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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 28 DE FEBRERO DEL AÑO 2013 (28/02/2013)

CANTIDAD DE PAGINAS: 124

TEXTO PAGINA: 115

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 28 de febrero de 2013 489805 Que de acuerdo al artículo 52º del TUO del Código Tributario, es competencia de los gobiernos locales administrar exclusivamente las contribuciones y tasas municipales, sean estas últimas, derechos, licencias o arbitrios, y por excepción los impuestos que la Ley les asigne; Que, constituye función de la Administración Tributaria Municipal, la lucha contra la evasión y elusión tributaria, debiendo para ello, no solo estrechar los márgenes de control de cumplimiento de las obligaciones tributarias, sino también implantar políticas de promoción de la cultura tributaria; Que, forma parte de la política de incentivo al cumplimiento del pago voluntario, la organización de sorteos que favorezcan a los contribuyentes, que de manera oportuna cumplen con el pago de los tributos a su cargo; Que, resulta necesario establecer mecanismos que logren el incremento del universo de contribuyentes que cumplen de manera oportuna con sus obligaciones tributarias; Estando a los fundamentos expuestos y en uso de las facultades conferidas por el numeral 8) del artículo 9º de la Ley Nº 27972 – Ley Orgánica de Municipalidades, con la opinión favorable de la Gerencia de Administración Tributaria y Rentas y la Gerencia de Asesoría Jurídica; el Concejo Municipal aprobó por UNANIMIDAD, con dispensa del trámite de lectura y aprobación del acta, la siguiente: ORDENANZA Artículo 1º.- FINALIDAD DEL SORTEO. La Municipalidad de Magdalena del Mar, llevará a cabo un sorteo público denominado “Premiando tu puntualidad 2013” cuya fi nalidad es fomentar y promover una cultura de cumplimiento puntual y oportuno de las obligaciones tributarias por los conceptos de Impuesto Predial y arbitrios municipales, entre los contribuyentes del distrito. Artículo 2º.- GLOSARIO DE TERMINOS. Para efectos del sorteo, se tendrá en cuenta las siguientes defi niciones: 1. Contribuyentes puntuales participantes del Impuesto Predial y/o de los Arbitrios Municipales de la Municipalidad de Magdalena del Mar. Se considera contribuyente puntual participante, a aquella persona natural, sociedad conyugal o persona jurídica, propietaria de inmuebles ubicados en el distrito de Magdalena del Mar, registrados como contribuyentes, que al 31 de agosto del 2013, no registre deuda pendiente de pago por Impuesto Predial ni arbitrios municipales. 2. Cuenta corriente. Se refi ere a los documentos de deuda trimestral generados por cada una de las cuatro cuotas del Impuesto Predial y arbitrios Municipales de cada ejercicio. 3. Subvaluadores. Personas que proporcionaron información incompleta y/o incorrecta a la administración, lo que infl uyó en la determinación de la obligación tributaria en el periodo 2013. Artículo 3º.- REGLAS PARA PARTICIPAR EN EL SORTEO Para participar en el sorteo se tendrá en cuenta las siguientes reglas: • Participan en el sorteo, los contribuyentes por Impuesto Predial y arbitrios Municipales del distrito de Magdalena del Mar que al 31 de agosto del 2013 no mantengan deuda pendiente de pago por los tributos mencionados; • Califi can también como contribuyentes participantes del sorteo, aquellos contribuyentes que hayan suscrito un convenio de fraccionamiento y cuyas cuotas fraccionadas no se encuentren vencidas por falta de pago. • Se excluye de las presentes bases, la participación de los contribuyentes omisos o subvaluadores detectados por la Administración Tributaria y cuya deuda generada se encuentre pendiente de pago al 31 de agosto del 2013, esta información será proporcionada por la Sub Gerencia de Fiscalización Tributaria. • No podrán participar los trabajadores de la Municipalidad, que a la fecha del sorteo tengan vínculo laboral con ésta, ni las personas naturales que a esa misma fecha, le presten servicios mediante la Contratación Administrativa de Servicios – CAS, locación de servicios y Prácticas Pre- Profesionales. • También quedarán excluidos del sorteo los funcionarios de la corporación municipal. Artículo 4º.