Norma Legal Oficial del día 06 de julio del año 2013 (06/07/2013)


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TEXTO DE LA PÁGINA 55

El Peruano Sabado 6 de MORDAZA de 2013

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CONSIDERANDO: Que, mediante documento con registro de ingreso Nº 1729, de fecha 19 de noviembre de 2012, la empresa "DUKE ENERGY EGENOR SOCIEDAD EN COMANDITA POR ACCIONES" formulo renunciar a la autorizacion de generacion de energia otorgada, mediante Resolucion Ministerial Nº 705-99-EM/VME; Que, mediante Resolucion Directoral Nº 081 ­ 2013/ GOBIERNO REGIONAL PIURA-420030-DR, la Direccion Regional de Energia y Minas Resolvio Aceptar la Renuncia formulada por la empresa "DUKE ENERGY EGENOR SOCIEDAD EN COMANDITA POR ACCIONES" a la autorizacion para la generacion de energia electrica en la Central Termica Sullana y, en consecuencia, tener por Cancelada la referida autorizacion, otorgada mediante Resolucion Ministerial Nº 705-99-EM/VME, de fecha 21 de diciembre de 1999; Que, mediante Carta 0-34-2013 con Registro Nº 1112, la empresa "DUKE ENERGY EGENOR SOCIEDAD EN COMANDITA POR ACCIONES", solicita rectificacion de oficio del primer considerando de la Resolucion Directoral Nº 081 ­ 2013/ GOBIERNO REGIONAL PIURA-420030DR; Que, revisada la documentacion existente se tiene que, mediante Resolucion Ministerial Nº 705-99-EM/VME, de fecha 21 de diciembre de 1999, el Ministerio de Energia y Minas, Resolvio Tener a EGENOR S.A.A, como Titular de la Autorizacion otorgada originalmente por Resolucion Ministerial Nº 182-94-MEM/DGE, del 05 de MORDAZA del 1994, para desarrollar actividades de generacion de energia electrica en la Central Termica de Sullana de 10 MW; Que, asimismo, revisados los Expedientes Administrativos Nº 33097299 y 33033894, remitidos por el Ministerio de Energia y Minas, se tiene que por Resolucion Ministerial Nº 182-94-MEM/DGE, del 05 de MORDAZA del 1994, se autorizo el desarrollo de actividades de generacion de energia electrica en la Central Termica de Sullana por 10 MW; Que, revisados los Asientos B 0003, B 0001 y B 00010 de la Partida Electronica Nº 11018850 del Registro de Personas Juridicas de la MORDAZA Registral Nº IX - Sede MORDAZA, se ha verificado sucesivos cambios de razon social de la empresa EGENOR S.A.A a MORDAZA ENERGY EGENOR SOCIEDAD EN COMANDITA; Que, conforme a lo establecido en los numerales 1 y 2 del articulo 201 de la Ley del Procedimiento Administrativo General, Ley Nº 27444: "Los errores material o aritmetico en los actos administrativos pueden ser rectificados con efecto retroactivo, en cualquier momento, de oficio o a instancia de los administrados, siempre que no se altere lo sustancial de su contenido ni el sentido de la decision"; asimismo, "La rectificacion adopta las formas y modalidades de comunicacion o publicacion que corresponda para el acto original". Que, habiendose verificado la existencia de errores materiales en el primer considerando de la Resolucion Directoral Nº 081 ­ 2013/ GOBIERNO REGIONAL PIURA420030-DR, los mismos que no afectan el contenido sustancial ni el sentido de la decision administrativa, resulta procedente rectificar de oficio los errores aritmeticos o materiales detectados; Que la peticion se ampara en las disposiciones contenidas en el articulo 201 de la Ley Nº 27444, en el litera d) del articulo 69 del Reglamento de la Ley de Concesiones Electricas, aprobado por el Decreto Supremo Nº 009-93-EM; Que, estando a lo dispuesto en dichas normas, asi como en lo establecido al Item 21, literal c) del Texto Unico de Procedimientos Administrativos de la Direccion Regional de Energia y Minas, aprobado por Ordenanza Regional Nº 200-2011-GOBIERNO REGIONAL PIURACR, procede rectificar de oficio la Resolucion Directoral Nº 081 ­ 2013/ GOBIERNO REGIONAL PIURA-420030DR; Contando con la visacion de la Unidad Tecnica de Electricidad y la Oficina de Asesoria Juridica; SE RESUELVE: Articulo Primero.- Rectificar de Oficio los errores materiales contenidos en el Primer Considerando de la Resolucion Directoral Nº 081 ­ 2013/GOBIERNO

