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El Peruano Viernes 19 de julio de 2013 499621 DEFENSA Otorgan a oficiales de la Marina de Guerra del Perú las Condecoraciones “Orden Gran Almirante Grau” y “Orden Cruz Peruana al Mérito Naval” en el grado de “Gran Cruz” - Distintivo Blanco, por la causal “Alto Grado Naval” RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 368-2013-DE/MGP Lima, 18 de julio de 2013 Visto el Acta Nº 005-2013 de fecha 27 de mayo 2013, mediante el cual, el Consejo de las Condecoraciones “ORDEN GRAN ALMIRANTE GRAU” y “ORDEN CRUZ PERUANA AL MÉRITO NAVAL”, determinó la procedencia de otorgamiento de la Condecoración “ORDEN GRAN ALMIRANTE GRAU” y Condecoración “ORDEN CRUZ PERUANA AL MÉRITO NAVAL” en el grado de “GRAN CRUZ” - Distintivo Blanco, a los Vicealmirantes ascendidos con fecha 1 de enero de 2013; CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Supremo Nº 015-69-MA, de fecha 13 de agosto de 1969, modifi cado por Decreto Supremo Nº 003-2010-DE, de fecha 29 de marzo de 2010, se creó la Condecoración de la “ORDEN GRAN ALMIRANTE GRAU”, cuyo Reglamento (REOGAG-11101) fue aprobado mediante Resolución Ministerial Nº 0789-78-MA/CG, del 18 de agosto de 1978 y actualizado con Resolución Ministerial Nº 1165-2004-DE/MGP, del 9 de noviembre de 2004; Que, mediante Ley Nº 10678, se creó la Condecoración de la “ORDEN CRUZ PERUANA AL MÉRITO NAVAL”, cuyo Reglamento (REOCPMENA-11102) fue aprobado mediante Resolución Ministerial N° 0811-84-MA/CG del 19 de junio de 1984 y actualizado con Resolución Ministerial N° 1164- 2004-DE/MGP del 9 de noviembre de 2004; Que, el Artículo 201º del Reglamento de la Condecoración de la “ORDEN GRAN ALMIRANTE GRAU” (REOGAG-11101) y Reglamento de la Condecoración de la “ORDEN CRUZ PERUANA AL MÉRITO NAVAL”, (REOCPMENA-11102), establecen que la Condecoración “ORDEN GRAN ALMIRANTE GRAU” y Condecoración “ORDEN CRUZ PERUANA AL MÉRITO NAVAL” se otorgará al personal militar, policial y civil nacional o extranjero a propuesta de las autoridades indicadas en el Artículo 602° de los presentes Reglamentos con la aprobación del Consejo de la Condecoración; Que, el Artículo 406º del Reglamento de la Condecoración de la “ORDEN GRAN ALMIRANTE GRAU” (REOGAG- 11101), establece que la Condecoración “ORDEN GRAN ALMIRANTE GRAU”, se otorgará en el grado de “GRAN CRUZ”, a los Ofi ciales Almirantes en mérito a la calidad de sus servicios prestados a la Marina al ascender al grado de Vicealmirante; Que, el Artículo 417º del Reglamento de la Condecoración de la “ORDEN CRUZ PERUANA AL MÉRITO NAVAL” (REOCPMENA-11102), establece que la Condecoración “ORDEN CRUZ PERUANA AL MÉRITO NAVAL” se otorgará al Personal de la Marina de Guerra del Perú, en el grado de “GRAN CRUZ”, por la causal “Alto Grado Naval”, al ascender al Grado de Vicealmirante; Que, los señores Ofi ciales Almirantes se encuentran comprendidos dentro de los supuestos previstos en los considerandos precedentes; Estando a lo recomendado por el Consejo de la Condecoración; SE RESUELVE: Artículo 1°.- Otorgar las Condecoraciones “ORDEN GRAN ALMIRANTE GRAU” y “ORDEN CRUZ PERUANA AL MÉRITO NAVAL” en el grado de “GRAN CRUZ” – Distintivo Blanco, por la causal “Alto Grado Naval”, a los siguientes Vicealmirantes: Vicealmirante Mauro Daniel Pelayo CACHO De Armero CIP. 00748705 Vicealmirante José Luis PAREDES Lora CIP. 00748754 Artículo 2°.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Ministro de Defensa. Regístrese, comuníquese y publíquese. