Norma Legal Oficial del día 28 de febrero del año 2013 (28/02/2013)


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TEXTO DE LA PÁGINA 122

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, jueves 28 de febrero de 2013

articulo II del Titulo Preliminar de la Ley Nº 27972 ­ Ley Organica de Municipalidades, los gobiernos locales tienen autonomia politica, economica y administrativa, en los asuntos de su competencia, esta autonomia radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administracion, con sujecion al ordenamiento juridico; Que, mediante Ordenanza Nº 272-MVES, de fecha 14 de febrero de 2013, se aprobo el Monto Minimo del Impuesto Predial y del Vencimiento del Pago de los Tributos Municipales para el Ejercicio Fiscal 2013; Que, la MORDAZA Disposicion Final de la Ordenanza Nº 272-MVES, faculta al Senor MORDAZA para que mediante Decreto de Alcaldia dicte las disposiciones complementarias que MORDAZA necesarios para la adecuacion e implementacion de la citada Ordenanza, asi como modificar el calendario de pagos a los que se refieren el Articulo MORDAZA y TERCERO de la mencionada Ordenanza; Que, con Informe Nº 035-13/GR/MVES la Gerencia de Rentas, precisa que por inconsistencias en la Base de Datos de Rentas, no se ha podido realizar en el plazo programado la impresion y distribucion de Cuponeras correspondiente a los Tributos Municipales 2013, por lo que se requiere prorrogar el plazo de vencimiento del Pago al Contado y el Pago Fraccionado correspondiente al Primer Trimestre del Impuesto Predial, aprobado con Ordenanza Nº 272-MVES, recomendando por ello se amplie hasta el 30 de marzo del presente ano. Asimismo, solicita ampliar el Vencimiento del Pago de los Arbitrios Municipales correspondientes a los meses de Enero y Febrero del presente ano, hasta el 30 de Marzo del 2013, por lo que precisa se debe modificar los plazos senalados en la Ordenanza MORDAZA citada; Estando a lo expuesto, contando con el Informe Nº 087-2013-OAJ/MVES de la Oficina de Asesoria Juridica, el Informe Nº 072-2013-GR/MVES de la Gerencia de Rentas, y en uso de las atribuciones conferidas en el numeral 2) del articulo 42º de la Ley Organica de Municipalidades, Ley Nº 27972; SE DECRETA: Articulo Primero.- PRORROGAR hasta el 30 de Marzo del 2013, el vencimiento del Pago al Contado y el Pago Fraccionado correspondiente al Primer Trimestre del Impuesto Predial 2013, aprobado mediante Ordenanza Nº 272-MVES. Articulo Segundo.- PRORROGAR hasta el 30 de Marzo del 2013, el Vencimiento de los Pagos correspondientes a los meses de Enero y Febrero de los Arbitrios Municipales 2013, establecidos mediante Ordenanza Nº 272-MVES. Articulo Tercero.- ENCARGAR el cumplimiento del presente Decreto, a la Gerencia Municipal, Gerencia de Rentas y Sub Gerencias y/o Unidades organicas correspondientes. Registrese, comuniquese, publiquese y cumplase. MORDAZA INIGO MORDAZA MORDAZA

articulo II del Titulo Preliminar de la Ley Nº 27972 ­ Ley Organica de Municipalidades, los gobiernos locales tienen autonomia politica, economica y administrativa, en los asuntos de su competencia, esta autonomia radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administracion, con sujecion al ordenamiento juridico; Que, mediante Ordenanza Nº 273-MVES, de fecha 14 de febrero de 2013, se aprobo el Descuento por Pago Adelantado de los Arbitrios Municipales 2013; Que, el Articulo MORDAZA de la Ordenanza Nº 273MVES, faculta al Senor MORDAZA para que mediante Decreto de Alcaldia dicte las medidas necesarias para el debido cumplimiento de la mencionada MORDAZA, asi como para la prorroga de los plazos de la misma; Que, con Informe Nº 035-13-GR/MVES la Gerencia de Rentas, precisa que es necesario ampliar el plazo establecido en el Articulo Primero de la Ordenanza Nº 273-MVES, hasta el 30 de marzo del presente ano, a fin de favorecer a mas contribuyentes con el Beneficio Tributario por el Pago Adelantado por concepto de Arbitrios Municipales de Limpieza Publica (Recoleccion de Residuos Solidos), Parques y Jardines y Serenazgo correspondientes al ano 2013; Que, con Informe Nº 087-2013-OAJ/MVES la Oficina de Asesoria Juridica, opina favorablemente con la emision del Decreto de Alcaldia bajo los extremos MORDAZA senalados, considerando que el senor MORDAZA fue facultado por el Concejo Municipal para efectuar la prorroga de la vigencia de la Ordenanza Nº 273-MVES; ante lo cual la Gerencia Municipal con Informe Nº 072-2013-GM/MVES solicita se emita el dispositivo municipal respectivo; Estando a lo solicitado, y en uso de las atribuciones conferidas en el numeral 6) del articulo 20º asi como el articulo 42º de la Ley Nº 27972 ­ Ley Organica de Municipalidades. SE DECRETA: Articulo Primero.- PRORROGAR hasta el 30 de Marzo del 2013, el plazo para acogerse al Beneficio Tributario de Pago Adelantado de los Arbitrios Municipales 2013, otorgado mediante Ordenanza Nº 273-MVES. Articulo Segundo.- ENCARGAR el cumplimiento del presente Decreto, a la Gerencia Municipal, Gerencia de Rentas y Sub Gerencias y/o Unidades organicas correspondientes. Registrese, comuniquese, publiquese y cumplase. MORDAZA INIGO MORDAZA MORDAZA

905710-2

PROVINCIAS MUNICIPALIDAD DE BELLAVISTA
Amplian ambito de aplicacion de la Ordenanza Nº 019-2012-CDB y precisan montos minimo y MORDAZA a pagar por Arbitrios Municipales para predios destinados a diversos usos
ORDENANZA MUNICIPAL Nº 002-2013-CDB
Bellavista, 15 de febrero de 2013 EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE BELLAVISTA POR CUANTO: EL CONCEJO MUNICIPAL DEL DISTRITO DE BELLAVISTA, en su sesion de fecha 15 de febrero de 2013, y;

905710-1

Prorrogan plazo para acogerse al Beneficio Tributario de Pago Adelantado de los Arbitrios Municipales 2013, otorgado mediante Ordenanza Nº 273MVES
DECRETO DE ALCALDIA Nº 005-2013-ALC/MVES
MORDAZA El MORDAZA, 27 de febrero de 2013 EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE MORDAZA EL MORDAZA VISTO: El Informe Nº 035-13-GR/MVES de la Gerencia de Rentas, el Informe Nº 087-2013-OAJ/MVES de la Oficina de Asesoria Juridica y el Informe Nº 072-2013-GM/MVES de la Gerencia Municipal; y, CONSIDERANDO: Que, de acuerdo a lo previsto por el articulo 194º de la Constitucion Politica del Estado, concordado con el

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