Norma Legal Oficial del día 11 de febrero del año 2013 (11/02/2013)


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TEXTO DE LA PÁGINA 18

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, lunes 11 de febrero de 2013

Convocan a ciudadanos para que asuman provisionalmente cargos de MORDAZA y regidora de la Municipalidad Distrital de Huepetuhe, provincia de MORDAZA, departamento de MORDAZA de MORDAZA
RESOLUCION Nº 0120-2013-JNE Expediente Nº J-2013-00157 HUEPETUHE - MORDAZA - MORDAZA DE MORDAZA MORDAZA, siete de febrero de dos mil trece. VISTO el escrito presentado por Yony MORDAZA MORDAZA, de fecha 4 de febrero de 2013, por el que solicita la inhabilitacion de Gelman MORDAZA MORDAZA MORDAZA, teniendo a la vista los Expedientes Nº J-2012-00273 y NºJ-2013-00157. ANTECEDENTES En el Expediente Nº J-2012-00273 obra el Oficio Nº 1262012-JIP-H-CSJMD, remitido por el juez supernumerario MORDAZA MORDAZA MORDAZA, quien remite copias certificadas de la Sentencia Nº 21-2012, de fecha 23 de enero del ano 2012, que confirma la Sentencia Nº 11-2011, de fecha 4 de noviembre del ano 2011, que condena a Gelman MORDAZA MORDAZA MORDAZA por la comision del delito contra la administracion publica, en la modalidad de abuso de autoridad, en agravio de Yony MORDAZA MORDAZA, a efectos de que se haga efectiva la pena de inhabilitacion. En relacion a esta solicitud, en fecha 21 de agosto de 2012, y por medio de la Resolucion Nº 0733 -2012-JNE, que obra en el Expediente Nº J-2012-00273, se declaro improcedente la solicitud de inhabilitacion contra Gelman MORDAZA MORDAZA MORDAZA, ello porque si bien la autoridad cuestionada contaba con sentencia condenatoria en MORDAZA instancia por delito doloso con pena privativa de la MORDAZA, la sentencia que confirmaba la resolucion de primera instancia no se encontraba firme, situacion que era necesaria para ejecutar la inhabilitacion, pues el MORDAZA penal se habia desarrollado bajo las reglas del MORDAZA Codigo Procesal Penal. Por consiguiente, no correspondia ejecutar la pena de inhabilitacion, al no existir sentencia judicial firme y se determino declarar improcedente el pedido de ejecucion de la pena de inhabilitacion. Sin embargo, mediante el escrito del visto, Yony MORDAZA MORDAZA adjunta MORDAZA certificada de la resolucion, de fecha 6 de agosto de 2012, que declaro inadmisible el recurso de queja presentado por Gelman MORDAZA MORDAZA MORDAZA contra la resolucion del 5 de marzo de 2012, que declaro inadmisible el recurso de casacion que promovio contra la sentencia de vista que confirmo la sentencia de primera instancia, que lo condeno como autor del delito contra la administracion publica - abuso de autoridad, en agravio de Yony MORDAZA Casas. CONSIDERANDOS 1. Este Supremo Tribunal Electoral ha senalado en las Resoluciones Nº 120-2010-JNE, Nº 300-2010-JNE, Nº 301-2010-JNE, Nº 420-2010-JNE, Nº 1014-2010JNE, Nº 558-2011-JNE y Nº 623-2011-JNE, que la pena de inhabilitacion por condena consiste en la privacion, suspension o incapacitacion temporal de uno o mas derechos politicos, economicos, profesionales y civiles del condenado. Cabe precisar que para resolver los casos de inhabilitacion, este Pleno del MORDAZA Nacional de Elecciones se acoge a lo dispuesto en el Acuerdo Plenario Nº 10-2009/CJ-116, emitido por la Corte Suprema de Justicia de la Republica el 13 de noviembre de 2009, el cual establece como se debe ejecutar la pena de inhabilitacion, dependiendo del codigo adjetivo bajo el cual se lleve a cabo el procedimiento. En el caso de los procesos tramitados bajo el MORDAZA Codigo Procesal Penal la pena de inhabilitacion se ejecuta una vez que la sentencia condenatoria que la impuso adquirio firmeza; por ende, el plazo de ejecucion se inicia desde esta fecha y no antes.

