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El Peruano Martes 23 de julio de 2013 499897 correspondientes, los que constituyen derechos que el Ministerio de la Producción otorga a nivel nacional; Que, el Artículo 51° del Reglamento de la Ley General de Pesca, aprobado por Decreto Supremo N° 012-2001-PE, establece que durante la vigencia de la licencia de operación de cada planta de procesamiento, la transferencia en propiedad o cambio de posesión del establecimiento industrial pesquero, conlleva la transferencia de dicha licencia en los mismos términos y condiciones en que fue otorgada; Que, la Resolución Directoral N° 332-2007-PRODUCE/ DGEPP del 18 de julio de 2007, en su Artículo 3°, resuelve: Aprobar el cambio de titular de la licencia de operación otorgada a la empresa PRODUCTOS PESQUEROS PERUANOS S.A. por Resolución Ministerial N° 297- 94-PE, a favor de la empresa CORPORACIÓN PFB - CENTINELA S.A.C., para dedicarse a la actividad de procesamiento de productos hidrobiológicos, a través de la Planta de Enlatado con una capacidad instalada de 2,231 cajas/turno, en su establecimiento industrial pesquero ubicado en la Av. Principal s/n, Urbanización Gran Trapecio, distrito de Chimbote, provincia del Santa, departamento de Ancash; Que, la Resolución Directoral N° 784-2010- PRODUCE/DGEPP del 21 de diciembre de 2010, en su Artículo 1° resuelve: Ratifi car la aprobación automática recaída en la solicitud de modifi cación de la licencia de operación otorgada por Resolución Ministerial N° 297-94-PE, modifi cada en su titularidad mediante Resolución Directoral N° 332-2007-PRODUCE/DGEPP, entendiéndose que dicha licencia se encuentra otorgada a favor de CORPORACIÓN PFG - CENTINELA S.A.C., para que se dedique a la actividad de procesamiento de productos hidrobiológicos, a través de la Planta de Enlatado con una capacidad instalada de 2,231 cajas/turno, en su establecimiento industrial pesquero ubicado en la Av. Principal s/n, Urbanización Gran Trapecio, distrito de Chimbote, provincia del Santa, departamento de Ancash; y en su Artículo 2° resuelve modifi car la denominación de la empresa CORPORACIÓN PFB -CENTINELA S.A.C. del Anexo I, Plantas de Procesamiento Pesquero - Enlatado, de la Resolución Ministerial N° 041-2002-PE por CORPORACIÓN PFG - CENTINELA S.A.C.; Que, a través del escrito del visto, la empresa PESQUERA CENTINELA S.A.C. solicita el cambio de titular de la licencia de operación otorgada mediante Resolución Directoral N° 332-2007-PRODUCE/DGEPP y modifi cada con Resolución Directoral N° 784-2010- PRODUCE/DGEPP; Que, el Informe N° 037-2012-PRODUCE/DGEPP-Dch, de fecha 17 de enero del 2012, elaborado como resultado de la inspección técnica realizada en la planta de enlatado de productos hidrobiológicos de la empresa PESQUERA CENTINELA S.A.C., de su establecimiento ubicado en la Av. Principal s/n, Urbanización Gran Trapecio, distrito de Chimbote, provincia del Santa, departamento de Ancash, concluye que esta se encuentra en condiciones operativas, cuya capacidad instalada verifi cada y calculada es de 2,231 cajas/turno; Que, con Informe N° 082-2012-PRODUCE/DGEPP- Dch, de fecha 02 de febrero del 2012, la Supervisora del Programa Sectorial I, concluye que en cuanto a los requisitos técnicos que establece el procedimiento N° 29, del Texto Único de Procedimientos Administrativos del Ministerio de la Producción correspondiente al Cambio de Titular de la Licencia de Operación con Constancia de EIA o PAMA, el resultado de la ejecución de la Inspección Técnica y Certifi cación del PAMA de la planta de procesamiento pesquero, de la empresa CENTINELA S.A.C., dan cuenta de su cumplimiento; Que, con