Norma Legal Oficial del día 11 de febrero del año 2013 (11/02/2013)


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TEXTO DE LA PÁGINA 11

El Peruano MORDAZA, lunes 11 de febrero de 2013

NORMAS LEGALES

487925

- Ante la ausencia del gerente municipal MORDAZA MORDAZA MORDAZA, por encontrarse con descanso medico, y al no contarse con su reemplazante, la administracion, contando con la opinion del gerente de Asuntos Juridicos, devuelve el expediente de vacancia el 14 de junio de 2012, mediante Oficio Nº 043-2012-SG-MDCC. - Y el 26 de junio de 2012, posterior al acto de devolucion del expediente, en sesion ordinaria de concejo, se acordo expresar conformidad a las actuaciones practicadas de remision de actuados al JNE, a fin de dar cumplimiento al Oficio Nº 2412-2012-SG/JNE materializada en el Acuerdo de Concejo Nº 067-2012-MDCC. - Por otro lado, en sesion de concejo, de fecha 19 de MORDAZA de 2012, expresado en el Acuerdo de Concejo Nº 071-2012-MDCC, acuerda, en el articulo tercero, precisar la redaccion del articulo primero del Acuerdo de Concejo Nº 067-2012-MDCC, en el sentido que este debe de entenderse como que el pleno del concejo de la Municipalidad Distrital de Cerro Colorado toma conocimiento de las actuaciones efectuadas por las unidad organicas respectivas, sobre la devolucion del Expediente Nº J-2012-00445. - El hecho de expresar conformidad no es un acto administrativo ni ejecutivo, ya que se trataba de un hecho consumado, ejecutado. Posicion del concejo distrital En sesion extraordinaria, de fecha 9 de octubre de 2012, el Concejo Distrital de Cerro Colorado, por mayoria (un MORDAZA a favor y once en contra), acordo declarar improcedente la solicitud de vacancia del cargo de regidor que ejercen MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA Nunez, MORDAZA MORDAZA MORDAZA Jallo, MORDAZA MORDAZA Malque MORDAZA, MORDAZA MORDAZA Calvo MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA de MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA Samillan MORDAZA y MORDAZA MORDAZA MORDAZA Diaz. Esta decision se materializo en el Acuerdo de Concejo Nº 097-2012-MDCC, de fecha 11 de octubre de 2012. Sobre el recurso de apelacion El 7 de noviembre de 2012, MORDAZA Iberio MORDAZA interpuso, ante el Concejo Municipal de Cerro Colorado, su recurso de apelacion contra el Acuerdo de Concejo Nº 097-2012-MDCC, de fecha 11 de octubre de 2012, sobre los mismos argumentos de la solicitud de vacancia. CUESTION EN DISCUSION La cuestion en discusion es determinar si MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA Nunez, MORDAZA MORDAZA MORDAZA Jallo, MORDAZA MORDAZA Malque MORDAZA, MORDAZA MORDAZA Calvo MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA de MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA Samillan MORDAZA y MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, regidores del Concejo Distrital de Cerro Colorado, incurrieron en la causal de vacancia prevista en el MORDAZA parrafo del articulo 11 de la LOM. CONSIDERANDOS Respecto de la causal de vacancia prevista en el articulo 11 de la LOM 1. El articulo 11 de la LOM dispone que los regidores no pueden ejercer funciones ni cargos ejecutivos o administrativos, MORDAZA de MORDAZA o de confianza, ni ocupar cargos de miembros de directorio, gerente u otro, en la misma municipalidad o en las empresas municipales o de nivel municipal de su jurisdiccion. En ese sentido, resulta importante para este organo electoral recordar que, mediante la Resolucion Nº 2412009-JNE, se realizo una interpretacion de la referida disposicion, en la que se senala que esta "[...] responde a que de acuerdo al numeral 4 del articulo 10 de la citada ley, el regidor cumple una funcion fiscalizadora, siendo ello asi, se encuentra impedido de asumir funciones administrativas o ejecutivas dentro de la misma municipalidad, de lo contrario entraria en un conflicto de

