Norma Legal Oficial del día 12 de julio del año 2013 (12/07/2013)


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TEXTO DE LA PÁGINA 14

El Peruano Viernes 12 de MORDAZA de 2013

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e) Velar por el cumplimiento de las normas universitarias e institucionales, en el ambito de su dependencia. Articulo 16.- Del Reglamento de las Comisiones de Articulacion Docencia Servicio de Sedes Docentes Las Comisiones de Articulacion Docencia Servicio de Sedes Docentes, elaboraran sus respectivos reglamentos de acuerdo a las normas que plantee el Consejo Directivo del Residentado Odontologico, en el plazo de treinta (30) dias habiles contados a partir de de su instalacion, los cuales seran aprobados por Resolucion Directoral del Establecimiento de Salud y refrendado por el Consejo Directivo del Residentado Odontologico. CAPITULO V DE LAS FACULTADES Y ESCUELAS DE ODONTOLOGIA Articulo 17.- Requisitos de las Universidades para incorporarse al Residentado Odontologico Las universidades con facultades y escuelas de Odontologia, para incorporarse al Residentado Odontologico deberan cumplir con los siguientes requisitos: a) Ser miembro titular de la Asociacion Peruana de Facultades de Odontologia (ASPEFO). b) Tener autorizacion vigente del Consejo Directivo del Residentado Odontologico. c) Contar con cinco (05) anos de egresada la primera promocion de pregrado y cinco (05) promociones de egreso. d) Tener Unidad de Postgrado, o similar, con adecuada infraestructura fisica, administrativa y docente. e) La Unidad de Postgrado, o similar, debe contar con un Comite Directivo. f) Contar con un mapa epidemiologico de la region y distribucion de cirujanos dentistas generales y especialistas de la region a la que pertenece la sede central de la universidad. g) Tener un estudio de necesidades de cirujanos dentistas especialistas en las especialidades que solicita, coordinada con la Direccion Regional de Salud del ambito a la que pertenece. h) Contar con los MORDAZA clinicos para el desarrollo de los programas de MORDAZA especialidad, los que deben estar en relacion a las necesidades de salud del ambito regional de la sede central de la universidad. i) Contar con docentes con titulo universitario de especialista y el registro en el Colegio Odontologico del Peru, en el servicio en que se solicita el programa. j) Abonar los derechos correspondientes al MORDAZA de evaluacion establecidos por el Consejo Directivo del Residentado Odontologico. k) Tener el Convenio MORDAZA y Especifico Docente Asistencial vigente con las instituciones prestadoras de servicios de salud. Articulo 18.- Responsabilidades de las Unidades de Postgrado, o similares Son responsabilidades de las unidades de postgrado, o similares, de las facultades y escuelas de Odontologia: a) Integrar los organos del Residentado Odontologico segun corresponda. b) Elaborar el perfil profesional de cada especialidad, elaborar el curriculum de estudios con los estandares de formacion y programar las actividades de docencia- servicio e investigacion en coordinacion con las instituciones de servicios de salud y acorde con los lineamientos del Consejo Directivo del Residentado Odontologico. c) Brindar los recursos necesarios, en cuanto a recursos humanos, materiales e infraestructura para la docencia - servicio e investigacion. d) Suministrar al Consejo Directivo del Residentado Odontologico la informacion que se le solicite. e) Instrumentar el MORDAZA de seleccion de postulantes, en el MORDAZA de las normas establecidas por el Consejo Directivo del Residentado Odontologico. f) Informar al Consejo Directivo del Residentado Odontologico sobre el resultado del concurso de admision de los postulantes. g) Remitir a las sedes docentes la relacion de ingresantes.

formulando recomendaciones para su perfeccionamiento y acreditarlos como MORDAZA cada cinco (05) anos. g) Aprobar el planeamiento curricular y competencias por anos segun la especialidad. h) Coordinar la participacion de las instituciones responsables del desarrollo del Residentado Odontologico. i) Conformar los Comites Asesores de Especialidades que consideren conveniente en el ejercicio de sus funciones. j) Implementar y conducir una base de datos actualizada del Residentado Odontologico. k) Supervisar y controlar las actividades de las Comisiones de Articulacion Docencia Servicio de Sedes Docentes. l) Colaborar con las diferentes instituciones gubernamentales del MORDAZA, brindando asesoria tecnica cuando lo sea requerida para la solucion de controversias relativas a cada especialidad. m) Fomentar la relacion y cooperacion entre las distintas asociaciones cientificas de especialidades odontologicas del MORDAZA asi como organismos equivalentes en el extranjero. n) Elaborar las disposiciones complementarias y procedimientos que permitan la aplicacion del Reglamento del Residentado Odontologico. Articulo 13.- Del Reglamento del Consejo Directivo El Consejo Directivo elaborara su respectivo Reglamento, en el plazo de sesenta (60) dias habiles contados a partir de la aprobacion de la presente norma. Este Reglamento sera aprobado por Resolucion Ministerial. CAPITULO IV DE LAS COMISIONES DE ARTICULACION DOCENCIA SERVICIO DE SEDES DOCENTES Articulo 14.- Instancias que integran las Comisiones de Articulacion Docencia Servicio de Sedes Docentes Las Comisiones de Articulacion Docencia Servicio de Sedes Docentes son los organos coordinadores, supervisores y de control que tienen la finalidad de ejercer las funciones de manera inter institucional, y estaran integrados por: a) El Director, o el que haga sus veces, de la sede docente, o su representante, quien lo presidira, tiene MORDAZA dirimente. b) El Director o un representante de cada unidad de postgrado, o similar, que desarrollen Programas de Residentado Odontologico en dicha institucion, hasta un MORDAZA de tres (03) representantes. La designacion se realizara considerando aquellas con el mayor numero de especialidades acreditadas por el Residentado Odontologico. c) El Jefe de la Unidad de Capacitacion de la sede de servicios de salud. d) El Jefe de Departamento o Servicio de Estomatologia. e) Un (01) representante de los cirujanos dentistas especialistas del establecimiento. f) Un (01) representante de los cirujanos dentistas residentes. Articulo 15.- Funciones de las Comisiones de Articulacion Docencia Servicio de Sedes Docentes Son funciones de las Comisiones de Articulacion Docencia Servicio de Sedes Docentes: a) Coordinar la relacion de la sede docente con la Universidad y el Consejo Directivo del Residentado Odontologico. b) Formular el calendario anual de actividades que se realizan en su Centro Asistencial y en el area geograficopoblacional de su responsabilidad. c) Propiciar, supervisar, coordinar y apoyar las actividades docentes, de investigacion y de servicio de los programas de Residentado Odontologico, colaborando con la formulacion de manuales de organizacion, funciones, directivas y procedimientos. d) Asegurar la cobertura adecuada de las plazas del Residentado Odontologico segun el cuadro de meritos.

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