Norma Legal Oficial del día 19 de julio del año 2013 (19/07/2013)


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TEXTO DE LA PÁGINA 24

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por las Resoluciones Directorales Nºs 7150-2006-MTC/15 y 4284-2008-MTC/15 y elevada a rango de Decreto Supremo conforme al Articulo 2º del Decreto Supremo Nº 016-2008 MTC, sobre "Regimen de autorizacion y funcionamiento de las Entidades Certificadoras de Conversiones y Talleres de Conversion a GNV", en adelante La Directiva, establece el procedimiento y requisitos que deben presentar las personas juridicas para ser autorizadas como Talleres de Conversion a Gas Natural Vehicular; Que, el numeral 6 de la citada Directiva, el Taller de Conversion a Gas Natural Vehicular es el establecimiento autorizado por la Direccion General de Transporte Terrestre para realizar la conversion del sistema de combustion de los vehiculos originalmente disenados para la combustion de gasolina, al sistema de combustion de GNV, mediante la incorporacion de un kit de conversion o el cambio de motor, para cuyo efecto dispone de personal tecnico capacitado, instalaciones, equipos y herramientas para la instalacion, mantenimiento y reparacion de los equipos de conversion, del motor dedicado instalado y del vehiculo convertido en general; Que, mediante Resolucion Directoral Nº 8779-2008MTC/15 de fecha 10 de MORDAZA de 2009, se autorizo a la empresa denominada DESARROLLO DE NEGOCIOS INTERNACIONALES S.A.C. ­ IBD S.A.C., con RUC Nº 20260682157 y con domicilio en Jr. MORDAZA MORDAZA Nº 3377 Urb. Industrial Panamericana, Distrito de Independencia, Provincia y Departamento de Lima; para operar como Taller de conversiones a Gas Natural Vehicular ­ GNV, conforme a lo dispuesto en La Directiva Nº 001-2005-MTC/15, aprobada mediante Resolucion Directoral Nº 3990-2005-MTC/15 modificada por las Resoluciones Directorales Nºs 71502006-MTC/15, 4284-2008-MTC/15 y elevada al rango de Decreto Supremo mediante articulo 2º del Decreto Supremo Nº 016-2008-MTC que regula el "Regimen de autorizacion y funcionamiento de las Entidades Certificadoras de Conversiones y de los Talleres de Conversion a GNV"; Que, mediante Parte Diario Nº 025986 de fecha 01 de marzo de 2013 la empresa DESARROLLO DE NEGOCIOS INTERNACIONALES S.A.C.- IBD S.A.C., solicita autorizacion para el cambio completo de motor gasolinero diesel o GLP por otro dedicado a GNV a vehiculos de las categorias M2 y M3, en el local ubicado en el Jr. MORDAZA MORDAZA Nº 3377 Urb. Industrial Panamericana, Distrito de Independencia, Provincia y Departamento de MORDAZA, con la finalidad de realizar la conversion del sistema de combustion de los vehiculos originalmente disenados para la combustion de gasolina, diesel o GLP al sistema de combustion de GNV mediante la incorporacion de un kit de conversion, para cuyo efecto manifiesta disponer de personal tecnico capacitado, instalaciones, equipos y herramientas para la instalacion, mantenimiento y reparacion de los equipos de conversion; Que, con Oficio Nº 1623-2013-MTC/15.03 de fecha 14 de marzo de 2013 y notificado el 15 de marzo de 2013, esta administracion formulo las observaciones pertinentes a la solicitud presentada por La Empresa, requiriendole la subsanacion correspondiente, para la cual se le otorgo un plazo de diez (10) dias habiles, y mediante Parte Diario Nº 036480 de fecha 26 de marzo de 2013, presento la documentacion requerida con la finalidad de subsanar las observaciones senaladas en el oficio indicado; Que, de acuerdo al Informe Nº 268-2013-MTC/15.03. A.A., elaborado por la Direccion de Circulacion y Seguridad Vial, se advierte que la documentacion presentada, cumple con lo establecido en los numerales 6.1.2.1 y 6.2 del articulo 6º de la citada Directiva, por lo que procede emitir el acto administrativo autorizando a la empresa DESARROLLO DE NEGOCIOS INTERNACIONALES S.A.C.- IBD S.A.C., como Taller de Conversion a Gas Natural Vehicular ­ GNV para el cambio completo de motor gasolinero diesel o GLP por otro dedicado a GNV a vehiculos de la categoria M2 y M3 para la instalacion del kit de conversion o el cambio de motor correspondiente; Que, de conformidad con la Ley Nº 29370, Decreto Supremo Nº 058-2003-MTC y sus modificatorias; y la Directiva Nº 001-2005-MTC/15 sobre el "Regimen de Autorizacion y Funcionamiento de las Entidades Certificadoras de Conversiones y de los Talleres de Conversion a GNV", aprobada por Resolucion Directoral Nº 3990-2005-MTC/15 y modificada por las Resoluciones Directorales Nºs 7150-2006-MTC/15 y 4284-2008-MTC/15 y elevado al rango de Decreto Supremo conforme al Articulo 2º del Decreto Supremo Nº 016-2008-MTC. SE RESUELVE: Articulo Primero.- Autorizar a la empresa DESARROLLO DE NEGOCIOS INTERNACIONALES

