Norma Legal Oficial del día 23 de julio del año 2013 (23/07/2013)


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TEXTO DE LA PÁGINA 45

El Peruano Martes 23 de MORDAZA de 2013

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CONSIDERANDO: Que, la Ministra de Estado en el Despacho de Relaciones Exteriores, senora Eda MORDAZA MORDAZA Franchini, viajara a la Republica Federativa del Brasil, en Visita Oficial, el 24 de MORDAZA de 2013; Que, con el objetivo de fortalecer la Alianza Estrategica entre ambos paises que este ano celebra su decimo aniversario y debido a la importancia de la referida visita para la relacion bilateral, se precisa que el Embajador en el Servicio Diplomatico de la Republica MORDAZA MORDAZA De la MORDAZA Ribeyro, Director General de MORDAZA, acompane a la senora Canciller en la comision MORDAZA senalada; Teniendo en cuenta la Hoja de Tramite (GAC) Nº 4118, del Despacho Viceministerial, de 18 de MORDAZA de 2013; y los Memoranda (DGA) Nº DGA0462/2013, de la Direccion General de MORDAZA, de 17 de MORDAZA de 2013, y (OPR) Nº OPR0337/2013, de la Oficina de Programacion y Presupuesto, de 18 de MORDAZA de 2013, que otorga certificacion de credito presupuestario al presente viaje; De conformidad con la Ley Nº 27619, Ley que regula la autorizacion de viajes al exterior de servidores y funcionarios publicos, modificada por la Ley Nº 28807 y su Reglamento aprobado por el Decreto Supremo Nº 0472002/PCM, modificado por el Decreto Supremo Nº 0562013/PCM; la Ley Nº 28091, Ley del Servicio Diplomatico de la Republica, su Reglamento y modificatorias; la Ley Nº 29357, Ley de Organizacion y Funciones del Ministerio de Relaciones Exteriores; y el numeral 10.1 del articulo 10º de la Ley Nº 29951, Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2013; SE RESUELVE: Articulo 1°.- Autorizar el viaje, en comision de servicios, del Embajador en el Servicio Diplomatico de la Republica MORDAZA MORDAZA De la MORDAZA Ribeyro, Director General de MORDAZA, a la MORDAZA de Brasilia, Republica Federativa del Brasil, del 23 al 24 de MORDAZA de 2013, por los motivos expuestos en la parte considerativa de la presente resolucion. Articulo 2º.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente comision de servicios seran cubiertos por el pliego presupuestal del Ministerio de Relaciones Exteriores, Meta 0083906: Conduccion y Asesoramiento de Lineas de Politica Exterior e Institucional, debiendo presentar la rendicion de cuenta en un plazo no mayor de quince (15) dias al termino del referido viaje, de acuerdo con el siguiente detalle:
Pasaje Aereo Clase Economica US$ 2,770.00 Viaticos por dia US$ 370.00 Numero Total de viaticos dias US$ 1 370.00

periodo igual, y siempre que se mantenga la vigencia de los requisitos presentados para la obtencion del permiso de pesca. Articulo 3°.- Disponer que las operaciones que se autorizan a traves de la presente resolucion, esten sujetas a lo establecido en el Reglamento de Ordenamiento Pesquero del Atun, aprobado por Decreto Supremo N° 0322003-PRODUCE, asi como a las normas sobre sanidad y medio ambiente; y demas que le MORDAZA aplicables. Articulo 4°.- Disponer que, el inicio de las operaciones de pesca de la embarcacion pesquera a que se refiere el Articulo 1° de la presente resolucion, este condicionado a llevar a bordo a un Tecnico Cientifico de Investigacion (TCI) del IMARPE, Asimismo, debera condicionarse el inicio de operaciones de la citada embarcacion a la instalacion del Sistema de Seguimiento Satelital­SISESAT a bordo de la referida embarcacion. Articulo 5°.- Disponer que el armador indicado en el Articulo 1º de la presente resolucion contrate como parte de la tripulacion de la embarcacion pesquera personal de nacionalidad peruana en una cifra no menor de (30%) sujetandose al cumplimiento de las disposiciones que les fueran aplicables conforme a la legislacion peruana. Articulo 6°.- El armador previo al inicio de las operaciones extractivas en aguas nacionales, arribara a puerto peruano, para la verificacion de la autoridad maritima del cumplimiento de las obligaciones establecidas en el primer parrafo del Articulo 4º y Articulo 5º precedentes. La verificacion anteriormente senalada debera ser realizada en un plazo MORDAZA de 48 horas. Articulo 7°.- Disponer que una vez terminada la vigencia del permiso de pesca otorgada mediante la presente resolucion, la empresa pesquera a traves de su representante legal en el MORDAZA, informe mediante declaracion jurada a la Direccion General de Extraccion y Produccion Pesquera para Consumo Humano Directo, la captura realizada por la embarcacion pesquera por especies y expresadas en toneladas, para fines estadisticos del Ministerio de la Produccion. Articulo 8°.- Disponer que el incumplimiento de la presente resolucion, sera causal de caducidad del permiso de pesca o de la aplicacion de las sanciones que pudieran corresponder, segun sea el caso, de conformidad con las disposiciones establecidas en el Decreto Ley Nº 25977Ley General de Pesca y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PE. Articulo 9°.- Disponer que la autorizacion que se otorga por la presente resolucion no exime a la empresa senalada en el Articulo 1º de la presente resolucion, de los procedimientos administrativos cuya competencia corresponda al Ministerio de Defensa y demas dependencias de la Administracion Publica. Articulo 10°.- Remitir MORDAZA de la presente Resolucion Directoral a la Direccion General de Supervision y Fiscalizacion del Ministerio de la Produccion, a las Direcciones Regionales Sectoriales de la Produccion del Litoral y a la Direccion General de Capitanias y Guardacostas del Ministerio de Defensa, y consignarse en el MORDAZA de la Pagina Web del Ministerio de la Produccion: www.produce.gob.pe Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA SALEH Director General de Extraccion y Produccion Pesquera para Consumo Humano Directo 964521-9

Nombres y Apellidos MORDAZA MORDAZA De la MORDAZA Ribeyro

Articulo 3º.- Dentro de los quince (15) dias calendario, posteriores a su retorno al MORDAZA, el citado funcionario diplomatico presentara a la Ministra de Relaciones Exteriores, un informe detallado sobre las acciones realizadas y los resultados obtenidos en el viaje autorizado. Articulo 4º.- La presente Resolucion Ministerial no MORDAZA ni exonera del pago de impuestos o de derechos aduaneros, cualquiera sea su clase o denominacion. Registrese, comuniquese y publiquese. EDA MORDAZA FRANCHINI Ministra de Relaciones Exteriores 965407-1 RESOLUCION MINISTERIAL Nº 0679/RE-2013 MORDAZA, 19 de MORDAZA de 2013 CONSIDERANDO: Que, la XXIII Cumbre Iberoamericana de Jefes de Estado y de Gobierno se realizara en la MORDAZA de Panama,

RELACIONES EXTERIORES
Autorizan viajes de funcionarios diplomaticos a Brasil y Espana, en comision de servicios
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 0674/RE-2013 MORDAZA, 19 de MORDAZA de 2013

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