Norma Legal Oficial del día 30 de enero del año 2013 (30/01/2013)


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TEXTO DE LA PÁGINA 69

El Peruano MORDAZA, miercoles 30 de enero de 2013

NORMAS LEGALES

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Que, por Resolucion Nº 562-2012-CONAFU de fecha 24 de octubre de 2012, se resuelve: a) APROBAR el Informe de la Comision Especial sobre Ampliacion de Local de la Universidad Nacional de Barranca; b) INCLUIR en el Proyecto de Desarrollo Institucional de la Universidad Nacional de Barranca los nuevos locales ubicados en: a) MORDAZA MORDAZA Nº 101, Pisos 2º al 5º, Barranca; y b) MORDAZA MORDAZA de los MORDAZA Nº 103, MORDAZA Piso, Barranca. Que mediante Oficio Nº 002-AMM-2012-CV-UNAB presentado el 12 de noviembre de 2012, el Presidente de la Comision Verificadora de la Implementacion Inicial de la Universidad Nacional de Barranca presenta el Informe Final de dicha comision; Que, con Oficio Nº1359-2012-CONAFU-CDAA de fecha 15 de noviembre de 2012, la Comision Academica manifiesta lo siguiente: ¨ La Comision Verificadora, habiendo constatado que la Universidad Nacional de Barranca ha cumplido con implementar satisfactoriamente lo proyectado para los dos primeros anos de funcionamiento en infraestructura, y al primer ano de funcionamiento en recursos humanos; de acuerdo a su PDI aprobado, conforme a lo exigido en el articulo 33 del Reglamento aprobado por Resolucion Nº 387-2009-CONAFU, recomienda al Pleno del CONAFU se continue con el tramite, para la autorizacion de funcionamiento provisional.¨; Que, en la sesion ordinaria del Pleno del CONAFU de fecha 21 de noviembre de 2012, se acordo por UNANIMIDAD: a) Aprobar la recomendacion de la Comision Verificadora de la Implementacion Inicial de la Universidad Nacional de Barranca, b) Realizar la verificacion de la Implementacion Inicial en las instalaciones de la Universidad Nacional de Barranca por parte del Pleno del CONAFU; Que, conforme al Acta de Verificacion In situ de fecha 03 de enero de 2013, levantada en las instalaciones de la Universidad Nacional de Barranca, los integrantes del Consejo Directivo del CONAFU, luego de efectuar la debida verificacion e inspeccion, acordaron por UNANIMIDAD: 1) APROBAR la reubicacion de la biblioteca de la Universidad Nacional de Barranca al tercer piso del local universitario ubicado en la Urbanizacion La MORDAZA s/n, Barranca. 2) RATIFICAR el Informe de la Comision de Verificacion de la Implementacion Inicial de la Universidad Nacional de Barranca; Que, la Universidad Nacional de Barranca cumple con las condiciones y requisitos establecidos en la Resolucion Nº 387-2009-CONAFU, ademas de encontrarse inmersa dentro de la disposicion del articulo 2º de la Ley Nº 29971; por lo que se encuentra apta para la emision de la resolucion de funcionamiento provisional a su favor; Que, el modelo Institucional adoptado por la Universidad Nacional de Barranca es la de una Persona Juridica de Derecho Publico Interno y se rige bajo las normas de la Ley Nº 23733 ­ Ley Universitaria, Ley Nº 29553 ­ Ley de su Creacion, Ley Nº 26439 - Ley de Creacion del Consejo Nacional para la Autorizacion de Funcionamiento de Universidades ­CONAFU por lo que estando a lo dispuesto en la Ley Nº 29971, la Universidad Nacional de Barranca se encuentra MORDAZA para otorgar la Autorizacion de Funcionamiento Provisional; Que, en sesion ordinaria de fecha 09 de enero de 2013, el Pleno del CONAFU despues de deliberar, por Acuerdo Nº 032013-CONAFU convinieron por UNANIMIDAD: a) Otorgar la Autorizacion de Funcionamiento Provisional a la Universidad Nacional de Barranca para brindar servicios educativos de nivel universitario; autorizandose con las siguientes Carreras Profesionales: 1) Derecho y Ciencias Politicas, 2) Contabilidad y Finanzas, 3) Enfermeria, 4) Obstetricia, 5) Ingenieria Civil, 6) Ingenieria Agronoma y 7) Ingenieria en Industrias Alimentarias; b) Aprobar el modelo institucional adoptado por la Universidad Nacional de Barranca, especificando el regimen legal en el que se encuentra y la forma de su personeria juridica; c) Disponer que la Promotora de la Universidad Nacional de Barranca remita al CONAFU, la minuta que contiene el Estatuto Social, asi como el Reglamento General de la Universidad, para ser visado por la Presidencia, la Secretaria General y la Comision Juridica del CONAFU; d) Establecer que la Universidad Nacional de Barranca, puede iniciar sus actividades academicas a partir del dia siguiente de la publicacion de la presente Resolucion en el Diario Oficial El Peruano; En atencion a lo expuesto en los considerandos precedentes, y en cumplimiento al articulo 18º del Estatuto del CONAFU que establece: "El Presidente del CONAFU tiene las siguiente atribuciones generales:...d) Cumplir y hacer cumplir los acuerdos y decisiones del Pleno del

