Norma Legal Oficial del día 27 de julio del año 2013 (27/07/2013)


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TEXTO DE LA PÁGINA 24

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1.2. Problematica de los servicios turisticos vinculados a turismo rural comunitario. De acuerdo con lo senalado en el Programa Nacional de Turismo Rural Comunitario10, en el Peru se observa una problematica que viene afectando la competitividad de emprendimientos de turismo rural comunitario, la cual se resume en lo siguiente: · La poblacion que vive en el ambito del emprendimiento de turismo rural, en general, se encuentra en condiciones de pobreza, muchas veces pobreza extrema; sin aprovechar las ventajas que ofrece el desarrollo del turismo rural comunitario. · Limitadas facilidades turisticas e infraestructura de servicios basicos, lo cual no permite ofrecer servicios con calidad y seguridad al turista; por ejemplo, los servicios de restaurantes sin condiciones de salubridad o los servicios inadecuados de interpretacion o informacion cultural para los visitantes en el ambito visitado. · Baja calidad de los servicios en los emprendimientos turisticos: Limitadas capacidades de atencion a los turistas por parte de los impulsores de los emprendimientos de turismo rural comunitario, dado que se observa desarticulacion de los negocios con la cadena de valor en destino turistico, nulas capacidades en gestion empresarial de los emprendedores, entre otros. A traves de la inversion publica se busca reducir las limitaciones relacionadas con la provision de servicios basicos y la baja calidad de los servicios privados que proporcionan los emprendedores. II. CARACTERISTICAS DE LOS PROYECTOS DE INVERSION PUBLICA (PIP) VINCULADOS A EMPRENDIMIENTOS DE TURISMO RURAL COMUNITARIO 2.1. ¿Cuales son los requisitos para la formulacion de proyectos de inversion publica vinculados a emprendimientos de turismo rural comunitario? Los requisitos para la formulacion de Proyectos de Inversion Publica vinculados a emprendimientos de turismo rural comunitario son:

El Peruano Sabado 27 de MORDAZA de 2013

· El turismo se desarrolla a partir de la existencia de un recurso turistico con potencial para el desarrollo de la actividad turistica. Se debe entender como potencial turistico el que se cuente con los siguientes elementos: flujo de visitantes, que se base en la participacion y gestion local, que la oferta de los productos tenga como componente clave la cultura rural (expresion resultante de la relacion del hombre (anfitrion) con su entorno), entre otros. · Los recursos turisticos vinculados a los emprendimientos de turismo rural comunitario que formen parte del patrimonio cultural, deberan contar con opinion favorable del Ministerio de Cultura y/o Direccion Regional de Cultura, de ser el caso, respecto a la intencion de intervenir. Por otro lado, para el caso de recursos turisticos relacionados a Areas Naturales Protegidas ­ ANP, se debera contar con la opinion favorable del SERNANP o del Ministerio del Ambiente, segun corresponda. · Dado que el MINCETUR viene implementando el Programa de Turismo Rural Comunitario, a traves del cual se prioriza y clasifica permanentemente los emprendimientos de turismo rural comunitario a nivel nacional, los PIP vinculados a emprendimientos de turismo rural comunitario, deberan ser abordados teniendo en cuenta la priorizacion del MINCETUR. Para el caso de emprendimientos que no hayan sido priorizados por el MINCETUR, el proyecto debe tener como requisito la opinion favorable del MINCETUR. · Las areas donde se implementen las intervenciones asociadas a servicios turisticos publicos (como, infraestructura de servicios basicos y de instalaciones para facilidades turisticas), deberan ser de dominio publico, lo cual se debera demostrar, a traves de documentacion necesaria o de arreglos institucionales como convenios, actas de cesion en uso, resoluciones, contrato de compra y venta, etc. 2.2. ¿Como se define un PIP de vinculado a emprendimientos de turismo rural comunitario? Los PIP vinculados a emprendimientos de turismo rural comunitario permiten el desarrollo de las actividades

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MINCETUR: www.turismoruralperu.gob.pe.

REQUISITOS PARA PUBLICACION DE DECLARACIONES JURADAS
Se comunica a los organismos publicos que, para efecto de la publicacion en la Separata Especial de Declaraciones Juradas de Funcionarios y Servidores Publicos del Estado, se debera tomar en cuenta lo siguiente: 1. La solicitud de publicacion se efectuara mediante oficio dirigido al Director del Diario Oficial El Peruano y las declaraciones juradas deberan entregarse en copias autenticadas o refrendadas por un funcionario de la entidad solicitante. 2. La publicacion se realizara de acuerdo al orden de recepcion del material y la disponibilidad de espacio en la Separata de Declaraciones Juradas. 3. La documentacion a publicar se enviara ademas en archivo electronico (diskette o cd) y/o al correo electronico: dj@editoraperu.com.pe, precisando en la solicitud que el contenido de la version electronica es identico al del material impreso que se adjunta; de no existir esta identidad el cliente asumira la responsabilidad del texto publicado y del costo de la nueva publicacion o de la Fe de Erratas a publicarse. 4. Las declaraciones juradas deberan trabajarse en Excel, presentado en dos columnas, una linea por celda. 5. La informacion se guardara en una sola hoja de calculo, colocandose una declaracion jurada debajo de otra.
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