Norma Legal Oficial del día 23 de febrero del año 2013 (23/02/2013)


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TEXTO DE LA PÁGINA 71

El Peruano MORDAZA, sabado 23 de febrero de 2013

NORMAS LEGALES

488513

Articulo Quinto.- FACULTAR a la Secretaria del Consejo Regional efectue la publicacion del presente Acuerdo Regional en el Diario Oficial "El Peruano". POR TANTO: Registrese, notifiquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente 903573-1

GOBIERNO REGIONAL DE SAN MORDAZA
Disponen reconocer a la Comision Ambiental Regional de San MORDAZA CAR-SM, como ente encargado de coordinar y concertar los aspectos ambientales, de recursos naturales, de ordenamiento territorial y del Sistema de Gestion Ambiental Regional
ORDENANZA REGIONAL Nº 020-2012-GRSM/CR Moyobamba, 19 de noviembre del 2012 POR CUANTO: El Consejo Regional del Gobierno Regional de San MORDAZA, de conformidad con lo previsto en los Articulos 191º y 192º de la Constitucion Politica del Estado, modificada por la Ley de Reforma Constitucional del Capitulo XIV del Titulo IV sobre Descentralizacion ­ Ley Nº 27680; la Ley de Bases de la Descentralizacion ­ Ley Nº 27783; la Ley Organica de Gobiernos Regionales ­ Ley Nº 27867; Ley Nº 28926; Ley Nº 28968 y Ley Nº 29503, y demas normas complementarias. CONSIDERANDO: Que, mediante Nota Informativa Nº 401-2012-GRSM/ ARA, la Gerente de la Autoridad Regional Ambiental, remite a la Gerencia General Regional del Gobierno Regional de San MORDAZA el Proyecto de Ordenanza Regional, concerniente al reconocimiento de la Comision Ambiental Regional de San MORDAZA, para la opinion Legal; Que, mediante Memorando Nº 2658-2012-GRSM/ GGR, el Gerente General Regional del Gobierno Regional de San MORDAZA remite a la Secretaria del Consejo Regional de San MORDAZA, el Proyecto de Ordenanza Regional referente al reconocimiento de la Comision Ambiental Regional de San MORDAZA, propuesta que acompana el Informe Legal Nº 1820- 2012-GRSM/ORAL emitido por la Oficina Regional de Asesoria Legal del Gobierno Regional de San MORDAZA y el Informe Legal Nº 047-2012CR/ALE emitido por la Asesoria Legal Externo del Consejo Regional de San MORDAZA, en lo que opinan favorablemente sobre la propuesta de Ordenanza Regional, para ser considerada debatida y/o aprobada por el Pleno del Consejo Regional; Que, mediante Decreto de Consejo Directivo Nº 002-2001-CD/CONAM de fecha 09 de enero de 2001, el Consejo Directivo del Consejo Nacional del Ambiente ­ CONAM, crea la Comision Ambiental Regional de San MORDAZA, como instancia de coordinacion de la politica y gestion ambiental, integrada por diversos actores regionales con intereses y responsabilidades en temas ambientales. El caracter transectorial de la gestion ambiental implica que la actuacion de las autoridades publicas con competencias y responsabilidades ambientales se orienta, integra, estructura, coordina y supervisa, con el objeto de efectivizar la direccion de las politicas, planes, programas y acciones publicas hacia el desarrollo sostenible de la region y el pais;

Que, la Ley Nº 28245, Ley MORDAZA del Sistema Nacional de Gestion Ambiental, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 008-2005-PCM, en el articulo 40º (De la Comision Ambiental Regional), establece que la Comision Ambiental Regional es la instancia de gestion ambiental de caracter multisectorial, encargada de la coordinacion y concertacion de la politica ambiental regional, promoviendo el dialogo y el acuerdo entre los sectores publico y privado. Brinda apoyo al Gobierno Regional respectivo, de conformidad con lo senalado en el inciso b) del articulo 53º de la Ley Nº 27867. Que, la Ley Nº 28611, Ley General del Ambiente, en el articulo 14º Del Sistema Nacional de Gestion Ambiental, numeral 14.2, establece que el Sistema Nacional de Gestion Ambiental se constituye sobre las bases de las instituciones estatales, organos y oficinas de los distintos Ministerios y organismos publicos descentralizados e instituciones publicas a nivel nacional, regional y local que ejercen competencias y funciones sobre el ambiente y los recursos naturales, asi como por los Sistemas Regional y Locales de Gestion Ambiental, contando con la participacion del sector privado y la sociedad civil. Que, mediante Decreto Legislativo Nº 1013 que aprueba la Ley de Creacion, Organizacion y Funciones del Ministerio del Ambiente en el articulo 17º.1 establece que los Gobiernos Regionales aprueban la creacion, el ambito, la composicion y las funciones de las Comisiones Ambientales Regionales (CAR). Que, el articulo 61º, de la Ley General del Ambiente, Ley Nº 28611, establece que los Gobiernos Regionales a traves de sus Gerencias de Recursos Naturales y Gestion del Medio Ambiente y en coordinacion con las Comisiones Ambientales Regionales (CAR) y la Autoridad Ambiental Nacional implementan un Sistema Regional de Gestion Ambiental integrando a las entidades publicas y privadas que desempenan funciones ambientales o que inciden en la calidad del medio ambiente, asi como a la sociedad civil, en el ambito de actuacion del gobierno regional. Que, mediante Informe Legal Nº 047-2012-CR/ALE, de fecha 09 de octubre del presente, el Asesor Externo del Consejo Regional de San MORDAZA opina favorablemente por la procedencia que se someta a decision del Pleno del Consejo Regional dicha propuesta, que formula la Autoridad Regional Ambiental, para que de estimarlo conveniente la apruebe mediante Ordenanza Regional, El Consejo Regional, en Sesion Ordinaria llevada a cabo el dia jueves 08 de Noviembre del 2012, en el Auditorio de la Oficina Zonal San MORDAZA Bajo MayoTarapoto; aprobo por mayoria la siguiente Ordenanza: ORDENANZA REGIONAL Articulo Primero.- RECONOCER a la Comision Ambiental Regional de San MORDAZA CAR-SM, como ente encargado de COORDINAR y CONCERTAR, en el MORDAZA de la Politica Territorial Regional, los aspectos Ambientales, de Recursos Naturales, de Ordenamiento Territorial, asi como tambien del Sistema de Gestion Ambiental Regional, promoviendo el dialogo entre los sectores Publico, Privado y de la Sociedad Civil Organizada en el ambito del Departamento de San Martin. Dicha Comision Ambiental Regional, adecuara su trabajo a la normatividad legal vigente. Articulo Segundo.- La Comision Ambiental Regional de San MORDAZA CAR-SM, esta conformada de manera voluntaria, por organizaciones publicas, privadas y de la Sociedad Civil Organizada que ejercen sus funciones y actividades en el ambito regional y que se encuentran involucrados en promover el desarrollo sostenible en San Martin; la misma que estara constituida por los siguientes miembros: · Representantes del Gobierno Regional de San Martin. · Representantes de Comisiones Ambientales Municipales. · Representantes de Sociedad Civil Organizada. · Representantes de Organismos No Gubernamentales y Cooperantes. · Representantes de Instituciones Privadas. Queda abierta la participacion voluntaria de personas naturales o juridicas que puedan aportar al logro de los objetivos de la creacion de la CAR-SM.

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