Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 12 DE JULIO DEL AÑO 2013 (12/07/2013)

CANTIDAD DE PAGINAS: 65

TEXTO PAGINA: 26

El Peruano Viernes 12 de julio de 2013 499159 ORGANISMOS EJECUTORES AGENCIA PERUANA DE COOPERACION INTERNACIONAL Formalizan la aprobación del Plan Anual de Cooperación Internacional 2013 RESOLUCIÓN DIRECTORAL EJECUTIVA N° 056-2013/APCI-DE Mirafl ores, 9 de julio de 2013 VISTO: El Acuerdo Nº 012-2013-CD/APCI del Consejo Directivo de la Agencia Peruana de Cooperación Internacional (APCI) adoptado en la Sesión Nº 003- 2013/CD-APCI, en la cual se aprobó el Plan Anual de Cooperación Internacional correspondiente al año 2013. CONSIDERANDO: Que, la Agencia Peruana de Cooperación Internacional (APCI) es el ente rector de la cooperación técnica internacional responsable de conducir, programar, organizar, priorizar y supervisar la cooperación internacional no reembolsable que se gestiona a través del Estado y que proviene de fuentes del exterior de carácter público y/o privado en función de la política nacional de desarrollo, de conformidad con lo establecido en la Ley de Creación de la APCI – Ley Nº 27692 y sus modifi catorias; Que, para este propósito el literal b) del artículo 4º de la mencionada Ley establece como una de las funciones de la APCI, la elaboración y aprobación del Plan Anual de Cooperación Internacional con la fi nalidad de establecer las prioridades temáticas y territoriales que ordenan la demanda y oferta de cooperación internacional no reembolsable del Perú; Que, el Plan Anual de Cooperación Internacional es el documento directriz para la gestión y negociación de la cooperación internacional no reembolsable en el Perú, el mismo que debe ser aprobado por el Consejo Directivo de la APCI, en ejercicio de las atribuciones conferidas a través del literal b) del artículo 7º de la Ley Nº 27692; Que, según consta en lo señalado en Visto, los miembros del Consejo Directivo de la APCI han aprobado el Plan Anual de Cooperación Internacional 2013, en la Sesión Nº 003-2013/CD-APCI; Que, por lo expuesto, es necesario formalizar la aprobación y difundir el Plan Anual de Cooperación Internacional 2013 con el propósito de poner en conocimiento de la comunidad cooperante el documento que orienta la gestión y la negociación de la cooperación internacional no reembolsable en el Perú; Con los vistos de la Dirección de Políticas y Programas, de la Ofi cina General de Administración, y de la Ofi cina de Asesoría Jurídica; y, En uso de las facultades conferidas por la Ley de Creación de la APCI – Ley Nº 27692 y sus modifi catorias y por el Reglamento de Organización y Funciones de la APCI – aprobado por Decreto Supremo Nº 028-2007-RE, en concordancia con la Política Nacional de Cooperación Técnica Internacional aprobada por Decreto Supremo Nº 050-2012-RE, y estando a lo acordado. SE RESUELVE: Artículo 1º.- Formalizar la aprobación del Plan Anual de Cooperación Internacional 2013, conforme a lo expuesto en la parte considerativa, el mismo que como Anexo Único forma parte integrante de la presente Resolución. Artículo 2º.- Determinar que la Ofi cina General de Administración disponga la publicación de la presente Resolución en el Diario Ofi cial El Peruano y, conjuntamente con el contenido del Anexo Único a que se refi ere el artículo 1º de la presente Resolución, en el Portal Institucional de la APCI: www.apci.gob.pe. Artículo 3º.- Disponer la notifi cación de la presente Resolución a todas las Unidades Orgánicas de la APCI. Regístrese, comuníquese y publíquese. LUIS HUMBERTO OLIVERA CÁRDENAS Director Ejecutivo 960112-1 BIBLIOTECA NACIONAL DEL PERÚ Designan Director de Sistema Administrativo III, en el cargo de Director General de Secretaría General RESOLUCIÓN DIRECTORAL NACIONAL Nº 082-2013-BNP Lima, 10 de julio de 2013 El Director Nacional de la Biblioteca Nacional del Perú, VISTOS, el Memorando N° 101-2013-BNP-DN, de fecha 10 de julio de 2013, emitido por la Dirección Nacional de la Biblioteca Nacional del Perú, y; CONSIDERANDO: Que, la Biblioteca Nacional del Perú, es un Organismo Público Ejecutor conforme a lo establecido en el Decreto Supremo Nº 034-2008-PCM, ratifi cado por Decreto Supremo Nº 048-2010-PCM y Decreto Supremo Nº 058-2011-PCM, por el cual se aprobó la califi cación de Organismos Públicos de acuerdo a lo dispuesto por la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; Que, la Biblioteca Nacional es un organismo público ejecutor que se encuentra adscrito al Ministerio de Cultura, en concordancia con el artículo 11º de la Ley Nº 29565 “Ley de Creación del Ministerio de Cultura” y con lo dispuesto por el inciso a) del artículo único de la disposición Complementaria Final del Decreto Supremo Nº 001-2010-MC “Decreto Supremo que aprueba fusiones de entidades y órganos en el Ministerio de Cultura”; Que, de acuerdo a lo indicado en el artículo 4º del Reglamento de Organización y Funciones de la Biblioteca Nacional del Perú y del Sistema Nacional de Bibliotecas, aprobado por Decreto Supremo Nº 024-2002-ED, la Biblioteca Nacional del Perú tiene autonomía técnica, administrativa y económica que supone la facultad de organizarse internamente, determinar y reglamentar los servicios públicos de su responsabilidad; Que, mediante Resolución Directoral Nacional N° 013- 2013-BNP, de fecha 05 de febrero de 2013, publicada en el diario ofi cial “El Peruano”, se designó a la abogada Amaru Patricia Rodríguez Ramírez, en la Plaza 019, como Directora de Sistema Administrativa III, de la Dirección General de Secretaria general con Categoría Remunerativa F-4, de la Biblioteca Nacional del Perú; Que, mediante Memorándum del Visto, la Dirección Nacional de la Biblioteca Nacional del Perú, dispone la designación como Director General de la Ofi cina de Secretaria General al abogado Andrés Daniel Galván Amado, categoría remunerativa F-4, considerado cargo de confi anza; Que, conforme al Manual Normativo de Personal N° 002-92-DNP “Desplazamiento de Personal”, aprobado mediante Resolución Directoral N° 013-92-INAP-DNP, señala que la Designación consiste en el desempeño de un cargo de responsabilidad directa o de confi anza por decisión de la autoridad competente en la misma o diferente entidad, con los derechos y limitaciones que las leyes establecen, siendo esta de carácter temporal y no conlleva la estabilidad laboral, requiere plaza vacante y se formaliza con Resolución; Que, todas las Resoluciones de Designación o Nombramiento de funcionarios encargados surten efecto a partir del día de su publicación en el diario ofi cial “El