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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 06 DE JULIO DEL AÑO 2013 (06/07/2013)

CANTIDAD DE PAGINAS: 76

TEXTO PAGINA: 63

El Peruano Sábado 6 de julio de 2013 498801 Quinto.- La presente Ordenanza entrará en vigencia a partir del día siguiente de su publicación en el Diario Ofi cial El Peruano. Sexto.- Facúltese al Despacho de Alcaldía para que mediante Decreto de Alcaldía emita disposiciones reglamentarias y/o complementarias para el mejor cumplimiento de la presente Ordenanza. Séptimo.-DERÓGUESE; todas aquellas disposiciones legales que se opongan a la presente. POR TANTO: Registrese, publíquese, comuníquese y cúmplase. OSCAR BENAVIDES MAJINO Alcalde 957858-1 MUNICIPALIDAD DE SAN MARTIN DE PORRES Disponen embanderamiento general de los inmuebles del Distrito de San Martín de Porres DECRETO DE ALCALDÍA Nº 014-2013/MDSMP San Martín de Porres, 2 de julio del 2013 EL ALCALDE DEL DISTRITO DE SAN MARTIN DE PORRES CONSIDERANDO: Que, el 28 de Julio del presente año, se celebra el 192º Aniversario de la Proclamación de la Independencia del Perú; Que, con tal motivo durante el mes de Julio se realizan diversas actividades patrióticas que fortalecen los sentimientos de identidad nacional y profundo respeto y amor a nuestros símbolos patrios, por lo que, como una demostración de especial civismo, debemos cumplir con el embanderamiento general de todos los inmuebles en nuestra jurisdicción; De conformidad con los artículos 20, inc. 6) y 42 de la Ley 27972 – Orgánica de Municipalidades; DECRETA: Artículo Primero.- DISPONER el embanderamiento general de todos los inmuebles del distrito de San Martín de Porres, a partir del 14 hasta el 31 de Julio del presente año, con ocasión de celebrarse el 192º Aniversario de la Proclamación de la Independencia del Perú. Artículo Segundo.- DISPONER que todas las áreas administrativas de la Entidad cumplan con la difusión e implementación del presente Decreto, en lo que les corresponda. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. FREDDY S. TERNERO CORRALES Alcalde 958302-1 MUNICIPALIDAD DE SANTA ANITA Disponen embanderamiento de todos los inmuebles del Distrito de Santa Anita DECRETO DE ALCALDÍA Nº 00004-2013/MDSA Santa Anita, 2 de julio del 2013 LA ALCALDESA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SANTA ANITA CONSIDERANDO: Que, el artículo 194º de la Constitución Política del Perú establece que las Municipalidades son órganos de Gobierno Local, tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, el 28 de Julio del presente año se celebra el 192º Aniversario de la Independencia del Perú; por ello la Municipalidad considera conveniente resaltar este hecho trascendente, con el propósito de fortalecer y reafi rmar nuestra conciencia cívica, fomentando la realización de actividades simbólicas tradicionales, como lo es el embanderamiento de todos los inmuebles del distrito; Estando a lo expuesto y en uso de las atribuciones conferidas por la Ley Orgánica de Municipalidades – Ley Nº 27972; DECRETA: Artículo Primero.- DISPONER el Embanderamiento General de las viviendas, instituciones públicas y privadas y locales comerciales del Distrito de Santa Anita, a partir del 08 de Julio al 31 de Julio del 2013, con motivo de conmemorarse el 192º Aniversario de la Independencia del Perú. Artículo Segundo.- ENCARGAR a la Gerencia General y Gerencia de Seguridad ciudadana, el cumplimiento del presente Decreto. Regístrese, comuníquese y cúmplase. LEONOR CHUMBIMUNE CAJAHUARINGA Alcaldesa 958296-1 PROVINCIAS MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE HUARAL Aprueban Beneficios Tributarios sobre reducción del monto por Arbitrios Municipales anteriores al Ejercicio 2013 ORDENANZA MUNICIPAL Nº 009-2013-MPH Huaral, 26 de junio del 2013 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE HUARAL POR CUANTO: EL CONCEJO PROVINCIAL DE HUARAL VISTO: En Sesión Ordinaria de la fecha, el Proyecto de Ordenanza Municipal que Aprueba Benefi cios Tributarios sobre Reducción del Monto por Arbitrios Municipales Anteriores al Ejercicio 2013; y, CONSIDERANDO: Que, los Gobiernos Locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, conforme lo establece el Artículo 194º de la Constitución Política del Perú, modifi cada por el Artículo Único de la Ley Nº 27680 – Ley de Reforma Constitucional del Capítulo XIV del Título IV sobre Descentralización, concordante con el Artículo II del Título Preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades - Ley Nº 27972.