Norma Legal Oficial del día 08 de julio del año 2013 (08/07/2013)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 9

El Peruano Lunes 8 de MORDAZA de 2013

498895
el mismo que es definido como la facultad que otorga el Estado, a personas naturales o juridicas, para instalar en un lugar determinado equipos de radiodifusion; Que, el articulo 26º de la Ley de Radio y Television establece que otorgada la autorizacion para prestar el servicio de radiodifusion, se inicia un periodo de instalacion y prueba que tiene una duracion improrrogable de doce (12) meses; Que, el articulo 29º del Reglamento de la Ley de Radio y Television indica que para obtener autorizacion para prestar el servicio de radiodifusion se requiere presentar una solicitud, la misma que se debe acompanar con la informacion y documentacion que en dicho articulo se detallan; Que, con Resolucion Viceministerial Nº 235-2005MTC/03, y modificatoria, se aprobo el Plan de Canalizacion y Asignacion de Frecuencias del Servicio de Radiodifusion Sonora en Onda Media, para las diversas localidades del departamento de MORDAZA, entre las cuales se encuentra la localidad de Carabaya; que fue incorporado a los referidos planes mediante Resolucion Viceministerial Nº 233-2013MTC/03; Que, segun Resolucion Ministerial Nº 358-2003MTC/03, y sus modificatorias, mediante la cual se aprobo las Normas Tecnicas del Servicio de Radiodifusion, las estaciones que operen con una potencia de transmision mayor que 100 w hasta 1 Kw., se clasifican como Estaciones Clase D; Que, con Informe Nº 1257-2013-MTC/28, la Direccion General de Autorizaciones en Telecomunicaciones senala que se considera viable otorgar la autorizacion solicitada por la senora MORDAZA MORDAZA MORDAZA para la prestacion del servicio de radiodifusion sonora comercial en Onda Media (OM) en la localidad de Carabaya; departamento de Puno; De conformidad con la Ley de Radio y Television - Ley Nº 28278, su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 005-2005-MTC, el Texto Unico de Procedimientos Administrativos del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 008-2002-MTC y sus modificatorias, el Decreto Supremo N° 038-2003-MTC, modificado por Decreto Supremo Nº 038-2006-MTC, el Plan de Canalizacion y Asignacion de Frecuencias para el servicio de radiodifusion sonora en Onda Media (OM) para la localidad de Carabaya, aprobado por Resolucion Viceministerial Nº 235-2005MTC/03, y modificatoria, las Normas Tecnicas del Servicio de Radiodifusion, aprobadas por Resolucion Ministerial Nº 358-2003-MTC/03, y sus modificatorias; y, Con la opinion favorable de la Direccion General de Autorizaciones en Telecomunicaciones; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Otorgar autorizacion a la senora MORDAZA MORDAZA MORDAZA, por el plazo de diez (10) anos, para prestar el servicio de radiodifusion sonora comercial en Onda Media (OM) en la localidad de Carabaya, departamento de MORDAZA, de acuerdo a las condiciones esenciales y caracteristicas tecnicas que se detallan a continuacion: Condiciones Esenciales: Modalidad Frecuencia Finalidad Caracteristicas Tecnicas: Indicativo Emision Potencia Nominal del Transmisor Clasificacion de Estacion Ubicacion de la Estacion: Estudio : Pasaje Echenique N° 110, cercado, distrito de Macusani, provincia de Carabaya, departamento de Puno. : OAM-7X : 10K0A3EGN : 1 Kw. : D : RADIODIFUSION SONORA EN OM : 730 kHz. : COMERCIAL

personeria juridica de Derecho Publico, con patrimonio propio y autonomia funcional, juridico - registral, tecnica, economica, financiera y administrativa. Tiene como funcion principal planificar, organizar, normar, dirigir, coordinar y supervisar la inscripcion y publicidad de los actos y contratos en los Registros Publicos que integran el Sistema Nacional; Que, el numeral 33.2 del articulo 32° de la Ley N° 27181, Ley General de Transporte y MORDAZA Terrestre, establece que la SUNARP pone a disposicion del Ministerio de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construccion - hoy Ministerio de Transportes y Comunicaciones-, la informacion que se consigne en el Registro de Propiedad Vehicular; Que, mediante Oficio N° 541-2013-SUNARP/GLSG, el Secretario General de la SUNARP, remite un proyecto de Convenio de Cooperacion Interinstitucional a suscribirse entre dicha entidad y este Ministerio, cuyo objeto es determinar los alcances del suministro de informacion que SUNARP brindara al MTC, a fin que este ultimo cuente con la informacion tecnica contenida en el Registro de Propiedad Vehicular, Registro de Personas Juridicas, Registro de Propiedad Inmobiliaria de Embarcaciones y en el Registro de Aeronaves a cargo de SUNARP, a traves de un Servicio Web, el mismo que cuenta con la opinion favorable de la Direccion General de Transporte Terrestre y de la Direccion de Regulacion y Normatividad, conforme se detalla en los documentos del Visto; Que, en tal sentido, es necesario aprobar el Convenio de Cooperacion Interinstitucional a ser suscrito entre la SUNARP y el MTC; De conformidad con las Leyes N°s 27444, 29370 y el Decreto Supremo N° 021-2007-MTC; SE RESUELVE: Articulo Unico.- Aprobar el texto del Convenio de Cooperacion Interinstitucional entre la Superintendencia Nacional de los Registros Publicos - SUNARP y el Ministerio de Transportes y Comunicaciones - MTC, el mismo que forma parte integrante de la presente Resolucion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Transportes y Comunicaciones 958886-1

Otorgan autorizacion a personas naturales para prestar servicio de radiodifusion sonora comercial en la localidad de Carabaya, departamento de MORDAZA
RESOLUCION VICEMINISTERIAL Nº 306-2013-MTC/03 MORDAZA, 3 de MORDAZA de 2013 VISTO, el expediente N° 2013-029120 presentado por la senora MORDAZA MORDAZA MORDAZA, sobre otorgamiento de autorizacion para la prestacion del servicio de radiodifusion sonora comercial en Onda Media (OM) en la localidad de Carabaya, departamento de Puno; CONSIDERANDO: Que, el articulo 14° de la Ley de Radio y Television ­ Ley Nº 28278, establece que para la prestacion del servicio de radiodifusion, en cualquiera de sus modalidades, se requiere contar con autorizacion, la cual se otorga por Resolucion del Viceministro de Comunicaciones, segun lo previsto en el articulo 19º del Reglamento de la Ley de Radio y Television, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 005-2005-MTC; Que, asimismo el articulo 14º de la Ley de Radio y Television indica que la autorizacion es la facultad que otorga el Estado a personas naturales o juridicas para establecer un servicio de radiodifusion. Ademas, el citado articulo senala que la instalacion de equipos en una estacion de radiodifusion requiere de un Permiso,

Coordenadas Geograficas : Longitud Oeste : 70º 25' 46.21'' Latitud Sur : 14º 04' 17.98''

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.