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El Peruano Viernes 12 de julio de 2013 499143 así como las actividades y eventos conexos, que tendrán lugar antes y durante la citada Conferencia General; Que, las responsabilidades que implica la organización de la Décimo Quinta Conferencia General de la ONUDI, así como la preparación y negociación de los acuerdos que le darán contenido, exige efectuar coordinaciones de manera integral y multidisciplinaria entre las instituciones nacionales vinculadas a la temática del referido evento; Que, por lo expuesto resulta necesario constituir un Grupo de Trabajo de carácter temporal, encargado de promover, proponer e implementar las acciones para la realización de la Décimo Quinta Conferencia General de la ONUDI; y, De conformidad con lo establecido en la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; en la Ley N° 29357, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Relaciones Exteriores; y, en el Decreto Legislativo N° 1047, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de la Producción; SE RESUELVE: Artículo 1.- Declaración de Interés Nacional Declárese de Interés Nacional la realización de la Décimo Quinta Conferencia General de la Organización de las Naciones Unidas para el Desarrollo Industrial (ONUDI), que se llevará a cabo en la ciudad de Lima del 2 al 6 de diciembre de 2013, así como las actividades y eventos conexos, que tendrán lugar antes y durante la citada Conferencia General. Artículo 2.- Creación de Grupo de Trabajo Multisectorial Créase el Grupo de Trabajo Multisectorial de carácter temporal, adscrito al Ministerio de la Producción, encargado de ejecutar las acciones que permitan la realización de la Décimo Quinta Conferencia General de la Organización de las Naciones Unidas para el Desarrollo Industrial (ONUDI), en adelante Grupo de Trabajo, el mismo que está conformado por: - La Ministra de la Producción o su representante, quien la presidirá. - La Ministra de Relaciones Exteriores o su representante. - El Ministro del Interior o su representante. - La Ministra de Salud o su representante. - El Ministro de Economía y Finanzas o su representante. - El Ministro de Comercio Exterior y Turismo o su representante. - El Ministro de Transportes y Comunicaciones o su representante. - El Ministro de Cultura o su representante. - La Superintendente Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria o su representante. Cada Sector designará a sus representantes mediante resolución del titular de la entidad a la que pertenecen, en un plazo máximo de cinco (5) días hábiles, contados a partir de la vigencia de la presente resolución suprema. Artículo 3.- Participación de otras entidades El Grupo de Trabajo puede convocar, en calidad de invitados, a otras entidades públicas o privadas, cuya participación se estime necesaria para la consecución de sus fi nes. Artículo 4.- Instalación del Grupo de Trabajo El Grupo de Trabajo se instalará en un plazo no mayor de diez (10) días hábiles, contados a partir del día siguiente de publicada la presente resolución suprema. La asistencia a esta sesión por parte de los Ministros de Estado es obligatoria e indelegable. Artículo 5.- Informe del Grupo de Trabajo El Grupo de Trabajo, en un plazo máximo de diez (10) días hábiles de culminada la Décimo Quinta Conferencia General de la Organización de las Naciones Unidas para el Desarrollo Industrial (ONUDI), presentará un informe al Ministro de la Producción sobre las actividades realizadas en el marco del encargo conferido. Artículo 6.- Refrendo La presente Resolución Suprema es refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y por los Ministros de Relaciones Exteriores, de la Producción, del Interior, de Salud, de Economía y Finanzas, de Comercio Exterior y Turismo, de Transportes y Comunicaciones, y de Cultura. Regístrese, comuníquese y publíquese. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la República JUAN F. JIMÉNEZ MAYOR Presidente del Consejo de Ministros EDA A. RIVAS FRANCHINI Ministra de Relaciones Exteriores GLADYS MONICA TRIVEÑO CHAN JAN Ministra de la Producción WILFREDO PEDRAZA SIERRA Ministro del Interior MIDORI DE HABICH ROSPIGLIOSI Ministra de Salud LUIS MIGUEL CASTILLA RUBIO Ministro de Economía y Finanzas JOSÉ LUIS SILVA MARTINOT Ministro de Comercio Exterior y Turismo CARLOS PAREDES RODRÍGUEZ Ministro de Transportes y Comunicaciones LUIS ALBERTO PEIRANO FALCONÍ Ministro de Cultura 961337-2 Designan representante del Ministerio y formalizan designación de representante del gremio de la MYPE ante el Núcleo Ejecutor de Compra de carpetas para instituciones educativas RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 232-2013-PRODUCE Lima, 11 de julio de 2013 VISTOS: El Memorando Nº 00819-2013-PRODUCE/ DVMYPE-I del Despacho Viceministerial de MYPE e Industria, el Informe Nº 072-2013-PRODUCE/DVMYPE- I/DIGEDEPRO de la Dirección General de Desarrollo Productivo, el Informe Nº 02-2013-PRODUCE/CE del Comité Electoral, y el Informe Nº 65-2013-PRODUCE/ OGAJ-emolero de la Ofi cina General de Asesoría Jurídica; CONSIDERANDO: Que, la Ley Nº 29271, establece que el Ministerio de la Producción es el sector competente en materia de promoción y desarrollo de cooperativas, transfi riéndole las funciones y competencias sobre micro y pequeña empresa – MYPE; Que, a través del Decreto de Urgencia Nº 058-2011, se dictaron medidas urgentes y extraordinarias en materia económica y fi nanciera, con el objeto de mantener y promover el dinamismo de la economía nacional en determinadas materias, entre ellas la producción y productividad a favor de las micro, pequeñas y medianas empresas, autorizando al Fondo de Cooperación para el Desarrollo Social – FONCODES, a gestionar mediante la modalidad de núcleos ejecutores la adquisición de determinados bienes a las MYPE; Que, la Trigésima Segunda Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 29951, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2013, ha dispuesto la ampliación de la vigencia del Capítulo I del Decreto de Urgencia Nº 058-2011 hasta el 31 de diciembre de 2013, a fi n de continuar con la contratación y distribución de bienes a través de la modalidad de núcleos ejecutores, incluyendo entre otros, la adquisición de carpetas para instituciones educativas;