Norma Legal Oficial del día 23 de enero del año 2013 (23/01/2013)


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TEXTO DE LA PÁGINA 62

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, miercoles 23 de enero de 2013

Visto; el Informe Nº 003-2013-INGEMMET/DDV/D de la Direccion de Derecho de Vigencia de fecha 16 de Enero del 2013, respecto a la distribucion de los ingresos registrados por Derecho de Vigencia y Penalidad de derechos mineros vigentes formulados al MORDAZA del Decreto Legislativo Nº 708 y legislaciones anteriores; asi como, los montos recaudados por Derecho de Vigencia de los pagos efectuados en el mes de Diciembre del ano 2012 por la formulacion de petitorios, conforme el referido Decreto Legislativo; CONSIDERANDO: Que, por Ley Nº 29169, publicada en el Diario Oficial "El Peruano", el 20 de Diciembre del 2007, se modifico el articulo 57º del Texto Unico Ordenado de la Ley General de Mineria, aprobado por Decreto Supremo Nº 014-92EM, precisando los porcentajes para la distribucion de los montos recaudados por los pagos efectuados por concepto de Derecho de Vigencia y Penalidad entre las Municipalidades Distritales, Gobiernos Regionales e Instituciones del Sector Energia y Minas; Que, el articulo 3º de la citada MORDAZA dispone que los Gobiernos Regionales recibiran los porcentajes de los ingresos que correspondan a los pagos efectuados por los Pequenos Productores Mineros y los Productores Mineros Artesanales; a partir de los pagos realizados desde el siguiente mes de su publicacion, esto es a partir de los pagos realizados en el mes de Enero de 2008; Que, la Direccion de Derecho de Vigencia, informa que el monto total a distribuir correspondiente al mes de Diciembre del 2012, es de US $ 659,881.12 (Seiscientos Cincuenta y Nueve Mil Ochocientos Ochenta y Uno y 12/100 Dolares Americanos) y S/. 365,564.75 (Trescientos Sesenta y Cinco Mil Quinientos Sesenta y Cuatro y 75/100 Nuevos Soles), efectuandose a este compensaciones por un monto ascendente a US $ 8,789.26 (Ocho Mil Setecientos Ochenta y Nueve y 26/100 Dolares Americanos) y S/. 2,361.20 (Dos Mil Trescientos Sesenta y Uno y 20/100 Nuevos Soles); resultando un importe neto a distribuir de US $ 651,091.86 (Seiscientos Cincuenta y Un Mil Noventa y Uno y 86/100 Dolares Americanos) y S/. 363,203.55 (Trescientos Sesenta y Tres Mil Doscientos Tres y 55/100 Nuevos Soles); Que, en atencion a las consideraciones precedentes, y a lo dispuesto en el articulo 92º del Decreto Supremo Nº 0394-EM, procede autorizar la distribucion de lo recaudado por Derecho de Vigencia y Penalidad durante el mes de Diciembre del 2012, a las Municipalidades Distritales, Gobiernos Regionales e Instituciones del Sector Energia y Minas; De conformidad con el articulo 3º inciso 24) del Reglamento de Organizacion y Funciones del Instituto Geologico, Minero y Metalurgico ­ INGEMMET, aprobado por Decreto Supremo Nº 035-2007-EM; Con los visados de la Oficina de Asesoria Juridica y la Direccion de Derecho de Vigencia; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Asignar los montos recaudados por concepto de pago del Derecho de Vigencia y Penalidad de derechos mineros formulados durante la vigencia del Decreto Legislativo Nº 708 y legislaciones anteriores; asi como, los montos recaudados por Derecho de Vigencia de los pagos efectuados en el mes de Diciembre del ano 2012 por la formulacion de petitorios, al MORDAZA del Decreto Legislativo Nº 708, de la siguiente manera:

Articulo 2º.- Transcribir la presente Resolucion a la Oficina de Administracion del INGEMMET, para que ejecute las acciones pertinentes a fin de proceder con las transferencias a las Municipalidades Distritales, Gobiernos Regionales e Instituciones del Sector Energia y Minas. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA G. MORDAZA MORDAZA Presidenta del Consejo Directivo INGEMMET

ANEXO Nº 1 GOBIERNOS LOCALES DISTRITALES: DERECHO DE VIGENCIA Y PENALIDAD
De conformidad con el articulo 92º del Reglamento de los Titulos pertinentes del Texto Unico Ordenado de la Ley General de Mineria, aprobado por Decreto Supremo Nº 0394-EM y lo senalado en el literal "a" del Art. 57º del Texto Unico Ordenado de la Ley General de Mineria, modificado por la Ley Nº 29169, se determina que la distribucion de lo recaudado por Derecho de Vigencia y Penalidad durante el mes de Diciembre del 2012, a las Municipalidades Distritales es el siguiente:
DPTO. / PROV. / DISTRITO AMAZONAS/CONDORCANQUI EL CENEPA RIO MORDAZA ANCASH/AIJA AIJA HUACLLAN LA MORDAZA ANCASH/BOLOGNESI MORDAZA ANCASH/CASMA BUENA VISTA ALTA CASMA YAUTAN ANCASH/CORONGO CUSCA ANCASH/HUARAZ MORDAZA INDEPENDENCIA PAMPAS ANCASH/HUARI CHAVIN DE HUANTAR HUACCHIS PAUCAS RAPAYAN SAN MORDAZA ANCASH/HUARMEY HUARMEY ANCASH/HUAYLAS PAMPAROMAS ANCASH/OCROS COCHAS ANCASH/PALLASCA CONCHUCOS S/. U.S. $

0.00 0.00

11,128.95 13,275.00

0.00 0.00 0.00

1,350.00 900.00 900.00

0.00

2,250.00

0.00 0.00 0.00

1,350.00 3,000.00 1,200.00

0.00

150.00

0.00 0.00 0.00

75.00 377.98 75.00

0.00 0.00 0.00 0.00 0.00

112.50 2,025.00 750.00 3,700.00 112.50

Total a Distribuir Entidades DISTRITOS INGEMMET MEM GOBIERNOS REGIONALES TOTAL US$ S/.

Deducciones US$ -4,544.27 -3,395.99 -849.00 0.00 -8,789.26 S/.

Neto a Distribuir US$ S/.

494,910.85 274,173.56 125,283.32 73,112.95 31,320.82 18,278.24 8,366.13 0.00

-2,361.20 490,366.58 271,812.36 0.00 121,887.33 73,112.95 0.00 30,471.82 18,278.24 0.00 8,366.13 0.00

0.00

1,350.00

0.00

2,529.42

0.00

225.00

659,881.12 365,564.75

-2,361.20 651,091.86 363,203.55

(*) Ver Anexos Nº 1 y Nº 2

0.00

225.00

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