Norma Legal Oficial del día 19 de julio del año 2013 (19/07/2013)


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TEXTO DE LA PÁGINA 13

El Peruano Viernes 19 de MORDAZA de 2013

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2002 y su modificatoria; el Decreto Supremo Nº 002-2004DE/SG, de fecha 26 de enero de 2004 y sus modificatorias, que reglamentan los Viajes al Exterior del Personal Militar y Civil del Sector Defensa; el Decreto Supremo N° 024-2009DE/SG, de fecha 19 de noviembre de 2009, que determina la jerarquia y uso de las normas de caracter administrativo que se aplicaran en los distintos organos del Ministerio; Estando a lo propuesto por el Comandante General de la MORDAZA y a lo acordado con el Ministro de Defensa; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar el viaje al exterior en Comision Especial en el Exterior del Capitan de Fragata MORDAZA MORDAZA TEIXEIRA MORDAZA, CIP. 00922122 y DNI. 43844035, para que se desempene como Representante Permanente Alterno del Peru ante la Organizacion Maritima Internacional (OMI), en la MORDAZA de Londres, Reino Unido de Gran Bretana e Irlanda del Norte, del 23 de MORDAZA de 2013 al 22 de MORDAZA de 2015, a ordenes del Ministerio de Relaciones Exteriores. Articulo 2°.- El Ministerio de Defensa - MORDAZA de MORDAZA del Peru, efectuara los pagos que correspondan al Ano Fiscal 2013, de acuerdo a los conceptos siguientes: Pasajes Aereos (ida): MORDAZA - Londres (Reino Unido de Gran Bretana) US$ 2,700.00 x 4 personas US$ 10,800.00

CONSIDERANDO: Que, el Estado Peruano, es miembro de la Organizacion Maritima Internacional (OMI) desde el ano 1968, situacion que coloca al MORDAZA en una posicion privilegiada para velar por los intereses maritimos y portuarios en el referido Organismo especializado de la Organizacion de las Naciones Unidas (ONU), considerando el gran esfuerzo que se viene desarrollando para la promocion y desarrollo de inversiones maritimas y portuarias en beneficio de la integracion nacional y de las exportaciones peruanas; en consecuencia, se requiere tener una mayor representatividad como Estado miembro de la Organizacion Maritima Internacional (OMI), a fin de garantizar una participacion mas activa en los diferentes grupos de trabajo y sub comites; Que, la MORDAZA de MORDAZA del Peru, ha considerado dentro de sus prioridades para el ano 2013, la designacion de UN (1) Oficial Superior para que se desempene como Representante Permanente Alterno del Peru ante la Organizacion Maritima Internacional (OMI), del 23 de MORDAZA de 2013 al 22 de MORDAZA de 2015, en la MORDAZA de Londres, Reino Unido de Gran Bretana e Irlanda del Norte; Que, el citado viaje ha sido incluido en el Rubro 7: Representacion Nacional ante Organismo Internacional, Item 18, Anexo 2 (RDR) del Plan Anual de Viajes al Exterior del Sector Defensa Ano Fiscal 2013, aprobado mediante Resolucion Suprema N° 091-2013-DE/, de fecha 15 de marzo de 2013; Que, los gastos que ocasione la presente Comision Especial en el Exterior, se efectuaran con cargo al Presupuesto Institucional Ano Fiscal 2013 de la Unidad Ejecutora 004: MORDAZA de MORDAZA del Peru, de conformidad con el Articulo 13° del Decreto Supremo N° 047-2002-PCM, de fecha 5 de junio de 2002; Que, teniendo en cuenta que la duracion de la Comision Especial MORDAZA mas de un ejercicio presupuestal, los pagos correspondientes al periodo comprendido del 23 de MORDAZA al 31 de diciembre de 2013, se efectuaran con cargo al Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2013; y, para completar el periodo de duracion de la Comision Especial a partir del 1 de enero de 2014 al 22 de MORDAZA de 2015, los pagos se efectuaran con cargo al Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal respectivo; Que, mediante el Decreto Supremo N° 004-2009-DE/SG, de fecha 3 de febrero de 2009, se modifico el Reglamento de Viajes al Exterior del Personal Militar y Civil del Sector Defensa aprobado con el Decreto Supremo N° 002-2004DE/SG, de fecha 26 de enero de 2004, estableciendose la modalidad de viajes denominada Comision Especial en el Exterior, que permite la designacion de personal militar en actividad o retiro en las representaciones permanentes del Peru ante Organismos Internacionales, a ordenes del Ministerio de Relaciones Exteriores; Que, de conformidad con el Articulo 26º de la Ley Nº 28359 - Ley de Situacion Militar de los Oficiales de las Fuerzas Armadas, modificado por la Ley N° 29598 y por el Decreto Legislativo N° 1143, el Oficial nombrado en Comision de Servicio o Mision de Estudios por cuenta del Estado en el extranjero, esta impedido de solicitar su pase a la Situacion Militar de Disponibilidad o Retiro, hasta despues de haber servido en su respectiva Institucion Armada el tiempo minimo previsto en el Articulo 23° de la referida MORDAZA, mas el tiempo compensatorio previsto en el mismo Articulo; y, conforme a su Reglamento, aprobado mediante el Decreto Supremo N° 007-2005-DE/SG, de fecha 14 de febrero de 2005, modificado por el Decreto Supremo N° 010-2010-DE, de fecha 20 de noviembre de 2010; Que, el Articulo 2º de la Resolucion Ministerial Nº 778-2008DE/SG, de fecha 25 de MORDAZA de 2008, dispone que los Organos Competentes, Organismos Publicos Descentralizados, Unidades Ejecutoras y Empresas del Sector Defensa, cumplan con incorporar en sus propuestas de Resolucion Suprema de autorizacion de viajes del Personal Militar y Civil del Sector, una disposicion que precise, en los casos que corresponda, que el otorgamiento de la Compensacion Extraordinaria Mensual por Servicios en el Extranjero se MORDAZA por dias reales y efectivos, independientemente de la modalidad del referido viaje, conforme a lo dispuesto en el Reglamento de Viajes al Exterior del Personal Militar y Civil del Sector Defensa, aprobado por el Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/SG, de fecha 26 de enero de 2004 y sus modificatorias; De conformidad con el Decreto Legislativo Nº 1134 - Ley de Organizacion y Funciones del Ministerio de Defensa; la Ley N° 29951 - Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2013; la Ley Nº 27619 - Ley que regula la Autorizacion de Viajes al Exterior de Servidores y Funcionarios Publicos y su Reglamento, aprobado con el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, de fecha 5 de junio de

