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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 1 de febrero de 2013 487320 Nº NOMBRE DE LA VIA TRAMOS 43 CALLE AYACUCHO La 3ra. cuadra a 70 mts. de este a oeste a partir de la intersección de la calle Libertad y la 4ta., 5ta. cuadra a ambos frentes RELACION DE VIAS DEL CENTRO POBLADO DE SAN FRANCISCO Nº NOMBRES DE LA VIA TRAMOS 1 AV. MANUEL CAMILO DE LA TORRE Desde la intersección de la calle Omate con la calle 2 de mayo la 4ta. solo lado Sur, 5ta., 6ta. y 7ma. cuadra en ambos frentes 2 AV. MANUEL GONZALES PRADA La 1ra. cuadra en ambos frentes 3 AV. 28 DE JULIO La 1ra. cuadra en ambos frentes 4 CALLE LAS BEGONEAS La 1ra. cuadra en ambos frentes 5 CALLE DANIEL BECERRA OCAMPO La 1ra., 2da. cuadra en ambos frentes 6 CALLE MIGUEL GRAU La 1ra. cuadra en ambos frentes 7 CALLE (SIN NOMBRE LADO SUR FRENTE A LA COMANDANCIA) La 1ra. cuadra en ambos frentes Artículo 2°.- Prohibir el estacionamiento de vehículos en zonas rígidas, en caso de incumplimiento serán sancionados con multa e internamiento del vehículo en el Depósito Municipal de Vehículos, excepto que cuenten con Autorización Municipal. Artículo 3°.- Las unidades de servicio escolar podrán estacionarse en la Av. 25 de Noviembre y en la Av. Andrés Avelino Cáceres solo para realizar el embarque o desembarque de escolares. Artículo 4°.- Deróguese la Ordenanza Municipal Nº 018-2004-MUNIMOQ de fecha 02 de agosto del 2004, el Decreto de Alcaldía Nº 018 de fecha 18 de junio del 2007 y Disposiciones Municipales que se opongan a la presente Ordenanza. Artículo 5°.- La presente Ordenanza entrará en vigencia al día siguiente de su publicación en el Diario Ofi cial del Distrito Judicial de Moquegua y en la Página Web de la Municipalidad Provincial “Mariscal Nieto”. POR TANTO: Mando se registre, publique y cumpla. ALBERTO R. COAYLA VILCA Alcalde 896488-1 MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE TALAVERA Declaran de necesidad y utilidad pública el saneamiento físico legal de bienes inmuebles de la Municipalidad que a la fecha no se encuentren registrados en la Oficina de los Registros Públicos de Andahuaylas ACUERDO DE CONCEJO Nº 060-2012-MDT Talavera, 17 de Setiembre del 2012. EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE TALAVERA POR CUANTO: VISTO En Sesión Ordinaria de Concejo de fecha 17/09/2012 y; CONSIDERANDO: Que, de acuerdo al artículo 194° de la Constitución Política del Estado Las municipalidades provinciales y distritales son los órganos de gobierno local. Tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia. Así mismo el artículo VIII del Título Preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades señala que Los gobiernos locales están sujetos a las leyes y disposiciones que, de manera general y de conformidad con la Constitución Política del Perú, regulan las actividades y funcionamiento del Sector Público; así como a las normas técnicas referidas a los servicios y bienes públicos, y a los sistemas administrativos del Estado que por su naturaleza son de observancia y cumplimiento obligatorio. Que, el artículo 58º de la Ley Nº 27972 Ley Orgánica de Municipalidades prevé que los bienes inmuebles de las Municipalidades a que se refi ere el artículo 56º se inscriben en los Registros Públicos, a petición del Alcalde y por mérito del Acuerdo de Concejo correspondiente. Que por Decreto Supremo Nº 018-90-VC se dispuso que las Municipalidades queden facultadas para gestionar la primera inscripción de dominio de los bienes inmuebles que les pertenezcan y no cuenten con título probatorio de domino. Que por Decreto Supremo Nº 026-96-PCM se dispuso que las entidades del gobierno central entre ellos los gobiernos locales dicten medidas específi cas para el saneamiento físico legal de los bienes inmuebles de su propiedad cuyo dominio no estuviera inscrito en los Registros Públicos. Que mediante la Ley Nº 27493 Ley de Saneamiento Físico Legal de bienes inmuebles de las entidades del sector Público hace extensiva la Ley Nº 26512 a todos los organismos e instituciones del sector público. Que con la fi nalidad de administrar de manera óptima los bienes inmuebles que constituyen patrimonio de la municipalidad es necesario dictar normas para regular su saneamiento físico legal a efectos de utilizaros en proyectos de interés para los vecinos del Distrito de Talavera. Estando a lo expuesto y en uso de las atribuciones conferidas por la Ley N° 27972 Ley Orgánica de Municipalidades y con el voto de la mayoría de los señores regidores y con la dispensa del trámite de lectura y aprobación del Acta. ACUERDA: Primero: DECLARAR de necesidad y utilidad pública el Saneamiento Físico Legal de los bienes inmuebles de la Municipalidad Distrital de Talavera, Provincia de Andahuaylas, Región Apurímac, que a la fecha no se encuentren debidamente registrados en la Ofi cina de los Registros Públicos de Andahuaylas Segundo: A PARTIR de la fecha del presente Acuerdo la Municipalidad Distrital de Talavera procederá a inscribir los bienes inmuebles de su propiedad en la Ofi cina de Registros Públicos de Andahuaylas acompañando al formulario de solicitud de inscripción, los siguientes documentos: A) Memoria Descriptiva del Inmueble B) Plano de Ubicación C) Plano Perimétrico D) Declaración Jurada, haciendo constar que el inmueble esté libre de todo gravamen, embargo medida cautelar o proceso judicial. E) Declaración Jurada de Auto avaluó. Tercero: ESTABLECER que la Municipalidad Distrital de Talavera, inscriba las declaraciones de fábrica ampliaciones de las mismas o rectifi caciones de declaratoria de los bienes inmuebles de su propiedad, en la Ofi cina Registral, adquiridos bajo cualquier modalidad, con la sola presentación de la memoria descriptiva, planos de ubicación y distribución de aquellos. Cuarto: ENCARGAR a la Secretaria General de la Municipalidad, a la Subgerencia de Infraestructura y Desarrollo Urbano y Rural para realizar todas las acciones que se especifi can en el presente Acuerdo de concejo otorgándoles la representación para tales efectos, estando obligadas a proporcionar información y documentación que sea requeridos para tal fi n. Regístrese, comuníquese y archívase. JUAN ANDÍA PECEROS Alcalde 896595-1