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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, lunes 11 de febrero de 2013 487918 Programa Nacional de Alimentación Escolar Qali Warma para el año escolar 2013, los 111 Comités de Compra reconocidos por el Programa han iniciado sus procesos de compra, a nivel nacional, a partir del 28 de enero de 2013, habiéndose publicado en el portal institucional de Qali Warma (www.qaliwarma.gob.pe) las bases correspondientes a los procesos de compra de productos y raciones, listado de instituciones educativas bajo el ámbito de cada Comité de Compra, ítems y montos referenciales, fi chas técnicas de alimentos y fi chas técnicas de producción; Que, los numerales 58), 59) y 60) del Manual de Compras regulan los casos en los que el Comité de Compra establece supuestos especiales de aplicación durante la evaluación de los procesos de compra; siendo que resulta necesaria la modifi cación de dichos numerales a efectos de lograr un mayor nivel de cobertura a nivel nacional que garantice la atención del servicio alimentario; Con la visación de la Unidad de Asesoría Jurídica; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Supremo Nº 008-2012-MIDIS, la Resolución Ministerial Nº 174-2012-MIDIS y la Resolución Ministerial Nº 229-2012- MIDIS; SE RESUELVE: Artículo Único.- Modifi car los numerales 58, 59 y 60 del Manual de Compras, aprobado mediante Resolución de Dirección Ejecutiva Nº 105-2012-MIDIS/PNAEQW, conforme a lo siguiente: 58) Concluida la etapa de evaluación de las propuestas presentadas y, dentro del plazo establecido para la selección de proveedores, el Comité de Compra procede a identifi car los ítems en los que no se presentaron propuestas o, en los que habiéndose presentado propuestas, ninguna quede válida. El acta de dicha sesión incluirá la selección de los ganadores por ítems cubiertos, y la identifi cación de los ítems no cubiertos. La relación de ítems cubiertos será publicada en la página web de Qali Warma. 59) En relación a los ítems no cubiertos, el Comité de Compra podrá optar por: 1. Invitar a los postores cuyas propuestas hayan sido incluidas en el cuadro de orden de mérito en otros ítems del mismo proceso de compra siempre que hayan sido declaradas válidas, a fi n de seleccionar a quien oferte el precio más bajo, y/o 2. Invitar a los postores cuyas propuestas hayan sido incluidas en el cuadro de orden de mérito de los procesos de compra realizados por el mismo Comité de Compra o por otros Comités de Compra siempre que hayan sido declaradas válidas, a fi n de seleccionar a quien oferte el precio más bajo. El Comité de Compra, luego de efectuada la invitación respectiva, evalúa las respuestas recibidas y adjudica los ítems, eligiendo al postor que presente el precio más bajo. En caso de empate la adjudicación será efectuada a favor del postor que haya obtenido el mejor puntaje técnico en el proceso de compra y de persistir el empate ésta será efectuada mediante sorteo. Concluido este acto, el Comité de Compra debe fi rmar un acta de selección de proveedores y remitirla a Qali Warma para su publicación en el portal institucional, conforme al cronograma del proceso de compras publicado en las bases respectivas, dándose por enterado el ganador a través de la publicación en la web. 60) En caso no sea factible adjudicar conforme a las acciones señaladas en el numeral precedente, Qali Warma realizará las siguientes acciones, en el siguiente orden: 1. Autorizar al Comité de Compra a efectuar la compra directa de una Canasta Básica, cuyas especifi caciones serán aprobadas por Qali Warma. 2. Autorizar la compra directa a través de: 2.1. Los comités de alimentación escolar, de acuerdo con el numeral 6.1.5 de la Directiva 001-2013-MIDIS, aprobada por Resolución Ministerial Nº 016-2013-MIDIS, o 2.2. Una organización de la sociedad civil. 3. Efectuar la adquisición de alimentos conforme con la normativa aplicable. Regístrese y comuníquese y publíquese. GUISELLE M. ROMERO LORA Directora Ejecutiva Programa Nacional de Alimentación Escolar Qali Warma 900202-3 ORGANISMOS TECNICOS ESPECIALIZADOS INSTITUTO NACIONAL DE DEFENSA DE LA COMPETENCIA Y DE LA PROTECCION DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL Aceptan renuncia de miembro de la Comisión adscrita a la Oficina Regional de Tacna del INDECOPI RESOLUCIÓN DE LA PRESIDENCIA DEL CONSEJO DIRECTIVO DEL INDECOPI Nº 029-2013-INDECOPI/COD Lima, 05 de febrero de 2013 CONSIDERANDO: Que, el señor Edwin Alberto Bustinza Arroyo fue designado como miembro de la Comisión adscrita a la Ofi cina Regional de Tacna, mediante Resolución de la Presidencia del Consejo Directivo del Indecopi Nº 092- 2008-INDECOPI/COD, publicada en el Diario Ofi cial El Peruano con fecha 09 de octubre de 2008; Que, mediante carta de fecha 20 de diciembre de 2012, el señor Edwin Alberto Bustinza Arroyo ha presentado renuncia al cargo de miembro de la Comisión adscrita a la Ofi cina Regional de Tacna del Indecopi, la cual ha sido aceptada por el Consejo Directivo de la Institución, delegando en la Presidencia del Consejo Directivo la determinación de la fecha de efectividad de la misma; Estando al acuerdo adoptado por el Consejo Directivo de la Institución; y, De conformidad con los incisos f) y h) del numeral 7.3 del artículo 7º de la Ley de Organización y Funciones del Indecopi, aprobada por el Decreto Legislativo Nº 1033; RESUELVE: Artículo Único.- Aceptar la renuncia presentada por el señor Edwin Alberto Bustinza Arroyo al cargo de miembro de la Comisión adscrita a la Ofi cina Regional de Tacna del Indecopi, con efectividad a la fecha de publicación de la presente Resolución en el Diario Ofi cial El Peruano, dándole las gracias por los servicios prestados a la Institución. Regístrese, comuníquese y publíquese. HEBERT TASSANO VELAOCHAGA Presidente del Consejo Directivo 899265-1