Compensacion Extraordinaria por Servicios en el Extranjero: US$ 8,190.00 / 31 x 9 dias (julio 2013) US$ 2,378.00 US$ 8,190.00 x 5 meses (agosto - diciembre 2013) US$ 40,950.00 Gastos de Traslado (ida): US$ 8,190.00 x 2 compensaciones TOTAL A PAGAR: US$ 16,380.00 --------------------US$ 70,508.00

Articulo 3º.- El otorgamiento de la Compensacion Extraordinaria Mensual por Servicio en el Extranjero, se MORDAZA por dias reales y efectivos de servicios en el exterior, conforme a lo dispuesto en el Reglamento de Viajes al Exterior del Personal Militar y Civil del Sector Defensa, aprobado por el Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/SG, de fecha 26 de enero de 2004 y sus modificatorias, y con cargo al respectivo Presupuesto Institucional del Ano Fiscal correspondiente. Articulo 4º.- Los gastos por pago de traslado y pasajes aereos de retorno que origine el cumplimiento de la presente autorizacion de viaje en Comision Especial en el Exterior, se efectuara con cargo a las partidas presupuestales del Sector Defensa - MORDAZA de MORDAZA del Peru del Ano Fiscal correspondiente, de conformidad con la normativa vigente. Articulo 5°.- El Ministro de Defensa queda facultado para variar la fecha de inicio y termino de la autorizacion a que se refiere el Articulo 1°, sin exceder el total de dias autorizados; y sin variar la actividad para la cual se autoriza el viaje, ni el nombre del participante. Articulo 6°.- El Oficial Superior comisionado, debera cumplir con presentar un informe detallado ante el Titular de la Entidad, describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado, dentro de los QUINCE (15) dias calendario contados a partir de la fecha de retorno al pais. Articulo 7°.- El mencionado Oficial Superior, revistara en la Direccion General del Personal de la MORDAZA del Peru, por el periodo que dure la Comision Especial en el Exterior. Articulo 8°.- El citado Oficial Superior esta impedido de solicitar su pase a la situacion militar de disponibilidad y retiro, hasta despues de haber servido en su respectiva Institucion Armada el tiempo minimo, mas el tiempo compensatorio dispuesto en la Ley de la materia. Articulo 9°.- La presente Resolucion Suprema, sera refrendada por el Ministro de Defensa, la Ministra de Relaciones Exteriores y el Presidente del Consejo de Ministros. Registrese, comuniquese y publiquese. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA F. MORDAZA MAYOR Presidente del Consejo de Ministros MORDAZA CATERIANO MORDAZA Ministro de Defensa EDA A. MORDAZA FRANCHINI Ministra de Relaciones Exteriores

964464-7

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