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la República PEDRO CATERIANO BELLIDO Ministro de Defensa 964461-2 Autorizan viaje de oficial de la Marina de Guerra del Perú a los EE.UU., en comisión especial RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 369-2013-DE/MGP Lima, 18 de julio de 2013 Visto, el Ofi cio P.200-1081 del Director General del Personal de la Marina, de fecha 24 de mayo de 2013; CONSIDERANDO: Que, el Colegio Interamericano de Defensa (CID), es una Institución Educativa Internacional que es auspiciada por la Organización de Estados Americanos (OEA) y la Junta Interamericana de Defensa (JID), en el cual se desarrollan cursos orientados a la capacitación de profesionales con experiencia signifi cativa en relaciones internacionales, fortaleciendo los conocimientos para un mejor desempeño en el campo institucional y acceder a nuevas experiencias que contribuyan a elevar el nivel profesional del Ofi cial participante, para luego ser aplicados en benefi cio de su Institución; Que, el Director del Colegio Interamericano de Defensa (CID), ha cursado invitación a la Marina de Guerra del Perú, para la participación de UN (1) Ofi cial Superior en calidad de Asesor en el Departamento de Estudios del citado Colegio; Que, mediante Resolución Ministerial Nº 758-2012 DE/MGP, de fecha 2 de julio de 2012, se autorizó el viaje al exterior en Misión de Estudios del Capitán de Fragata César Eduardo SCHEELJE Loredo, para que participe en el Programa Internacional de Compañeros Contra el Terrorismo (ICTF) en el Colegio para Asuntos de Seguridad Internacional de la Universidad de Defensa Nacional (NDU), Fuerte McNair, ciudad de Washington D.C., Estados Unidos de América, del 13 de julio de 2012 al 22 de junio de 2013; Que, la Marina de Guerra del Perú, ha emitido opinión favorable para que el mencionado Ofi cial al término de su Misión de Estudios, participe como Asesor en el Departamento de Estudios del Colegio Interamericano de Defensa (CID), del 19 de julio de 2013 al 30 de junio de 2014; Que, es conveniente para los intereses institucionales, nombrar en Comisión Especial en el Exterior al Capitán de Fragata César Eduardo SCHEELJE Loredo, como Asesor en el Departamento de Estudios del Colegio Interamericano de Defensa (CID), en la ciudad de Washington D.C., Estados Unidos de América, del 19 de julio de 2013 al 30 de junio de 2014; por cuanto las experiencias a adquirirse permitirán contar con personal altamente capacitado en todos los aspectos inherentes al desarrollo humano, profesional y ocupacional, el cual redundará en benefi cio de la Marina de Guerra del Perú; Que, mediante el Decreto Supremo Nº 004-2009-DE/SG, de fecha 3 de febrero de 2009, se modifi có el Reglamento de Viajes al Exterior del Personal Militar y Civil del Sector Defensa aprobado con el Decreto Supremo Nº 002-2004- DE/SG, de fecha 26 de enero de 2004, estableciéndose la modalidad de viajes denominada Comisión Especial en el Exterior, que permite la designación de personal militar en actividad o retiro en las representaciones permanentes del Perú ante Organismos Internacionales, a órdenes del Ministerio de Relaciones Exteriores; Que, teniendo en cuenta que la duración de la Comisión Especial en el Exterior abarca más de un ejercicio presupuestal, los pagos correspondientes al período comprendido del 19 de julio al 31 de diciembre de 2013, se efectuarán con cargo al Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2013; y para completar el período de duración de la Comisión Especial en el Exterior del 1 de