El Peruano Viernes 19 de MORDAZA de 2013

S.A.C.- IBD S.A.C., como Taller de Conversion a Gas Natural Vehicular ­ GNV para el cambio completo de motor gasolinero diesel o GLP por otro dedicado a GNV a vehiculos de la categoria M2 y M3 para la instalacion del kit de conversion o el cambio de motor correspondiente y operar en el local ubicado en Jr. MORDAZA MORDAZA Nº 3377, Urb. Industrial Panamericana, Distrito de Independencia, Provincia y Departamento de Lima; por el plazo de cinco (05) anos contados a partir del dia siguiente de la publicacion de la presente Resolucion Directoral en el Diario Oficial "El Peruano". Articulo Segundo.- La empresa DESARROLLO DE NEGOCIOS INTERNACIONALES S.A.C.- IBD S.A.C., bajo responsabilidad debe presentar a la Direccion General de Transporte Terrestre del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, el correspondiente "Certificado de Inspeccion del Taller" vigente emitido por alguna Entidad Certificadora de Conversiones MORDAZA del vencimiento de los plazos que se senalan a continuacion:
ACTO Primera Inspeccion anual del taller MORDAZA Inspeccion anual del taller Tercera Inspeccion anual del taller Cuarta Inspeccion anual del taller MORDAZA Inspeccion anual del taller Fecha MORDAZA de MORDAZA 11 de febrero de 2014 11 de febrero de 2015 11 de febrero de 2016 11 de febrero de 2017 11 de febrero de 2018

En caso que la empresa autorizada no presente el correspondiente "Certificado de Inspeccion del Taller" vigente al vencimiento de los plazos MORDAZA indicados, se procedera conforme a lo establecido en el numeral 6.6 del articulo 6º de la Directiva Nº 001-2005-MTC/15 referida a la caducidad de la autorizacion. Articulo Tercero.- La empresa DESARROLLO DE NEGOCIOS INTERNACIONALES S.A.C.- IBD S.A.C., bajo responsabilidad debe presentar a la Direccion General de Transporte Terrestre del Ministerio de Transportes y Comunicaciones la renovacion o contratacion de una nueva poliza de seguro de responsabilidad civil extracontractual contratada MORDAZA del vencimiento de los plazos que se senalan a continuacion:
ACTO Primera renovacion o contratacion de nueva poliza Fecha MORDAZA de MORDAZA 22 de octubre de 2013

MORDAZA renovacion o contratacion de 22 de octubre de 2014 nueva poliza Tercera renovacion o contratacion de nueva poliza Cuarta renovacion o contratacion de nueva poliza MORDAZA renovacion o contratacion de nueva poliza 22 de octubre de 2015 22 de octubre de 2016 22 de octubre de 2017

En caso que la empresa autorizada, no cumpla con presentar la renovacion o contratacion de una nueva poliza al vencimiento de los plazos MORDAZA indicados, se procedera conforme a lo establecido en el numeral 6.6 del articulo 6º de la Directiva Nº 001-2005-MTC/15 referida a la caducidad de la autorizacion. Articulo Cuarto.- Remitir a la Superintendencia de Transporte Terrestre de Personas, Carga y Mercancias (SUTRAN), MORDAZA de la presente Resolucion Directoral para las acciones de control conforme a su competencia. Articulo Quinto.- Remitase MORDAZA de la presente Resolucion Directoral al Administrador del Sistema de Control de Carga de GNV. Articulo Sexto.- La presente Resolucion Directoral entrara en vigencia al dia siguiente de su publicacion en el Diario Oficial El Peruano. El costo de la publicacion de la presente Resolucion Directoral sera asumido por la empresa solicitante. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA QWISTGAARD MORDAZA Director General (e) Direccion General de Transporte Terrestre

940763-1

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