Norma Legal Oficial del día 01 de febrero del año 2013 (01/02/2013)


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TEXTO DE LA PÁGINA 73

El Peruano MORDAZA, viernes 1 de febrero de 2013

NORMAS LEGALES

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de la Declaracion Jurada y determinacion del Impuesto Predial y de la Tasa de Arbitrios Municipales de Limpieza Publica, Parques y Jardines y Serenazgo, correspondiente a la Municipalidad Distrital de Ate. Articulo Cuarto.- La presente Ordenanza entrara en vigencia al dia siguiente de su publicacion en el Diario Oficial El Peruano. POR TANTO: Registrese, comuniquese, publiquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MAJINO MORDAZA 896524-2

Aprueban Ordenanza que fija monto de los Arbitrios Municipales de Limpieza Publica, Parques y Jardines y Serenazgo del Ejercicio Fiscal 2013 para predios destinados a MORDAZA habitacion
ORDENANZA Nº 305-MDA Ate, 31 de enero de 2013 POR CUANTO: El Concejo Distrital de Ate, en Sesion Ordinaria de Concejo de fecha 31 de enero de 2013 y visto el Memorando Nº 056-2013-MDA/GM de la Gerencia Municipal; y, CONSIDERANDO Que, el Articulo 74º de la Constitucion Politica del Peru y la MORDAZA IV del Titulo Preliminar del Texto Unico Ordenado del Codigo Tributario aprobado por el Decreto Supremo Nº 135-99-EF y sus modificatorias, establecen que los Gobiernos Locales mediante Ordenanza pueden crear, modificar y suprimir sus contribuciones, arbitrios, derechos y licencias o exonerar de ellos, dentro de su jurisdiccion y con los limites que senala la Ley; Que, de conformidad con el Articulo 194º de la Constitucion Politica del Estado, modificado por la Ley Nº 28607, Ley de Reforma Constitucional del Capitulo XIV del Titulo IV, las Municipalidades Provinciales y distritales son organos de gobierno local. Tienen autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, el Concejo Municipal cumple su funcion normativa, entre otros mecanismos, a traves de las Ordenanzas Municipales, las cuales de conformidad con lo previsto en el numeral 4) del Articulo 200º, de la Constitucion Politica del Peru, tienen rango de Ley, al igual que las Leyes propiamente dichas, los Decretos Legislativos, los Decretos de Urgencia, los Tratados, los Reglamentos del Congreso y las normas de caracter general; Que, el Articulo IV del Titulo Preliminar de la Ley Nº 27972 Ley Organica de Municipalidades, precisa que los gobiernos locales representan al vecindario, promueven la adecuada prestacion de los servicios publicos locales y el desarrollo integral, sostenible y armonico de su circunscripcion; Que, el Articulo 40º de la Ley Nº 27972 Ley Organica de Municipalidades, establece que mediante Ordenanzas se crean, modifican, suprimen o exoneran, los arbitrios, tasas, licencias, derechos y contribuciones, dentro de los limites establecidos por Ley; Que, la Municipalidad Distrital de Ate, ha procedido a regular los importes de las tasas de Arbitrios Municipales de Limpieza Publica (Recoleccion de Residuos Solidos y Barrido de Calles), de Parques y Jardines Publicos y de Serenazgo del ejercicio fiscal 2012, a traves de la Ordenanza Nº 281-MDA, publicada en el Diario Oficial El Peruano del 31 de diciembre del 2011 y ratificada por la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA mediante Acuerdo de Concejo Nº 1552 ­ MML; Que, con fecha 10 de febrero del 2012, se aprobo la Ordenanza Nº 288-MDA, publicada en el Diario Oficial

