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El Peruano Sábado 6 de julio de 2013 498807 SE RESUELVE: Artículo 1°.- Disponer la publicación en la página Web del OSINERGMIN, www2.osinerg.gob.pe, del proyecto de resolución que aprueba la Norma: “Procedimiento Aplicable a la Valorización y Ajuste Tarifario por Construcción de las Derivaciones Principales de Transporte de Gas Natural Por Ductos”, conjuntamente con su exposición de motivos y los Informes N° 308- 2013-GART y N° 309-2013-GART. Artículo 2°.- Defi nir un plazo de quince (15) días calendario, contados a partir de la fecha de publicación de la presente Resolución, a fi n de que los interesados remitan por escrito a la Gerencia Adjunta de Regulación Tarifaria de OSINERGMIN, sito en la Avenida Canadá N° 1460, San Borja, Lima, sus opiniones y sugerencias a la publicación a que se refi ere el Artículo 1° de la presente resolución. Dichos comentarios también podrán ser remitidos vía fax al número telefónico de Lima 224-0491, o vía correo electrónico a la dirección: normasgartdgn@ osinerg.gob.pe indicando en el asunto: Aprobación Derivaciones Principales. La recepción de las opiniones y sugerencias en medio físico o electrónico estará a cargo de la Sra. Carmen Ruby Gushiken Teruya. En el último día del plazo, sólo serán admitidos los comentarios hasta las 18:00 horas. Artículo 3°.- Encargar a la Gerencia Adjunta de Regulación Tarifaria la recepción y análisis de las opiniones y sugerencias que se presenten respecto al proyecto de norma, así como la presentación de la propuesta fi nal al Consejo Directivo de OSINERGMIN. Artículo 4°.- La presente resolución, será publicada en el diario ofi cial “El Peruano” y consignada en la página Web de OSINERGMIN: www2.osinerg.gob.pe. DISPOSICIONES TRANSITORIAS Primera.- Aplicación de las Disposiciones Transitorias Las presentes Disposiciones Transitorias, serán de aplicación para la evaluación de las propuestas que formulen la Dirección General de Hidrocarburos del Ministerio de Energía y Minas, cuando soliciten al OSINERGMIN la valorización de las Derivaciones Principales, en el marco del Decreto Supremo N° 014-2013-EM; hasta que se apruebe la norma “Procedimiento Aplicable a la Valorización y Ajuste Tarifario por Construcción de las Derivaciones Principales de Transporte de Gas Natural Por Ductos”. Segunda.- Diseño de la Derivación Principal Para el Estudio de Costos Estándar señalado en la Tercera Disposición Transitoria, la Dirección General de Hidrocarburos informará a OSINERGMIN lo siguiente: a) La Región a benefi ciar con el proyecto de Derivación Principal. b) El punto de partida de la Derivación Principal. c) El punto de llegada de la Derivación Principal denominado Estación Terminal. d) Las especifi caciones técnicas del proyecto indicado, incluyendo el diámetro, longitud, capacidad máxima, entre otros. La Dirección General de Hidrocarburos presentará el diseño de las instalaciones a construir como parte de la Derivación Principal mediante planos geográfi cos donde se aprecie directamente el punto de partida, el recorrido de los ductos, diámetros y presiones nominales de operación. Asimismo, se deberá presentar la tabla de datos que contenga todas las características técnicas de los componentes del sistema de transporte; así como de la conexión con los clientes que se prevé atender incluyendo la ubicación de la Estación Terminal de regulación y medición. La Dirección General de Hidrocarburos presentará la información GIS (Sistema de Información Georeferenciada) necesaria para efectuar la evaluación de los costos de inversión de las instalaciones proyectadas de la Derivación Principal. Tercera.- Estimación del Costo de Inversión El Costo de Inversión se determinará mediante la metodología de Costos Estándar tomando en cuenta lo señalado en el Artículo 15 del “Procedimiento para la elaboración de los Estudios Tarifarios sobre aspectos regulados del transporte de hidrocarburos por ductos” aprobado mediante Resolución de OSINERGMIN N° 198- 2012-OS/CD, en lo que resulte aplicable. Para tal efecto, la Dirección General de Hidrocarburos presentará una propuesta de Costos de Inversión desagregados en costos directos e indirectos y los respectivos costos unitarios detallados, de la Derivación Principal proyectada. La propuesta deberá ser elaborada tomando en cuenta la metodología a que se refi ere el párrafo anterior. Cuarta.- Estimación del Costo de Operación y Mantenimiento El costo anual de operación y mantenimiento de la Derivación Principal, será determinado de acuerdo a los costos efi cientes que defi na OSINERGMIN, tomando en cuenta la información económica y fi nanciera del Concesionario y la información disponible presentada por el Concesionario conforme al Manual de Contabilidad Regulatoria. REQUISITOS PARA PUBLICACIÓN DE DECLARACIONES JURADAS Se comunica a los organismos públicos que, para efecto de la publicación en la Separata Especial de Declaraciones Juradas de Funcionarios y Servidores Públicos del Estado, se deberá tomar en cuenta lo siguiente: 1. La solicitud de publicación se efectuará mediante ofi cio dirigido al Director del Diario Ofi cial El Peruano y las declaraciones juradas deberán entregarse en copias autenticadas o refrendadas por un funcionario de la entidad solicitante. 2. La publicación se realizará de acuerdo al orden de recepción del material y la disponibilidad de espacio en la Separata de Declaraciones Juradas. 3. La documentación a publicar se enviará además en archivo electrónico (diskette o cd) y/o al correo electrónico: dj@editoraperu.com.pe, precisando en la solicitud que el contenido de la versión electrónica es idéntico al del material impreso que se adjunta; de no existir esta identidad el cliente asumirá la responsabilidad del texto publicado y del costo de la nueva publicación o de la Fe de Erratas a publicarse. 4. Las declaraciones juradas deberán trabajarse en Excel, presentado en dos columnas, una línea por celda. 5. La información se guardará en una sola hoja de cálculo, colocándose una declaración jurada debajo de otra. LA DIRECCIÓN PROYECTO