2. De la documentacion MORDAZA descrita, se advierte que Gelman MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA de la Municipalidad Distrital de Huepetuhe, fue condenado en primera instancia como autor del delito de abuso de autoridad en agravio de Yony MORDAZA MORDAZA, imponiendole dos anos de pena privativa de MORDAZA suspendida en su ejecucion por el mismo plazo e inhabilitacion por el plazo de la pena de la sentencia principal. Contra dicha sentencia se interpuso un recurso de apelacion, que fue resuelto en fecha 23 de enero de 2012, el mismo que confirmo la sentencia de primera instancia. Posteriormente, Gelman MORDAZA MORDAZA MORDAZA interpuso recurso de casacion contra la sentencia de vista, sin embargo, se declaro inadmisible dicho recurso. Contra esta MORDAZA resolucion, Gelman MORDAZA MORDAZA MORDAZA interpuso recurso de queja que fue declarado inadmisible por la Sala Penal Permanente de la Corte Suprema de Justicia de la Republica. Asimismo, cabe senalar que el juez supernumerario, MORDAZA MORDAZA MORDAZA, remitio copias certificadas de la sentencias de primera y MORDAZA instancia, a efectos de que se haga efectiva la pena de inhabilitacion, por lo que existe un mandato del organo jurisdiccional correspondiente. 3. En tal sentido, se puede concluir que la sentencia condenatoria que impuso la inhabilitacion adquirio firmeza, siendo que resulta procedente declarar la misma. Por ello, y de acuerdo con el articulo 24 de la LOM, al MORDAZA lo reemplaza el MORDAZA MORDAZA, que es el primer regidor habil que sigue en su propia lista electoral, por lo que, en este caso, corresponde convocar a MORDAZA MORDAZA MORDAZA, identificado con Documento Nacional de Identidad Nº 0464487, para que asuma provisionalmente el cargo de MORDAZA de la Municipalidad Distrital de Huepetuhe. Asimismo, para completar el numero de regidores, respetando la procedencia establecida en su propia lista electoral, corresponde convocar a la regidora suplente, Cristiina MORDAZA MORDAZA MORDAZA identificado con Documento Nacional de Identidad Nº 24001782, candidata no proclamada de la organizacion politica Partido Aprista Peruano, para que asuma provisionalmente el cargo de regidora del Concejo Distrital de Huepetuhe. 4. Finalmente, en atencion a la situacion juridica de Gelman MORDAZA MORDAZA MORDAZA, quien posee una sentencia condenatoria firme en su contra por la comision de un delito doloso, corresponde remitir al Concejo Distrital de Huepetuhe las piezas procesales pertinentes del MORDAZA penal incoado contra la autoridad inhabilitada, a fin de que el mismo evalue los hechos conforme lo establecido en la Ley Organica de Municipalidades. Por lo tanto, el Pleno del MORDAZA Nacional de Elecciones, en uso de sus atribuciones, RESUELVE: Articulo Primero.- INHABILITAR a Gelman MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA de la Municipalidad Distrital de Huepetuhe, provincia de MORDAZA, departamento de MORDAZA de Dios. Articulo Segundo.- DEJAR SIN EFECTO, provisionalmente, la credencial otorgada a Gelman MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA de la Municipalidad Distrital de Huepetuhe, provincia de MORDAZA, departamento de MORDAZA de Dios. Articulo Tercero.- CONVOCAR a MORDAZA MORDAZA MORDAZA, identificado con Documento Nacional de Identidad Nº 04634487, para que asuma provisionalmente el cargo de MORDAZA de la Municipalidad Distrital de Huepetuhe, provincia de MORDAZA, departamento de MORDAZA de MORDAZA, para lo cual se le otorgara la respectiva credencial. Articulo Cuarto.- CONVOCAR a Cristiina MORDAZA MORDAZA MORDAZA, identificada con Documento Nacional de Identidad Nº 24001782, para que asuma provisionalmente el cargo de regidora de la Municipalidad Distrital de Huepetuhe, provincia de MORDAZA, departamento de MORDAZA de MORDAZA, para lo cual se le otorgara la respectiva credencial. Articulo Quinto.- REMITIR copias fedateadas de lo actuado en el presente procedimiento, referente al MORDAZA penal incoado contra Gelman MORDAZA MORDAZA MORDAZA, al Concejo Distrital de Huepetuhe, provincia del MORDAZA,

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