El Peruano el 12 de febrero del 2012, la misma que establecio que, los montos resultantes de la sumatoria de los arbitrios de Arbitrios de Limpieza Publica, Parques y Jardines Publicos y de Serenazgo, del ejercicio fiscal 2012, no sera superior al 4.74%, respecto de la sumatoria de arbitrios de Arbitrios de Limpieza Publica, Parques y Jardines Publicos y de Serenazgo, emitidos el ano 2011, para los predios destinados a MORDAZA habitacion; Que, con fecha 26 de setiembre del 2012, se ha aprobado la Ordenanza Nº 298-MDA, publicada en el Diario Oficial El Peruano el 22 de diciembre del 2012; la cual en su Articulo Primero establece en la jurisdiccion del Distrito de Ate, la vigencia de la Ordenanza Nº 281MDA, que regula el Regimen Tributario y los Arbitrios Municipales de Limpieza Publica, Parques y Jardines Publicos y Serenazgo del ejercicio fiscal 2012; para el ejercicio fiscal 2013. Esta MORDAZA ha sido ratificada por la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA mediante Acuerdo de Concejo Nº 2220 de fecha 22 de diciembre del 2012; Que, en el Articulo MORDAZA de la Ordenanza citada en el parrafo precedente se establece que, para el ejercicio fiscal 2013, se aplicaran los costos y tasas establecidas por los servicios de Barrido de Calles, Recoleccion de Residuos Solidos, Parques y Jardines y Serenazgo establecidos en la Ordenanza Nº 281-MDA; reajustados con la variacion acumulada del Indice de Precios al Consumidor al mes de agosto para MORDAZA Metropolitana, ascendente a 2.14%, establecido en la Resolucion Jefatural Nº 218-2012-INEI; Que, como resultado de la aplicacion de los criterios de distribucion establecidos por el Tribunal Constitucional, para el ejercicio fiscal 2013, se producen incrementos de hasta el 52.03%; en los importes de las Tasas de Arbitrios Municipales que tendrian que pagar los propietarios de predios con uso MORDAZA Habitacion; Que, en merito a los considerandos expuestos en los parrafos precedentes, la Municipalidad Distrital de Ate, considera pertinente flexibilizar los montos de los importes de las tasas de Arbitrios Municipales para el ano 2013, para el uso MORDAZA Habitacion, teniendo como referencia (base) los importes pagados en el ejercicio fiscal 2012, siendo necesario la expedicion de la presente norma; asi mismo, las diferencias de costos dejados de pagar por estos contribuyentes, como resultado de la aplicacion de la misma, seran asumidos por la Municipalidad Distrital de Ate, sin descuidar la prestacion de los servicios; Estando a los fundamentos MORDAZA expuestos, en uso de las facultades conferidas por el inciso 8) del Articulo 9º de la Ley Organica de Municipalidades Nº 27972, contando con el MORDAZA por mayoria de los senores Regidores asistentes a la Sesion de Concejo de la fecha, y con la dispensa del tramite de lectura y aprobacion de actas, se ha dado la siguiente; ORDENANZA QUE FIJA EL MONTO DE LOS ARBITRIOS MUNICIPALES DE LIMPIEZA PUBLICA, PARQUES Y JARDINES Y SERENAZGO DEL EJERCICIO FISCAL 2013 PARA EL SECTOR MORDAZA HABITACION Articulo Primero.- ESTABLEZCASE que los montos de los pagos de Arbitrios Municipales de Limpieza Publica, Parques y Jardines Publicos y de Serenazgo, del presente ejercicio fiscal, para los predios destinados a MORDAZA habitacion, sera el monto correspondiente al pago del ano 2012, reajustado con la variacion acumulada del Indice de Precios al Consumidor al mes de agosto para MORDAZA Metropolitana, ascendente a 2.14%, establecido en le Resolucion Jefatural Nº 218-2012-INEI. Articulo Segundo.- El subsidio generado por la aplicacion del beneficio otorgado en la presente Ordenanza, sera asumido por esta Corporacion Edil. Articulo Tercero.- AUTORICESE; a la Gerencia de Planificacion a efectuar las modificaciones presupuestales concernientes a los alcances de la presente Ordenanza. Articulo Cuarto.- DISPONGASE; que, lo dispuesto en la presente Ordenanza es de aplicacion para la Emision Masiva de Arbitrios Municipales 2013. A los contribuyentes

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