intereses asumiendo un doble papel, la de administrar y fiscalizar". 2. La finalidad de la causal de vacancia prevista en el MORDAZA parrafo del articulo 11 de la LOM es la de evitar la anulacion o menoscabo relevante a las funciones fiscalizadoras que son inherentes al cargo de regidor. En ese sentido, si es que los hechos imputados a algun regidor no suponen, en cada caso concreto, una anulacion o afectacion del deber de fiscalizacion de la citada autoridad municipal, no deberia proceder una solicitud de declaratoria de vacancia en dicho caso. Analisis del caso concreto 3. En el presente caso, obra en autos, de fojas 25 a 30, el acta de sesion de ordinaria de concejo, de fecha 26 de junio de 2012, donde se acordo, con nueve votos a favor y dos abstenciones, expresar conformidad con las actuaciones practicadas de remision de actuados al MORDAZA Nacional de Elecciones, mediante Oficio Nº 0432012-SG/MDCC, de fecha 14 de junio de 2012, respecto al expediente Nº J-2012-044. Dicha decision fue expresada mediante Acuerdo de Concejo Nº 067-2012-MDCC. Cabe precisar, ademas, que el mencionado Concejo Distrital de Cerro Colorado, por Acuerdo de Concejo Nº 071-2012MDCC, preciso que la redaccion del articulo primero del Acuerdo de Concejo de la Municipalidad Distrital de Cerro Colorado era tomar conocimiento de las actuaciones efectuadas por las unidades organicas respectivas, sobre la devolucion del expediente Nº J-2012-00445. De lo que se aprecia que el concejo municipal al tomar los mencionados acuerdos, expresados en los Acuerdos de Concejo Nº 067-2012-MDCC y Nº 071-2012MDCC, ejercio su funcion fiscalizadora respecto de los funcionarios municipales, en tanto estos forman parte de la administracion, lo que de ninguna manera implica una manifestacion de la voluntad estatal destinada a producir efectos juridicos en el administrado, ya que este se habia producido con anterioridad, el 14 de junio de 2012, por la misma administracion, pues la devolucion del expediente de vacancia al JNE, se habia tramitado por la unidad organica de Secretaria General, mediante Oficio Nº 0432012-SG/MDCC, la que fue recibida incluso el 18 de junio de 2012, por la oficina de Servicios al Ciudadano del JNE. No fue pues una toma de decision con relacion a la administracion, y en ese sentido, es que han aprobado los mencionados acuerdos de concejos, de fechas 26 de junio de 2012 y 19 de MORDAZA de 2012, lo que de ninguna manera configura una infraccion al MORDAZA parrafo del articulo 11 de la LOM. 4. En consecuencia, al no haberse acreditado la existencia de elementos suficientes que generen certeza y conviccion en este organo colegiado respecto de que las autoridades cuestionadas hayan realizado funciones ejecutivas o administrativas que importen una anulacion o menoscabo de sus funciones fiscalizadoras, no es posible declarar la vacancia de sus cargos, por lo que corresponde desestimar el recurso de apelacion presentado. CONCLUSION En vista de las consideraciones expuestas, valorados de manera conjunta y con criterio de conciencia los medios probatorios contenidos en autos, este organo colegiado concluye que MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA Nunez, MORDAZA MORDAZA MORDAZA Jallo, MORDAZA MORDAZA Malque MORDAZA, MORDAZA MORDAZA Calvo MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA de MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA Samillan MORDAZA y MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, regidores del Concejo Distrital de Cerro Colorado, no incurrieron en la causal de vacancia prevista en el articulo 11 de la LOM. Por lo tanto, el MORDAZA Nacional de Elecciones, en uso de sus atribuciones, RESUELVE Articulo Unico.- Declarar INFUNDADO el recurso de apelacion interpuesto por MORDAZA Iberio MORDAZA, y en consecuencia, CONFIRMAR el Acuerdo de Concejo Nº 097-2012-MDCC, de fecha 11 de octubre de 2012,

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