Norma Legal Oficial del día 23 de julio del año 2013 (23/07/2013)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 60

499914
los requisitos y derechos establecidos en la presente Ordenanza. Articulo Tercero.- REQUISITOS.- Los expedientes de Regularizacion, independientemente de la Modalidad edificatoria a la que corresponden, necesariamente deberan cumplir los siguientes requisitos: 1. Formulario unico de edificacion FUE por triplicado, suscrito por el solicitante y por los profesionales responsables. 2. Documentacion tecnica requerida: Planos de ubicacion, arquitectura, a escala reglamentaria y conveniente para su comprension y lectura. Presupuesto de obra segun valores unitarios de edificacion; todos suscritos por el propietario o representante debidamente acreditado y el profesional correspondiente. Fotografias del entorno, en caso MORDAZA necesarios. 3. Recibo de pagos realizados para el tramite: segun el MORDAZA institucional. Derecho administrativo: S/. 205,30 nuevos soles. 4. Recibo de pagos por derecho de Licencia (1,1% del valor de obra), supervision y la multa correspondiente, a cancelar luego de aprobada la evaluacion tecnica y segun Liquidacion de pagos emitida por la Sub Gerencia de Control MORDAZA y Obras Privadas. 5. Carta de seguridad de obra, suscrito por Ingeniero civil colegiado. 6. Declaracion jurada de encontrase habilitados, suscrita por cada uno de los profesionales que presentan el proyecto, indicando su nombre completo, numero de colegiatura. 7. Pagos por Revision al Colegio de Arquitectos, Colegio de Ingenieros, Cuerpo General de Bomberos Voluntarios del Peru, Ministerio de Cultura e INDECI (cuando corresponda), o en su defecto acreditar la aprobacion del Proyecto por Revisores Urbanos, debidamente autorizados por la autoridad competente (para las Modalidades C y D previstas en la Ley). 8. Para el caso de obras en ejecucion las que cuenten con mas del 60% de avance, debera presentarse la Poliza CAR (Todo riesgo contratista) correspondiente al periodo de vigencia de la edificacion restante. 9. Adjuntar el PU Y HR, para apoyar la informacion del expediente y contrastar lo real con lo solicitado. PARA CASOS ESPECIALES: 10. En el caso que, quien solicite la licencia no sea el propietario, debe acreditar la representacion del titular. 11. Para los casos de personas juridicas, se acompanara la vigencia del poder correspondiente. 12. En casos especiales, de conformidad con el RNE y demas normas especificas, se requerira acreditar la aprobacion de Estudios de Impacto Ambiental, Vial y/o Mecanica de suelos con fines de edificacion. 13. Para los casos de remodelaciones, ampliaciones o demoliciones, presentar la MORDAZA literal de la declaratoria de fabrica de las edificaciones existentes, junto con los planos de las edificaciones existentes; o en su defecto acreditar la existencia de una Licencia de Edificacion o Conformidad de obra. OPCIONAL, Documentos a considerar para una mejor evaluacion del expediente: 1. Certificado Edificatorios. de Parametros Urbanisticos y

El Peruano Martes 23 de MORDAZA de 2013

edificacion a regularizar. b) El expediente sera ingresado y admitido por la Unidad de Tramite Documentario, la cual verificara el cumplimiento de los requisitos y pago previstos en el Articulo Tercero de la presente Ordenanza y de ser conforme, remitira el expediente a la Subgerencia de Control MORDAZA, Catastro y Obras Privadas, para su evaluacion. Si el expediente estuviera incompleto se aplicara lo dispuesto en el Articulo 125º de la Ley 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General. c) La Subgerencia de Control MORDAZA y Obras Privadas procedera en un plazo no mayor de 15 dias a realizar los siguientes actos: 1. Efectuar la inspeccion ocular de la obra, materia del pedido de regularizacion. 2. Verificar que los planos presentados se encuentren de acuerdo a la obra existente. 3. Emitir un informe tecnico sobre la realidad fisica de la obra con respecto al cumplimiento de los parametros urbanisticos y edificatorios aplicables al inmueble en la fecha de ejecucion de la obra o, en todo caso, los parametros vigentes, no pudiendose aplicar ambos supuestos a la vez. d) Seguidamente se procedera a realizar la liquidacion de los derechos y la Multa equivalente al 10% del valor de la obra a regularizar. Una vez cancelada la liquidacion, se procedera a emitir la resolucion de Licencia de Edificacion en vias de regularizacion. e) La Licencia otorgada de acuerdo a la presente ordenanza produce la anulacion de las multas anteriores, impuestas producto de procedimientos sancionadores relacionados a las obras materia de regularizacion. f) El procedimiento de Conformidad de obra y Declaratoria de fabrica debera ser realizado de acuerdo al Decreto Supremo Nº 008-2013-VIVIENDA. Articulo Cuarto.- GERENCIAS ENCARGADAS DE SU CUMPLIMIENTO.- Encarguese a la Gerencia de Desarrollo MORDAZA, el cumplimiento de sus fines, asi como la disposicion al publico en plataforma de atencion, de los instrumentos normativos del distrito: Plano de Zonificacion, Parametros Urbanisticos y Edificatorios, requisitos de los tramites, entre otros; a la Gerencia de Participacion Vecinal, Gerencia de Rentas, Gerencia de Imagen y Comunicacion social y Sub Gerencia de Informatica, la efectiva promocion y difusion de los alcances de la presente Ordenanza. Articulo Quinto.- VIGENCIA.- El plazo de vigencia de la presente Ordenanza es hasta el 31 de diciembre del 2013, no siendo factible iniciar, ni tramitar procedimientos de regularizacion vencido el plazo de vigencia. DISPOSICIONES TRANSITORIAS Y FINALES Primera.- Facultese al senor MORDAZA Distrital para que mediante Decreto de Alcaldia se pueda prorrogar excepcionalmente el plazo de vigencia de la presente Ordenanza. Segunda.- Otorguese por la presente Ordenanza, un beneficio temporal extraordinario a los propietarios de edificaciones con uso exclusivo de vivienda unifamiliar que inicien durante los primeros sesenta dias de entrada en vigencia de la presente Ordenanza, la regularizacion de las edificaciones realizadas en sus predios, con el pago de la multa senalada en el articulo tercero, item d), con el 50% (cincuenta por ciento) del descuento de la multa senalada; asi tambien el 30% (cincuenta por ciento) de descuento de la misma para los propietarios de edificaciones con usos comerciales y mixtos de vivienda comercio y vivienda taller Tercera.- La presente Ordenanza no es aplicable para las edificaciones ubicadas en el Centro Historico del MORDAZA, que hayan sido declarados Patrimonio Cultural de la Nacion, Monumento Historico y/o formen parte de un Ambiente MORDAZA Monumental. Cuarto.- La presente Ordenanza con el fin de incentivar la regularizacion de edificaciones extendera

Articulo Cuarto.PROCEDIMIENTO.Para la admision, tramite, evaluacion y aprobacion, el procedimiento de regularizacion sera el siguiente: a) El plazo de atencion del expediente de regularizacion es de 20 dias habiles, renovables cuando se formulan observaciones, siendo el mismo de evaluacion previa con silencio administrativo positivo. Para la aprobacion del procedimiento se requiere que el proyecto cumpla con los parametros urbanisticos y edificatorios aplicables al inmueble en la fecha de ejecucion de obra o en todo caso los parametros vigentes, en lo que favorezca a la

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.