Informe Legal N° 594-2012-PRODUCE/ DGCHD-Depchd,, de fecha 12 de diciembre del 2012, el letrado que lo suscribe opina que corresponde aprobar el Cambio de Titular del Permiso de Operación de Planta, solicitado por la empresa PESQUERA CENTINELA S.A.C., del otorgado por Resolución Directoral N° 332- 2007-PRODUCE/DGEPP, de fecha 18 de julio del 2007, modifi cado por Resolución Directoral N° 784-2010- PRODUCE-DGEPP, de fecha 21 de diciembre del 2010, a la empresa CORPORACIÓN PFG CENTINELA S.A.C., para su planta de conservas ubicada en la Av. Principal s/n distrito de Chimbote - provincia del Santa - departamento de Ancash; Estando a lo informado por la Dirección de Extracción y Producción Pesquera para Consumo Humano Directo; mediante los Informes Técnicos N° 037-2012-PRODUCE/ DGEPP y N° 082-2012-PRODUCE/DGEPP-Dch, e Informe Legal N° 594-2012-PRODUCE/DGCHD-Depchd; En uso de las facultades conferidas por el Artículo 118° del Reglamento de la Ley General de Pesca, aprobado por Decreto Supremo N° 012-2001-PE; y el literal o) del artículo 64° del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de la Producción, aprobado por Resolución Ministerial N° 343-2012-PRODUCE; SE RESUELVE: Artículo 1°.- Aprobar el cambio del titular de la licencia de operación de la empresa CORPORACIÓN PFG - CENTINELA S.A.C que fuera otorgada a través Resolución Directoral N° 332-2007-PRODUCE/DGEPP y modifi cada con Resolución Directoral N° 784-2010- PRODUCE/DGEPP, a favor de la empresa PESQUERA CENTINELA S.A.C., para desarrollar la actividad de procesamiento de productos hidrobiológicos a través de la Planta de Enlatado con una capacidad instalada de 2,231 cajas/turno, en su establecimiento industrial pesquero ubicado en la Av. Principal s/n, Urbanización Gran Trapecio, distrito de Chimbote, provincia del Santa, departamento de Ancash. Artículo 2º.- La empresa PESQUERA CENTINELA S.A.C. deberá operar su Planta de Enlatado cumpliendo con las normas técnico – sanitarias, ambientales y legales contenidas en el ordenamiento jurídico pesquero con la fi nalidad de garantizar el desarrollo sostenido de la actividad de procesamiento pesquero. Artículo 3°.- El incumplimiento de lo señalado en el artículo precedente será causal de caducidad del derecho otorgado o de las sanciones que resulten aplicables conforme a la normatividad vigente, según corresponda. Artículo 4°.- Remitir copia de la presente Resolución Directoral a la Dirección General de Supervisión y Fiscalización del Ministerio de la Producción y a la Dirección Regional de Pesquería de la Producción de Ancash, y consignarse en la página web del Portal Institucional del Ministerio de la Producción: www.produce.gob.pe Regístrese, comuníquese y publíquese. FRANCISCO JAVIER CORONADO SALEH Director General de Extracción y Producción Pesquera para Consumo Humano Directo 964521-7 Otorgan a Negocios Industriales Real N.I.R.S.A. S.A. permiso de pesca para operar embarcación pesquera de cerco de bandera ecuatoriana RESOLUCIÓN DIRECTORAL Nº 096-2012-PRODUCE/DGCHD Lima, 28 de diciembre del 2012 Visto: El escrito con Registro Nº 00079892-2012, de fecha 05 de octubre del 2012 y el adjunto Nº 5 de fecha 11 de diciembre del 2012, presentado por la empresa NEGOCIOS INDUSTRIALES REAL N.I.R.S.A. S.A., representada en el país por doña CLAUDIA MARIA CONSUELO LEON ROSAS identifi cada con DNI Nº 07812281 con domicilio legal en Av. La Encalada Nº 1257 Dpto. 303 Distrito de Surco, Provincia de Lima, Departamento de Lima; y, CONSIDERANDO: Que, el inciso c), del Artículo 43° del Decreto Ley N° 25977, Ley General de Pesca, dispone que las personas naturales o jurídicas requerirán de permiso de pesca para