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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 11 DE FEBRERO DEL AÑO 2013 (11/02/2013)

CANTIDAD DE PAGINAS: 24

TEXTO PAGINA: 6

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, lunes 11 de febrero de 2013 487920 SE RESUELVE: Artículo Primero.- Crear un Juzgado de Paz en la Comunidad Campesina Qquescay, con competencia además en el Anexo Huacahuani; Distrito y Provincia de Paucartambo, Departamento y Distrito Judicial de Cusco. La competencia territorial del Juzgado de Paz del Distrito y Provincia de Paucartambo, Departamento y Distrito Judicial de Cusco, queda modifi cada en estos extremos. Artículo Segundo.- Los límites geográfi cos del órgano jurisdiccional materia de creación son los que aparecen descritos en el informe de la Gerencia General de Poder Judicial, que en documento anexo forma parte integrante de la presente resolución. Artículo Tercero.- Transcribir la presente resolución al Presidente del Poder Judicial, Ofi cina de Control de la Magistratura del Poder Judicial, Presidencia de la Corte Superior de Justicia de Cusco, Ofi cina Nacional de Apoyo a la Justicia de Paz, y a la Gerencia General del Poder Judicial, para su conocimiento y fi nes consiguientes. Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase. S. ENRIQUE JAVIER MENDOZA RAMÍREZ Presidente 900156-7 RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA Nº 016 - 2013 - CE - PJ Lima, 29 de enero de 2013 VISTOS: El Ofi cio N° 11804-2011-P-CSJCU/PJ, cursado por el Presidente de la Corte Superior de Justicia de Cusco, Informe N° 013-2012-ODAJUP-CSJAM/PJ, elaborado por el Coordinador de la Ofi cina Distrital de Apoyo a la Justicia de Paz del mencionado Distrito Judicial, Ofi cio N° 014- 2012-ONAJUP-CE/PJ, del Jefe de la Ofi cina Nacional de Apoyo a la Justicia de Paz, Ofi cio N° 149-2013-GG-PJ e Informe N° 016-2013-SEP-GP-GG-PJ, remitidos por la Gerencia General del Poder Judicial. CONSIDERANDO: Primero. Que el Presidente de la Corte Superior de Justicia de Cusco remite propuesta de creación de un Juzgado de Paz en el Centro Poblado Q’eros, Distrito y Provincia de Paucartambo, Departamento de Cusco, a solicitud de autoridades y pobladores de la referida circunscripción. Segundo. Que la solicitud se fundamenta en tener población aproximada de 737 habitantes, según la estadística poblacional elaborada por el Instituto Nacional de Estadística e Informática conforme al Censo de Población y Vivienda de 1993, y que comprende a las Comunidades Campesinas de Q’eros Grande, Q’eros Totorani y Marcachea. Así como en la necesidad de contar con autoridad judicial, teniendo en cuenta que el órgano jurisdiccional más próximo se encuentra ubicado en la localidad de Paucartambo, recorrido en 36 horas, así como a 42 horas de la ciudad de Cusco; con el consiguiente perjuicio económico y de tiempo, por cuya razón no tienen acceso a un oportuno servicio de administración de justicia. Tercero. Que el Informe N° 016-2013-SEP-GP-GG- PJ remitido por la Gerencia General de Poder Judicial, concluye que es factible la creación del Juzgado de Paz en el Centro Poblado Q’eros, Distrito y Provincia de Paucartambo, Departamento y Distrito Judicial de Cusco; consignándose su competencia territorial. Cuarto. Que por el número de habitantes de las comunidades a los que benefi ciaría el órgano jurisdiccional, entre los que se presentan confl ictos de naturaleza civil, penal, familiar; así como asuntos notariales; y encontrándose dentro de los objetivos principales de las políticas implementadas por este Poder del Estado, precisamente la de eliminar las barreras que impiden el acceso al Poder Judicial a las poblaciones más alejadas de los centros urbanos del país, y en aras de brindar un servicio de justicia en forma rápida y efi caz, resulta procedente la petición que se formula. Por estos fundamentos; en mérito al Acuerdo N° 033- 2013 de la cuarta sesión del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial de la fecha, adoptado con la intervención de los señores Mendoza Ramírez, Ticona Postigo, Meneses Gonzales, Palacios Dextre y Chaparro Guerra, sin la intervención del señor Walde Jáuregui por encontrarse de licencia, en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 82° del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial. Por unanimidad. SE RESUELVE: Artículo Primero.- Crear un Juzgado de Paz en el Centro Poblado Q’eros, con competencia en las Comunidades Campesinas Q’eros Grande, Q’eros Totorani y Marcachea; Distrito y Provincia de Paucartambo, Departamento y Distrito Judicial de Cusco. La competencia territorial del Juzgado de Paz del Distrito y Provincia de Paucartambo, Departamento y Distrito Judicial de Cusco, queda modifi cada en estos extremos. Artículo Segundo.- Los límites geográfi cos del órgano jurisdiccional materia de creación son los que aparecen descritos en el informe de la Gerencia General de Poder Judicial, que en documento anexo forma parte integrante de la presente resolución. Artículo Tercero.- Transcribir la presente resolución al Presidente del Poder Judicial, Ofi cina de Control de la Magistratura del Poder Judicial, Presidencia de la Corte Superior de Justicia de Cusco, Ofi cina Nacional de Apoyo a la Justicia de Paz, y a la Gerencia General del Poder Judicial, para su conocimiento y fi nes consiguientes. Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase. S. ENRIQUE JAVIER MENDOZA RAMÍREZ Presidente 900156-8 RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA Nº 017-2013-CE-PJ Lima, 29 de enero de 2013 VISTOS: El Ofi cio N° 241-2012-ODAJUP-CSJCA-PJ, cursado por el Presidente de la Corte Superior de Justicia de Cajamarca, Informe N° 030-2012-ODAJUP-CSJCA- PJ, elaborado por el Coordinador de la Ofi cina Distrital de Apoyo a la Justicia de Paz del mencionado Distrito Judicial, Ofi cio N° 013-2012-ONAJUP-CE/PJ, del Jefe de la Ofi cina Nacional de Apoyo a la Justicia de Paz, Ofi cio N° 170-2013-GG-PJ e Informe N° 015-2013-SEP-GP-GG- PJ, remitidos por la Gerencia General del Poder Judicial. CONSIDERANDO: Primero. Que el Presidente de la Corte Superior de Justicia de Cajamarca remite propuesta de creación de un Juzgado de Paz en el Caserío de Marcopata Bajo, Distrito Bambamarca, Provincia de Hualgayoc, Departamento de Cajamarca, a solicitud de autoridades y pobladores de la referida circunscripción. Segundo. Que la solicitud se fundamenta en tener población aproximada de 2778 habitantes, según la estadística poblacional elaborada por el Instituto Nacional de Estadística e Informática conforme al Censo de Población y Vivienda de 1997, y que comprende a los Caseríos Marcopata Bajo, Marcopata Alto, Quilinsacucho Bajo, San Juan de Cuñacales, Progresopampa y Marcolaguna. Así como en la necesidad de contar con autoridad judicial, teniendo en cuenta que el órgano jurisdiccional más próximo se encuentra ubicado en la