Norma Legal Oficial del día 23 de febrero del año 2013 (23/02/2013)


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TEXTO DE LA PÁGINA 73

El Peruano MORDAZA, sabado 23 de febrero de 2013

NORMAS LEGALES
POR TANTO: Mando se publique y se cumpla.

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Que, mediante el Decreto Supremo Nº 098-2007PCM de fecha 18 de diciembre de 2007, se aprueba el Plan Nacional de Operaciones de Emergencia (PNOE), en la que dispone que los sectores involucrados y los Gobiernos Regionales aprueben sus planes subsidiarios en el MORDAZA del PNOE; Que, mediante Informe Legal N° 1556-2012-GRSM/ ORAL, de fecha 01 de agosto del 2012, la Oficina Regional de Asesoria Legal, emite opinion favorable para la aprobacion del Plan Regional de Operaciones de Emergencia (PROE 2012 ­ 2014) del Gobierno Regional de San MORDAZA, esto con la finalidad de tener una planificacion operativa en la prevencion y atencion de desastres, por lo que corresponde remitir a la Comision de Recursos Naturales y Gestion del Medio Ambiente del Consejo Regional, para su pronunciamiento correspondiente, para su respectiva aprobacion mediante Ordenanza Regional; Que, con Informe Legal N° 32-2012-CR/ALE, de fecha 13 de agosto del 2012, opina porque se proceda a la aprobacion de la propuesta alcanzada por la Gerencia General Regional, sobre el Plan Regional de Operaciones de Emergencias (PROE 2012 ­ 2014) del Gobierno Regional de San Martin; Que, mediante Acta N° 009 ­ 2012-GRSM/CRCRNGMA, de fecha 06 de diciembre del ano 2012, la Comision de Recursos Naturales y Gestion del Medio Ambiente del Consejo Regional acordo que se presentara al Pleno del Consejo Regional el pedido de aprobacion mediante Ordenanza Regional del Plan Regional de Operaciones de Emergencia ­ PROE 2012 ­ 2014; Que, el literal o) del articulo 21º de la Ley Nº 27867, Ley Organica de Gobiernos Regionales, establece que es atribucion del Presidente Regional promulgar Ordenanzas Regionales o hacer uso de su derecho a observarlas en el plazo de quince (15) dias habiles y ejecutar los acuerdos del Consejo Regional; Que, el articulo 38º de la Ley Nº 27867, Ley Organica de Gobiernos Regionales establece que las Ordenanzas Regionales MORDAZA asuntos de caracter general, la organizacion y la administracion del Gobierno Regional y reglamentan materias de su competencia; Que, el Consejo Regional del Gobierno Regional de San MORDAZA, en Sesion Ordinaria desarrollada en el Auditorio de la Agencia Agraria Tarapoto, llevada a cabo el dia lunes 10 de Diciembre del 2012, aprobo por unanimidad la siguiente: Articulo Primero.- APROBAR el PLAN REGIONAL DE OPERACIONES DE EMERGENCIA ­ PROE 2012 - 2014, elaborado por la Direccion Regional de Defensa Nacional y Defensa Civil, el mismo que en cincuenta y dos folios (52), forma parte integrante de la presente Ordenanza Regional. Articulo Segundo.- ENCOMENDAR a la Oficina Regional de Defensa Nacional y Defensa Civil y los sectores involucrados, que el Plan Regional de Operaciones de Emergencias ­ PROE 2012-2014, tendra caracter prioritario para su inclusion en el Plan Estrategico de Desarrollo Regional Concertado San MORDAZA hacia el 2021, y su debida implementacion dentro de los alcances de la ley previo informe. Articulo Tercero.- ENCARGAR a la Gerencia General Regional del Gobierno Regional de San MORDAZA, realizar los tramites respectivos para la publicacion de la presente Ordenanza Regional, en el diario de mayor circulacion de la Region de San MORDAZA y en el Diario Oficial "El Peruano", previa promulgacion del Presidente Regional del Gobierno Regional de San Martin. Articulo Cuarto.- DISPENSAR la presente Ordenanza Regional del tramite de lectura y aprobacion del Acta, para proceder a su implementacion correspondiente. Comuniquese al senor Presidente del Gobierno Regional de San MORDAZA para su promulgacion MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente Consejo Regional de San MORDAZA Dado en la Sede Central del Gobierno Regional de San MORDAZA a los veintiun dias del mes de diciembre del dos mil doce.

MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente del Gobierno Regional de San MORDAZA 903914-1

Aprueban el "Codigo de Etica del Consejo Regional de San Martin"
ORDENANZA REGIONAL Nº 024-2012-GRSM/CR Moyobamba, 28 de Diciembre del 2012. POR CUANTO: El Consejo Regional del Gobierno Regional de San MORDAZA, de conformidad con lo previsto en los articulos 191° y 192° de la Constitucion Politica del Peru, modificado por la Ley de la Reforma Constitucional del Capitulo XIV del Titulo IV, sobre Descentralizacion - Ley N° 27680, Ley de Bases de la Descentralizacion ­Ley N° 27783, Ley Organica de Gobiernos Regionales -Ley N° 27867 modificada por Ley N° 27902 y Ley N° 28013, Reglamento Interno del Consejo Regional, y demas normas complementarias y; CONSIDERANDO: Que, el articulo 2º de la Ley Nº 27867, Ley Organica de Gobiernos Regionales, modificada por Leyes Nº 27902 y 28013, dispone que los Gobiernos Regionales emanan de la voluntad popular, son personas juridicas de derecho publico, con autonomia politica, economica y administrativa en asuntos de su competencia, constituye para su administracion economica y financiera, un pliego presupuestal; Que, los articulos 11° y 13° de la Ley N° 27867, Ley Organica de Gobiernos Regionales, dispone que "El Consejo Regional es el organo normativo y fiscalizador del Gobierno Regional, correspondiendole las atribuciones y funciones que se establecen en la presente ley y aquellas que le MORDAZA delegadas"; Que, mediante la Ley Nº 27815 se aprueba el Codigo de Etica de la Funcion Publica, cuya MORDAZA Disposicion Complementaria y Final dispone que el Poder Ejecutivo, a traves de la Presidencia del Consejo de Ministros la reglamente; asimismo la aplicacion y observancia de las disposiciones del Codigo de Etica de la Funcion Publica contribuyen a fortalecer la confianza en la Administracion Publica y la buena imagen de aquellos que la integran; Que, mediante Decreto Supremo Nº 033-2005-PCM, se aprueba el Reglamento de la Ley del Codigo de Etica de la Funcion Publica, el cual resulta de fundamental interes para el Estado Peruano contar con el Reglamento de la Ley del Codigo de Etica de la Funcion Publica que permita su aplicacion, toda vez que dicho Reglamento coadyuvara a la transparencia en el ejercicio de la funcion publica asi como a la mejora de la gestion y de la relacion con los usuarios de los servicios; Que, sin perjuicio de lo dispuesto en el numeral 4.1, Articulo 4º de la Ley Nº 27815, al considerar como servidor publico a quienes han sido electos y que desempenan actividades o funciones en nombre o al servicio del Estado, el Consejo Regional de San MORDAZA ha visto necesario la elaboracion del Codigo de Etica del Consejo Regional de San MORDAZA, para su aplicacion a las Consejeras y Consejeros Regionales durante el desempeno de su funcion; Que, de conformidad con lo establecido con el articulo 39º de la Ley Organica de Gobiernos Regionales Nº 27867, los acuerdos del Consejo Regional expresan la decision de este organo sobre asuntos institucionales; Que, el Consejo Regional del Gobierno Regional de San MORDAZA, en Sesion Ordinaria desarrollada en el Auditorio de la Agencia Agraria Tarapoto, llevada a cabo el dia lunes 10 de Diciembre del 2012, aprobo por unanimidad la siguiente:

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