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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 23 de febrero de 2013 488528 (trece) de los miembros del concejo presentes, se aprobó la siguiente: ORDENANZA QUE APRUEBA INCENTIVOS POR EL PRONTO PAGO DE ARBITRIOS MUNICIPALES 2013 Y EL CALENDARIO DE VENCIMIENTOS PARA EL PAGO DE DICHOS TRIBUTOS Artículo 1°.- Objetivo y Finalidad Aprobar el Régimen de Incentivos de Pronto Pago de los Arbitrios del ejercicio 2013, incentivos consistentes en descuentos sobre el insoluto de los tributos mencionados a cargo de la Municipalidad Distrital de Villa María del Triunfo, así como fi jar las fechas de vencimiento para el pago de dichos tributos. Artículo 2°.- Régimen de Incentivos y Alcance Los contribuyentes de predios destinados a casa habitación podrán optar por acogerse a los descuentos por pronto pago bajo las siguientes modalidades: 1. Al contribuyente Puntual a) Por el pago anual: Otorgarle 15% de descuento sobre la tasa de Arbitrios Municipales 2013, a condición que se cancelen los cuatro trimestres de Arbitrios Municipales del presente ejercicio, hasta la fecha de pago de la primera cuota del vencimiento trimestral de dicho tributo. b) Por el pago trimestral: Otorgarle 10 % de descuento sobre la tasa de Arbitrios Municipales 2013, a condición que la tasa de Arbitrios del trimestre sujeto al benefi cio, se cancele antes o dentro de su vencimiento trimestral. 2. Al contribuyente No Puntual a) Por el pago anual: Otorgarle 8 % de descuento sobre la tasa de Arbitrios Municipales 2013, a los contribuyentes que mantengan deuda por ejercicios anteriores, a condición que se cancelen los cuatro trimestres de Arbitrios Municipales del presente ejercicio, hasta la fecha de pago de la primera cuota del vencimiento trimestral de dicho tributo. b) Por el pago trimestral: Otorgarle 4 % de descuento sobre la tasa trimestral de Arbitrios Municipales 2013, a los contribuyentes que mantengan deuda por ejercicios anteriores, a condición que la tasa de Arbitrios del trimestre sujeto al benefi cio, se cancele antes o dentro de su vencimiento trimestral. Artículo 3.- Precisiones respecto a la situación que genera el benefi cio Se considera contribuyente PUNTUAL a aquellos que al 31 de Diciembre 2012 regularizaron sus deudas tributarias inclusive las del ejercicio 2012. Se considera contribuyente NO PUNTUAL a aquellos que a la fecha de pago de los arbitrios del 2013 mantengan saldos pendientes por pagar respecto de los tributos administrados por la entidad. Se considera descuento a la condonación que se efectúa sobre el insoluto de los arbitrios municipales del ejercicio 2013. En el caso de existir arbitrios vencidos y por vencer, el benefi cio según las condiciones anteriormente indicadas, es aplicable respecto a los trimestres que se cancelen dentro de su vencimiento. En todas las modalidades de descuento por pronto pago descritas en el Artículo 2° de la presente Ordenanza, el benefi cio se aplica por anexo o predio cancelado. Artículo 4°.- Fechas de vencimiento de pago Fíjese las fechas de vencimiento para la recaudación de arbitrios del 2013, de acuerdo al siguiente cronograma: í Primer Trimestre (Enero, Febrero y Marzo) el 27-03- 2013 í Segundo Trimestre (Abril, Mayo y Junio) el 28-06- 2013 í Tercer Trimestre (Julio, Agosto y Septiembre) el 30- 09-2013 í Cuarto Trimestre (Octubre, Noviembre y Diciembre) el 31-12-2013 DISPOSICIONES FINALES Primera.- ENCARGAR el cumplimiento de la presente Ordenanza a la Gerencia Municipal, Gerencia de Rentas y Agencias Municipales, Sub Gerencia de Tecnología de Información y Procesos, y a la Sub Gerencia Comunicación e Imagen Institucional el cumplimiento de la presente Ordenanza, en lo que sea de su competencia. Segunda.- FACULTAR a la señora Alcaldesa para que mediante Decreto de Alcaldía pueda prorrogar las fechas de vencimiento de los tributos antes precisados; así como establecer las demás disposiciones reglamentarias y de aplicación que correspondan a la presente ordenanza. Tercera.- La presente Ordenanza entrará en vigencia a partir del día siguiente de su publicación en el Diario Ofi cial “El Peruano”. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. SILVIA BARRERA VÁSQUEZ Alcaldesa 904552-1 PROVINCIAS MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE BARRANCA Aprueban Cuadro para Asignación de Personal de la Municipalidad Provincial de Barranca ORDENANZA MUNICIPAL Nº 001-2013-AL/CPB EL ALCALDE DEL HONORABLE CONCEJO PROVINCIAL DE BARRANCA VISTO: En Sesión Ordinaria del Concejo Municipal, de fecha 30 de Enero del 2013, en la Estación Orden del Día, el Proyecto del nuevo Cuadro para Asignación de Personal de la Municipalidad Provincial de Barranca. CONSIDERANDO: Que, los Gobiernos Locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, conforme lo establece el artículo 194º de la Constitución Política del Perú, modifi cado por la Ley de Reforma Constitucional Nº 27680, en concordancia con el artículo II del Título Preliminar de la Ley Nº 27972 – “Ley Orgánica de Municipalidades”. Que, las Ordenanzas Municipales Provinciales, en materia de su competencia, son las normas de carácter general de mayor jerarquía en la estructura normativa municipal, por medio de las cuales se aprueba la regulación, administración y supervisión de los servicios públicos y las materias en las que la municipalidad tiene competencia normativa tal y como se prescribe en el numeral 3) y 8) del artículo 9º y artículo 40º de la Ley Orgánica de Municipalidades – Ley Nº 27972. Que, el numeral 1.1. Del artículo 1º.- de la Ley 27658 – Ley Marco de la Modernización de la Gestión del Estado, declara al Estado en proceso de modernización en sus diferentes instancias, dependencias, entidades, organizaciones y procedimientos, con la finalidad de mejorar la gestión pública y construir un Estado democrático, descentralizado y al servicio del ciudadano. Que la Ley Nº 27972 Ley orgánica de Municipalidades en su art. 9 inc. 32 establece como una de las atribuciones