Norma Legal Oficial del día 22 de febrero del año 2013 (22/02/2013)


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TEXTO DE LA PÁGINA 16

488402

NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, viernes 22 de febrero de 2013

Quincuagesima Sexta Disposicion Complementaria Final de la Ley N° 29951, respectivamente, lo cual asciende a la suma total de TREINTA Y CUATRO MILLONES NOVECIENTOS OCHENTA Y TRES MIL OCHOCIENTOS TREINTA Y SIETE Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 34 983 837,00); monto que no ha sido considerado en el presupuesto del ano fiscal 2013, en merito de lo cual el referido Ministerio solicita la incorporacion de dichos recursos en su presupuesto institucional; Que, en virtud de los considerandos expuestos, resulta necesario autorizar al Ministerio de Trabajo y Promocion del Empleo la incorporacion de los citados recursos, hasta por la suma de TREINTA Y CUATRO MILLONES NOVECIENTOS OCHENTA Y TRES MIL OCHOCIENTOS TREINTA Y SIETE Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 34 983 837,00), via Credito Suplementario, para ser destinados a la ejecucion de las actividades de capacitacion y entregas de bienes, asi como Programas relacionados a la generacion de empleo y emprendimiento, y la asignacion de recursos destinados para proyectos de inversion publica que se ejecuten en el MORDAZA del Programa para la Generacion de Empleo Social Inclusivo - "Trabaja Peru"; De conformidad con lo establecido por la Quincuagesima Sexta Disposicion Complementaria Final de la Ley N° 29951, Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2013; DECRETA: Articulo 1°.- Objeto Autorizase la incorporacion de recursos via Credito Suplementario en el Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2013, a favor del Ministerio de Trabajo y Promocion del Empleo hasta por la suma de CINCO MILLONES OCHOCIENTOS SETENTA Y CUATRO MIL QUINIENTOS OCHENTA Y DOS Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 5 874 582,00) para el Programa Nacional de Empleo Juvenil "Jovenes a la Obra" y VEINTINUEVE MILLONES CIENTO NUEVE MIL DOSCIENTOS CINCUENTA Y CINCO Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 29 109 255,00), para el Programa para la Generacion de Empleo Social Inclusivo ­ "Trabaja Peru", respectivamente, lo cual asciende a la suma total de TREINTA Y CUATRO MILLONES NOVECIENTOS OCHENTA Y TRES MIL OCHOCIENTOS TREINTA Y SIETE Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 34 983 837,00), con cargo a la fuente de financiamiento Recursos Ordinarios; destinados a la ejecucion de las actividades de capacitacion y entregas de bienes, asi como Programas relacionados a la generacion de empleo y emprendimiento; y la asignacion de recursos destinados para proyectos de inversion publica que se ejecuten en el MORDAZA del Programa para la Generacion de Empleo Social Inclusivo - "Trabaja Peru", de acuerdo al siguiente detalle:
INGRESOS (En Nuevos Soles)

ASIGNACIONES PRESUPUESTARIAS QUE NO RESULTAN EN PRODUCTOS ACTIVIDAD 5003613 : Capacitacion para la insercion laboral FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios GASTO CORRIENTE 2.3 Bienes y Servicios 3 612 334,00

ACTIVIDAD 5003612 : Capacitacion para el autoempleo FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios GASTO CORRIENTE 2.3 Bienes y Servicios UNIDAD EJECUTORA 1 306 146,00

005 : Programa para la Generacion de Empleo Social Inclusivo ­ "Trabaja Peru" PROGRAMA PRESUPUESTAL 0073 : Programa para la Generacion del Empleo Social Inclusivo ­ "Trabaja Peru" PRODUCTO 3000001 : Acciones comunes ACTIVIDAD 5001253 : Transferencia de recursos para la ejecucion de proyectos de inversion FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios GASTO CORRIENTE 2.4. Donaciones y Transferencias TOTAL EGRESOS 29 109 255,00 --------------------34 983 837,00 ============

Articulo 2°.- Procedimiento para la aprobacion institucional 2.1 El Titular del Pliego habilitado comprendido en la presente MORDAZA legal, aprueba mediante Resolucion la desagregacion de los recursos autorizados en el articulo 1° de la presente MORDAZA, a nivel programatico, dentro de los cinco (5) dias calendario de la vigencia del presente dispositivo legal. MORDAZA de la Resolucion sera remitida dentro de los cinco (5) dias de aprobada a los organismos senalados en el numeral 23.2 del articulo 23° de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto. 2.2 La Oficina de Presupuesto o la que haga sus veces en el Pliego involucrado, solicitara a la Direccion General de Presupuesto Publico las codificaciones que se requieran como consecuencia de la incorporacion de nuevas Partidas de Ingresos, Finalidades y Unidades de Medida. 2.3 La Oficina de Presupuesto o la que haga sus veces en el Pliego involucrado instruira a la Unidad Ejecutora para que elabore las correspondientes "Notas para Modificacion Presupuestaria" que se requieran, como consecuencia de lo dispuesto en la presente norma. Articulo 3°.- Limitacion al uso de los recursos Los recursos a que hace referencia el articulo 1° del presente Decreto Supremo no podran ser destinados, bajo responsabilidad, a fines distintos para los cuales son incorporados. Articulo 4°.- Refrendo El presente Decreto Supremo es refrendado por el Ministro de Economia y Finanzas y la Ministra de Trabajo y Promocion del Empleo. Dado en la MORDAZA de Gobierno, en MORDAZA, a los veintiun dias del mes de febrero del ano dos mil trece. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA MORDAZA RUBIO Ministro de Economia y Finanzas MORDAZA MORDAZA LAOS MORDAZA Ministra de Trabajo y Promocion del Empleo 903989-2

FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios (Quincuagesima Sexta Disposicion Complementaria Final de la Ley N° 29951) 34 983 837,00 --------------------TOTAL INGRESOS 34 983 837,00 ============ EGRESOS SECCION PRIMERA PLIEGO UNIDAD EJECUTORA (En Nuevos Soles) GOBIERNO CENTRAL Ministerio de Trabajo y Promocion del Empleo Programa Nacional de Empleo Juvenil "Jovenes a la Obra" Programa Nacional de Empleo Juvenil ­"Jovenes a la Obra" Jovenes en situacion de pobreza con capacitacion tecnica de nivel basico MORDAZA de eleccion de las entidades para capacitacion Recursos Ordinarios 956 102,00

012 : 002 :

PROGRAMA PRESUPUESTAL 0038 : PRODUCTO ACTIVIDAD 3000056 : 5000341 :

FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : GASTO CORRIENTE 2.3 Bienes y Servicios

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