Peru y la Auditoria General del Ejercito de Chile"; De conformidad con los fundamentos expuestos y a lo establecido en la Ley Nº 27619, que regula la autorizacion de viajes al exterior de servidores y funcionarios publicos, su reglamento aprobado por el Decreto Supremo Nº 0472002-PCM; y, la Ley Nº 29951, Ley del Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2013; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar el viaje al exterior, en Comision del Servicio, del Contralmirante CJ MORDAZA MORDAZA MORDAZA Gaige, Vocal Supremo del Fuero Militar Policial, a la MORDAZA de MORDAZA, Republica de MORDAZA, del 15 al 17, inclusive, de enero del 2013, para que asista a la reunion de trabajo en la cual se abordaran los avances para la elaboracion del "Codigo Internacional de Justicia Militar", asi como del "Tercer Encuentro Bilateral entre la Auditoria General del Ejercito de MORDAZA y el Fuero Militar Policial del Peru", y el "Primer Encuentro Trilateral entre la Auditoria General de MORDAZA de los Estados Unidos, el Fuero Militar Policial del Peru y la Auditoria General del Ejercito de Chile". Articulo 2º.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente Resolucion Administrativa, seran cubiertos por el Pliego Presupuestal 027 - Fuero Militar Policial de acuerdo al siguiente detalle: Pasajes: MORDAZA (PERU) ­ MORDAZA (CHILE) ­ MORDAZA (PERU) US $ 1,598.88 X 1 persona (Ida y Retorno) Viaticos: US $ 200.00 X 03 dias X 1 persona. Tarifa unica de uso de Aeropuerto: US $ 31.00 X 1 persona. Articulo 3º.- La presente Resolucion Administrativa no da derecho a exoneracion ni liberacion de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominacion.

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