- OPCIONES El sorteo se realizará a través de opciones, las mismas que serán entregadas en el domicilio fi scal registrado en la base de contribuyentes de la Administración Tributaria, tomando en cuenta la cancelación de las obligaciones tributarias del Impuesto Predial y /o Arbitrios Municipales, atendiendo los siguientes criterios: a) Tres (03) opciones por haberse acogido al pago total del Impuesto Predial y Arbitrios Municipales del 2013 hasta la fecha del primer vencimiento del Impuesto Predial y Arbitrios Municipales 2013 y no tengan deuda pendiente por años anteriores. b) Dos (02) opciones por haberse acogido al pago total de los Arbitrios Municipales 2013 hasta la fecha del primer vencimiento del Impuesto Predial y Arbitrios Municipales 2013 y no tengan deuda pendiente por años anteriores. c) Una (01) opción por haberse acogido al pago trimestral del Impuesto Predial y Arbitrios Municipales del 2013 y no tener deuda pendiente por años anteriores. d) Una (01) opción por los pagos anuales o trimestrales del Impuesto Predial y Arbitrios Municipales del 2013, que se hayan realizado fuera de las fechas de vencimiento respectivas y no tengan deuda pendiente por años anteriores. Artículo 5º.- LUGAR Y FECHA DEL SORTEO El sorteo de todos los premios se realizará en la fecha, el lugar y hora que la Municipalidad comunicará a través de la página Web con veinte (20) días hábiles de anticipación a la fecha del sorteo. Artículo 6.- PREMIOS A SORTEARSE La relación del total de los premios a sortearse será publicada en la página web de la Municipalidad. Artículo 7º.- PROCEDIMIENTO DE SORTEO El procedimiento del sorteo consiste en tener impresos los tickets de las opciones de todos los contribuyentes participantes en un ánfora, de lo cual se encargará la Gerencia de Administración Tributaria y Rentas en coordinación con la Sub Gerencia de Informática y Estadística. Los sorteos se realizarán en presencia de un notario público, de un representante designado por la Municipalidad, de un representante del Ministerio de Interior y del público asistente. La relación de los contribuyentes, así como la cantidad de opciones con las que participarán, será registrada por la Sub gerencia de Informática y Estadística, en un CD y publicada con cinco (05) días hábiles antes del sorteo en la página web de la Municipalidad. El contenido del CD y los tickets de opciones del sorteo a utilizarse, podrá ser verifi cado aleatoriamente por el Notario Público de Lima antes de iniciarse el sorteo. Al fi nal del sorteo el Notario Público de Lima elaborará un Acta en la que se detallarán las incidencias del acto y en la que se especifi carán los datos de los contribuyentes ganadores del sorteo. El acta mencionada deberá ser suscrita además, por los representantes designados. Artículo 8º.- NOTIFICACION A LOS GANADORES En mérito del acta elaborada al fi nal del acto público, la Municipalidad declarará a los ganadores de los sorteos. Una vez declarados los ganadores del sorteo, la Gerencia de Administración Tributaria y Rentas procederá a notifi car a los ganadores en el domicilio fi scal registrado en la base de datos, mediante una carta indicando la fecha, hora y lugar donde debe apersonarse para recoger el premio al que se haya hecho acreedor. La gestión de notifi cación a los ganadores deberá iniciarse dentro de los cinco (05) días hábiles siguientes a la realización del sorteo. La notifi cación personal al ganador, deberá realizarse hasta en dos (02) oportunidades como máximo. Sin perjuicio de darse por notifi cado con la publicación de resultados indicados en el artículo 11º de la presente ordenanza. Artículo 9º.- ENTREGA DE PREMIOS El representante de la Municipalidad entregará los premios a los titulares ganadores debidamente identifi cados con documento de identidad (DNI, Carnet de Extranjería,