Norma Legal Oficial del día 05 de febrero del año 2013 (05/02/2013)


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TEXTO DE LA PÁGINA 10

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, martes 5 de febrero de 2013

Articulo 2.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente resolucion suprema seran cubiertos con cargo al presupuesto institucional del Ministerio de Desarrollo e Inclusion Social, de acuerdo con el siguiente detalle, debiendo rendirse cuenta documentada en un plazo no mayor de quince (15) dias calendario del termino del citado evento: MORDAZA del MORDAZA Portillo Brousset Viaticos (US$ 220 x 5 dias) Total US$ 1,100.00 ------------------US$ 1,100.00

y Estrategias del Despacho Viceministerial de Politicas y Evaluacion Social, como representante alterno del Ministerio de Desarrollo e Inclusion Social ante la Comision Multisectorial de Seguridad Alimentaria y Nutricional, de naturaleza permanente, creada mediante Decreto Supremo N° 102-2012-PCM. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA TRIVELLI MORDAZA Ministra de Desarrollo e Inclusion Social

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Los costos por concepto de pasajes aereos que ocasione el viaje al exterior a que se refiere la presente resolucion, no seran asumidos con cargo al tesoro publico. Articulo 3.- La presente autorizacion no otorga derecho a exoneracion, ni liberacion de impuestos de aduana de cualquier clase o denominacion. Articulo 4.- La presente resolucion suprema sera refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y por la Ministra de Desarrollo e Inclusion Social. Registrese, comuniquese y publiquese OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA F. MORDAZA MAYOR Presidente del Consejo de Ministros MORDAZA TRIVELLI MORDAZA Ministra de Desarrollo e Inclusion Social

ECONOMIA Y FINANZAS
FE DE ERRATAS ANEXO - DECRETO SUPREMO Nº 005-2013-EF
Mediante Oficio Nº 085-2013-SCM-PR la Secretaria del Consejo de Ministros solicita se publique Fe de Erratas del Anexo del Decreto Supremo Nº 005-2013-EF, publicado en la edicion del 23 de enero de 2013. En el Reglamento (pag. 486622) DICE: "(...) Articulo 8º.- Evaluacion de la Iniciativa (...) 8.2 Evaluacion de las caracteristicas de la iniciativa privada: Confirmada la relevancia y prioridad de la iniciativa privada a que hace referencia el literal a), PROINVERSION comunicara ello al proponente, a fin de que este elabore el estudio de preinversion de acuerdo a los contenidos minimos especificos vigentes o que se establezcan segun las disposiciones del SNIP en un plazo MORDAZA diez (10) dias habiles. La evaluacion del estudio de preinversion se realizara desde el inicio de la formulacion y de manera concurrente de acuerdo a la normatividad del SNIP; debiendolo remitir a PROINVERSION en su calidad de Unidad Formuladora del proyecto. El proponente debera presentar una Declaracion Jurada adjunta al estudio de preinversion, indicando los gastos en que hubiere incurrido para su elaboracion, los cuales seran reconocidos de acuerdo a lo establecido en el articulo 7° de la presente norma. (...)" DEBE DECIR: "(...) Articulo 8º.- Evaluacion de la Iniciativa (...) 8.2 Evaluacion de las caracteristicas de la iniciativa privada: Confirmada la relevancia y prioridad de la iniciativa privada a que hace referencia el numeral 8.1, PROINVERSION comunicara ello al proponente, a fin de que este elabore el estudio de preinversion de acuerdo a los contenidos minimos especificos vigentes, o los que se establezcan segun las disposiciones del SNIP en un plazo MORDAZA de diez (10) dias habiles. La evaluacion del estudio de preinversion se realizara desde el inicio de la formulacion y de manera concurrente de acuerdo a la normatividad del SNIP; debiendolo remitir a PROINVERSION en su calidad de Unidad Formuladora del proyecto. El proponente debera presentar una Declaracion Jurada adjunta al estudio de preinversion, indicando los gastos en que hubiere incurrido para su elaboracion, los cuales seran reconocidos de acuerdo a lo establecido en el articulo 13° de la presente norma. (...)"

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Designan representante alterno del Ministerio ante la Comision Multisectorial de Seguridad Alimentaria y Nutricional creada mediante D.S. N° 102-2012-PCM
RESOLUCION MINISTERIAL N° 026-2013-MIDIS
MORDAZA, 1 de febrero de 2013 CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Supremo N° 102-2012-PCM, se crea la Comision Multisectorial de Seguridad Alimentaria y Nutricional, de naturaleza permanente, adscrita al Ministerio de Agricultura, con la finalidad de coordinar los esfuerzos de las instituciones publicas y privadas nacionales y extranjeras, y representantes de la sociedad civil, orientados al logro de la seguridad alimentaria y nutricional nacional; Que, segun lo dispuesto en los articulos 3 y 4 del citado decreto supremo, la MORDAZA mencionada Comision Multisectorial estara integrada, entre otros, por un representante del Ministerio de Desarrollo e Inclusion Social, y un alterno, los que seran designados mediante resolucion del titular del Sector; Que, mediante Resolucion Ministerial N° 189-2012-MIDIS, se designo al senor MORDAZA Tolmos MORDAZA como representante del Ministerio de Desarrollo e Inclusion Social ante la Comision Multisectorial de Seguridad Alimentaria y Nutricional; Que, resulta necesario designar al representante alterno del Ministerio de Desarrollo e Inclusion Social ante la Comision Multisectorial de Seguridad Alimentaria y Nutricional, para los casos de ausencia del representante designado, al que se hace referencia en el considerando precedente, de conformidad con lo establecido en el citado Decreto Supremo N° 102-2012-PCM; De conformidad con lo dispuesto por la Ley N° 27594, Ley que regula la participacion del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designacion de funcionarios publicos; y las atribuciones previstas en la Ley Nº 29158, Ley Organica del Poder Ejecutivo; la Ley N° 29792, Ley de Creacion, Organizacion y Funciones del Ministerio de Desarrollo e Inclusion Social, y su Reglamento de Organizacion y Funciones, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 011-2012-MIDIS; SE RESUELVE: Articulo Unico.- Designar al senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, profesional de la Direccion General de Politicas

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