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El Peruano Viernes 19 de julio de 2013 499686 señalando que la estructura orgánica del Gobierno local la conforman el Concejo Municipal como órgano normativo y fi scalizador y la Alcaldía como órgano ejecutivo; asimismo el numeral 1) del artículo 195, establece que las Municipalidades, en ejercicio de su autonomía política, económica y administrativa, tienen competencia exclusiva para aprobar su organización interna; Que, la Ley Nº 27972, ley orgánica de Municipalidades en su artículo 40º establece que las ordenanzas son las normas de carácter general de mayor jerarquía, en la estructura normativa municipal, por medio de las cuales se aprueba la organización interna, la regularización, administración y supervisión de los servicios públicos y las materias en las que la Municipalidad tiene; y que en su artículo 9º numeral 32, establece que corresponde al Concejo Municipal aprobar el Cuadro para Asignación de Personal (CAP); Que, la organización Municipal debe ser diseñada para obtener sus objetivos estratégicos; debiendo ajustarse la estructura de la organización para facilitar el desarrollo de las actividades de la gestión, el fortalecimiento de la cultura organizacional, el trabajo en equipo y la productividad; con lo cual se debe lograr ser efi cientes y efi caces, a fi n de satisfacer las demandas y expectativas de los vecinos de Aucallama; Que, el proyecto de Reglamento de Organización y Funciones ha sido elaborado de acuerdo a los lineamientos técnicos que establece el Decreto Supremo Nº 043-2006- PCM “Lineamientos para la Elaboración y Aprobación del Reglamento de Organización y Funciones de las Entidades de la Administración Pública”; el mismo que cuenta con informe favorable de la Gerencia Municipal. Que, el Cuadro para asignación del Personal ha sido elaborado de acuerdo lo estipulado en el D.S. Nº 043-2004- PCM que aprueba los “Lineamientos para la Elaboración y Aprobación del Cuadro para Asignación de Personal – CAP de las Entidades de la Administración Pública” y que es de alcance para los Gobiernos Locales; Estando a lo expuesto y en uso de las Facultades conferidas por el Artículo 9º de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972, y contando con el voto unánime del Concejo Municipal, se expide la siguiente; ORDENANZA QUE APRUEBA LA NUEVA ESTRUCTURA ORGÁNICA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE AUCALLAMA Y SU REGLAMENTO DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONES Artículo Primero.- APROBAR, la nueva estructura orgánica de la Municipalidad Distrital de Aucallama y su Reglamento de Organización y Funciones, que consta de tres (03) títulos, cinco (05) capítulos, 111 artículos y cuatro (04) disposiciones complementarias, en términos que constan en el anexo adjunto, que forma parte de la presente Ordenanza. Artículo Segundo.- APROBAR, el Cuadro para Asignación de Personal (CAP) de la Municipalidad Distrital de Aucallama, que consta en total de 95 cargos, de conformidad a los Formatos que en Anexo adjunto constituye parte integrante de la presente ordenanza municipal. Artículo Tercero. ENCARGAR, a la Gerencia Municipal, Ofi cina de Planifi cación y Presupuesto y demás Unidades Orgánicas su debido cumplimiento, de acuerdo al ámbito de sus funciones. Artículo Cuarto.- PUBLIQUESE, la presente Ordenanza Municipal en el Diario Ofi cial El Peruano, y en el portal de la Municipalidad Distrital de Aucallama la Ordenanza y los anexos que forman parte integrante de la misma. Artículo Quinto.- DERÓGESE, toda norma que se opongan a la presente Ordenanza Municipal. POR TANTO: Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. CÉSAR E. BALCÁZAR LABRÍN Alcalde 964076-2 REQUISITOS PARA PUBLICACIÓN DE DECLARACIONES JURADAS Se comunica a los organismos públicos que, para efecto de la publicación en la Separata Especial de Declaraciones Juradas de Funcionarios y Servidores Públicos del Estado, se deberá tomar en cuenta lo siguiente: 1. La solicitud de publicación se efectuará mediante ofi cio dirigido al Director del Diario Ofi cial El Peruano y las declaraciones juradas deberán entregarse en copias autenticadas o refrendadas por un funcionario de la entidad solicitante. 2. La publicación se realizará de acuerdo al orden de recepción del material y la disponibilidad de espacio en la Separata de Declaraciones Juradas. 3. La documentación a publicar se enviará además en archivo electrónico (diskette o cd) y/o al correo electrónico: dj@editoraperu.com.pe, precisando en la solicitud que el contenido de la versión electrónica es idéntico al del material impreso que se adjunta; de no existir esta identidad el cliente asumirá la responsabilidad del texto publicado y del costo de la nueva publicación o de la Fe de Erratas a publicarse. 4. Las declaraciones juradas deberán trabajarse en Excel, presentado en dos columnas, una línea por celda. 5. La información se guardará en una sola hoja de cálculo, colocándose una declaración jurada debajo de otra. LA DIRECCIÓN