Territorial del Gobierno Regional de MORDAZA de MORDAZA, que refiere que el P.I.P. "Ampliacion y Mejoramiento del MORDAZA Ecologico El Shiringuero, de Iberia, Provincia de Tahuamanu, Region de MORDAZA de Dios", con Codigo SNIP Nº 123198, presentado por la Municipalidad Distrital de Iberia con Oficio Nº 249-2013-ALC-SG-MDI, tiene la condicion de viable; por lo que, solicita la aprobacion de la transferencia financiera por un monto de S/. 1'000,000.00 (UN MILLON CON 00/100 NUEVOS SOLES), para cofinanciar dicho proyecto. Adjunta para tal efecto, el Analitico del Presupuesto Modificado en el que se incluye en forma global una asignacion presupuestal de S/. 12' 500,000.00 (DOCE MILLONES QUINIENTOS MIL CON 00/100 NUEVOS SOLES), en la Meta 0118 Transferencia Financiera de Recursos a los Gobiernos Locales, en la cual se incluye el importe solicitado. Que, el Consejo Regional, en Sesion Extraordinaria, luego del analisis y debate correspondientes, con el MORDAZA aprobatorio por unanimidad, ha determinado aprobar lo solicitado. El Consejo Regional de MORDAZA de Dos, en uso de las facultades conferidas por la Constitucion Politica del Estado; Ley Nº 27867, Ley Organica de Gobiernos Regionales y sus modificatorias, ACUERDA: Articulo Primero: AUTORIZAR, la Transferencia Financiera de la Unidad Ejecutora 001, Sede Central del Pliego 454 Gobierno Regional de MORDAZA de MORDAZA, a favor de la Municipalidad Distrital de Iberia, por la suma de S/. 1'000,000.00 (UN MILLON CON 00/100 NUEVOS SOLES), para cofinanciar el Proyecto de Inversion Publica: "Ampliacion y Mejoramiento del MORDAZA Ecologico "El Shiringuero", de Iberia, Provincia de Tahuamanu, Region de MORDAZA de Dios", con Codigo SNIP Nº 123198. Articulo Segundo.- ENCARGAR, a la Oficina de Secretaria Tecnica del Consejo Regional de MORDAZA de MORDAZA, la publicacion del presente Acuerdo Regional en el Diario Oficial El Peruano y en el MORDAZA electronico del Gobierno Regional de MORDAZA de Dios. POR TANTO: Mando se registre, publique y cumpla. Dado en la Sede del Consejo Regional de MORDAZA de MORDAZA, a los veintiseis dias del mes de junio del ano dos mil trece. MORDAZA EMERICO MORDAZA MORDAZA Consejero Delegado Consejo Regional 958221-1

GOBIERNO REGIONAL DE MORDAZA
Rectifican errores materiales de la R.D. Nº 081-2013/GOBIERNO REGIONAL PIURA-420030-DR
DIRECCION REGIONAL DE ENERGIA Y MINAS - MORDAZA RESOLUCION DIRECTORAL Nº 108-2013/GOBIERNO REGIONAL PIURA-420030-DR MORDAZA, 17 de junio de 2013 VISTO: La Carta 0-34-2013 con Registro Nº 1112, por medio de la cual la empresa "DUKE ENERGY EGENOR SOCIEDAD EN COMANDITA POR ACCIONES", inscrita en la Partida Nº 11018850 del Registro de Personas Juridicas de la MORDAZA Registral Nº IX- Sede MORDAZA, solicita la rectificacion de oficio de la Resolucion Directoral Nº 081 ­ 2013/ GOBIERNO REGIONAL PIURA-420030-DR, y;

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