CONAFU, expidiendo las respectivas resoluciones" y de conformidad a lo dispuesto en el articulo 38º incisos d) y e) del referido Estatuto del CONAFU; SE RESUELVE: Articulo Primero.- OTORGAR LA AUTORIZACION DE FUNCIONAMIENTO PROVISIONAL a la Universidad Nacional de Barranca para brindar servicios educativos de nivel universitario, en el Distrito y Provincia de Barranca, Departamento de MORDAZA, con las siguientes Carreras Profesionales y vacantes por Ciclo Academico:
Nombre de MORDAZA Numero de Vacantes por ciclo academico Ciclo I Contabilidad y Finanzas Derecho y Ciencias Politicas Enfermeria Ingenieria Civil Ingenieria Agronoma Ingenieria en Industrias Alimentarias Obstetricia 40 40 40 40 40 40 40 Ciclo II 40 40 40 40 40 40 40

Articulo Segundo.- APROBAR el modelo institucional adoptado por la Universidad Nacional de Barranca, organizada como Persona Juridica de Derecho Publico Interno, bajo el Regimen Legal de la Ley Universitaria 23733, la Ley de su Creacion Nº 29553 y por la Ley Nº 26439 - Ley de Creacion del Consejo Nacional para la Autorizacion de Funcionamiento de Universidades ­ CONAFU, debiendo proceder a inscribir la Escritura Publica que contiene el Estatuto Social, acompanado del Reglamento General de la Universidad, ante el Registro de Personas Juridicas de los Registros Publicos. Articulo Tercero.- DISPONER que la Promotora de la Universidad Nacional de Barranca remita al CONAFU, la minuta que contiene el Estatuto Social, asi como el Reglamento General de la Universidad, para ser visado por la Presidencia, la Secretaria General y la Comision Juridica del CONAFU, luego de lo cual es cargo de la promotora presentar ante este Consejo una MORDAZA literal de su inscripcion registral. Articulo Cuarto.- ESTABLECER que la Universidad Nacional de Barranca, puede iniciar sus actividades academicas a partir del dia siguiente de la publicacion de la presente Resolucion en el Diario Oficial El Peruano, como Persona Juridica de Derecho Publico Interno, bajo el Regimen Legal de la Ley Universitaria 23733 y la Ley de Creacion del Consejo Nacional para la Autorizacion de Funcionamiento de Universidades, sus disposiciones modificatorias y los reglamentos aprobados por el CONAFU. Articulo Quinto.- HACER de conocimiento a la Asamblea Nacional de Rectores de la presente Resolucion para los actos administrativos correspondientes. Registrese, comuniquese, publiquese y archivese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Secretario General 894865-1

CONSEJO NACIONAL DE LA MAGISTRATURA
Disponen expedir titulos de diversos Fiscales Adjuntos Provinciales de los Distritos Judiciales de Canete, MORDAZA, MORDAZA, MORDAZA, MORDAZA Norte y MORDAZA
RESOLUCION DEL CONSEJO NACIONAL DE LA MAGISTRATURA Nº 015-2013-CNM MORDAZA, 17 de enero de 2013

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