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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 22 DE FEBRERO DEL AÑO 2013 (22/02/2013)

CANTIDAD DE PAGINAS: 56

TEXTO PAGINA: 22

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 22 de febrero de 2013 488408 N° de Ord Denominación del Procedimiento Requisitos Derechos de Tramitación Califi cación Plazo para Resolver (en días hábiles) Inicio del Proce- dimiento Autoridad Competente para Resolver Instancias de Resolución de Recursos Número y Denominación Formulario / Código / Ubicación en % UIT en S/. Auto- mático Evaluación Previa Reconsideración Apelación Positiva Nega- tiva 7 Suscripción de Adenda de Modifi cación de Convenio de Estabilidad Jurídica con Inversionistas Nacionales Solicitud dirigida a la Dirección de Servicios al Inversionista, adjuntando los siguientes documentos: F7 100.00% 3,700.00 X 20 (veinte) Mesa de Partes Director de Servicios al Inversionista (o quien haga sus veces) Director de Servicios al Inversionista (o quien haga sus veces) Director Ejecutivo (o quien haga sus veces) (D. Leg. Nº 662, publicado el 02/09/1991; D. Leg. Nº 757, publicado el 13/11/1991; D.S. Nº 162-92-EF, publicado el 12/10/1992; D.S. N° 136-97- EF, publicado el 29/10/1997; D.S. N° 048-98-EF, publicado el 20/06/1998 y Ley N° 27342 publicada el 06/09/2000). 1. Formulario 7: “Formulario de Modifi cación de Convenio de Estabilidad Jurídica”, llenado y refrendado por el representante legal. 2. Poder donde se acrediten las facultades del representante para contratar en nombre del representado. Debe interponerse en el término perentorio de 15 (quince) días hábiles, contados a partir del día hábil siguiente de la notifi cación o la publicación del acto administrativo. Debe interponerse en el término perentorio de 15 (quince) días hábiles, contados a partir del día hábil siguiente de la notifi cación o la publicación del acto administrativo. 3. Asimismo, si el representante es extranjero, deberá presentar copia del Pasaporte, donde conste su visa de negocios, copia de su Carné de Extranjería, o en su defecto la respectiva autorización otorgada por la Dirección General de Migraciones y Naturalización (DIGEMIN). 4. Constancia de pago por derecho de trámite. Debe resolverse en el plazo de 20 (veinte) días hábiles Debe resolverse en el plazo de 20 (veinte) días hábiles 8 Suscripción de Adenda de Modifi cación de Convenio de Estabilidad Jurídica con Empresas Receptoras de Inversión Solicitud dirigida a la Dirección de Servicios al Inversionista, adjuntando los siguientes documentos: F7 100.00% 3,700.00 X 20 (veinte) Mesa de Partes Director de Servicios al Inversionista (o quien haga sus veces) Director de Servicios al Inversionista (o quien haga sus veces) Director Ejecutivo (o quien haga sus veces) (D. Leg. Nº 662, publicado el 02/09/1991; D. Leg. Nº 757, publicado el 13/11/1991; D.S. Nº 162-92-EF, publicado el 12/10/1992; D.S. N° 136-97- EF, publicado el 29/10/1997; D.S. N° 048-98-EF, publicado el 20/06/1998 y Ley N° 27342 publicada el 06/09/2000). 1. Formulario 7: “Formulario de Modifi cación de Convenio de Estabilidad Jurídica”, llenado y refrendado por el representante legal. 2. Poder donde se acrediten las facultades del representante para contratar en nombre del representado. Debe interponerse en el término perentorio de 15 (quince) días hábiles, contados a partir del día hábil siguiente de la notifi cación o la publicación del acto administrativo. Debe interponerse en el término perentorio de 15 (quince) días hábiles, contados a partir del día hábil siguiente de la notifi cación o la publicación del acto administrativo. 3. Asimismo, si el representante es extranjero, deberá presentar copia del Pasaporte, donde conste su visa de negocios, copia de su Carné de Extranjería, o en su defecto la respectiva autorización otorgada por la Dirección General de Migraciones y Naturalización (DIGEMIN). 4. Constancia de pago por derecho de trámite. Debe resolverse en el plazo de 20 (veinte) días hábiles Debe resolverse en el plazo de 20 (veinte) días hábiles 9 Suscripción de Adenda de Cesión de Convenio de Estabilidad Jurídica con Inversionistas Extranjeros Solicitud dirigida a la Dirección de Servicios al Inversionista, adjuntando los siguientes documentos: F8 100.00% 3,700.00 X 20 (veinte) Mesa de Partes Director de Servicios al Inversionista (o quien haga sus veces) Director de Servicios al Inversionista (o quien haga sus veces) Director Ejecutivo (o quien haga sus veces) 1. Formulario 8: “Formulario de Cesión de Convenio de Estabilidad Jurídica”, llenado y refrendado por el representante legal. (D. Leg. Nº 662, publicado el 02/09/1991; Art. 42 del D. Leg. Nº 757, publicado el 13/11/1991; D.S. Nº 162-92-EF, publicado el 12/10/1992; D.S. Nº 136-97-EF publicada el 29/10/1997; Ley N° 27342, publicada el 06/09/2000 y Ley Nº 27391, publicada el 30/12/2000). 2. Documento en idioma español, que acredite la existencia legal de la cesionaria en su país de domicilio, legalizado ante el Ministerio de Relaciones Exteriores o contar con la Apostilla correspondiente. Debe interponerse en el término perentorio de 15 (quince) días hábiles, contados a partir del día hábil siguiente de la notifi cación o la publicación del acto administrativo. Debe interponerse en el término perentorio de 15 (quince) días hábiles, contados a partir del día hábil siguiente de la notifi cación o la publicación del acto administrativo. 3. Poderes en idioma español, donde se acrediten las facultades de los representantes del cedente y la cesionaria para contratar en nombre de los representados. Los poderes otorgados en el extranjero deberán estar legalizados ante el Ministerio de Relaciones Exteriores o contar con la Apostilla correspondiente. 4. Asimismo, si el inversionista o si su representante es extranjero, deberá presentar copia del Pasaporte, donde conste su visa de negocios, copia de su Carné de Extranjería, o en su defecto la respectiva autorización otorgada por la Dirección General de Migraciones y Naturalización (DIGEMIN). 5. Constancia de pago por derecho de trámite. Debe resolverse en el plazo de 20 (veinte) días hábiles Debe resolverse en el plazo de 20 (veinte) días hábiles