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El Peruano Sábado 1 de junio de 2013 496245 Autorizan viaje de funcionario del Ministerio de Energía y Minas a Ecuador, en comisión de servicios RESOLUCIÓN SUPREMA N° 039-2013-EM Lima, 31 de mayo de 2013 Visto, el Ofi cio RE (DGM-DMA) Nº 2-13-B/54 de fecha 02 de mayo de 2013, el Ministerio de Relaciones Exteriores de Perú hace extensiva la invitación al Ministerio de Energía y Minas del Perú, a fi n de participar en calidad de miembro del Comité Andino contra la Minería Ilegal, a la IV Reunión del Comité Andino contra la Minería Ilegal; CONSIDERANDO: Que, los días 04 y 05 de junio de 2013, se celebrará en la ciudad de Quito, República del Ecuador, la IV Reunión del Comité Andino, en lo referente contra la Minería Ilegal, de la que forma parte el Ministerio de Energía y Minas; Que, de conformidad con el artículo 4 de la Ley Orgánica del Sector Energía y Minas, aprobada por Decreto Ley Nº 25962, pertenece al ámbito del Sector Energía y Minas todo lo vinculado a los recursos energéticos y mineros del país, así como todas las actividades destinadas al aprovechamiento de tales recursos; Que, de conformidad con el artículo 2 del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Energía y Minas, aprobado por Decreto Supremo Nº 031-2007- EM, el Ministerio de Energía y Minas tiene por fi nalidad promover el desarrollo integral y sostenible de las actividades minero energéticas; Que, el numeral 10.1 del artículo 10 de la Ley Nº 29951, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2013, establece, respecto a los viajes al exterior de servidores o funcionarios públicos y representantes del Estado, que el requerimiento de excepciones adicionales, a las señaladas en los literales a), b), c) y d) del mismo numeral, en el caso de las entidades del Poder Ejecutivo, deberá canalizarse a través de la Presidencia del Consejo de Ministros y se autoriza mediante Resolución Suprema refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros; Que, en consecuencia, resulta pertinente autorizar el viaje del Ingeniero Víctor Vargas Vargas, representante del Ministerio de Energía y Minas - MEM, cuyos gastos serán cubiertos con cargo al presupuesto de la mencionada entidad; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, la Ley Nº 29951, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2013 y el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, que aprueba las normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos; y, SE RESUELVE: Artículo 1.- Autorizar, por excepción, el viaje en comisión de servicios del Ingeniero Víctor Vargas Vargas, representante del Ministerio de Energía y Minas – MEM, a la ciudad de Quito, República del Ecuador, del 03 al 06 de junio de 2013, para los fi nes expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución. Artículo 2.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente Resolución, serán con cargo al presupuesto del Ministerio de Energía y Minas – MEM, de acuerdo al siguiente detalle: Pasajes + TUUA US$ 1 100.00 Viáticos (US$ 200.00 x 3 días) US$ 600.00 Total US$ 1 700.00 Artículo 3.- Dentro de los quince (15) días calendario siguientes de efectuado el viaje el citado funcionario deberá presentar ante el Titular del Sector un informe detallado describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje realizado. Artículo 4.- La presente norma no otorga derecho a exoneración o liberación de impuestos de aduana de cualquier clase o denominación a favor del funcionario cuyo viaje se autoriza. Artículo 5.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y por el Ministro de Energía y Minas. Regístrese, comuníquese y publíquese. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la República JUAN F. JIMÉNEZ MAYOR Presidente del Consejo de Ministros JORGE MERINO TAFUR Ministro de Energía y Minas 944965-8 Aprueban modificación de concesión temporal a favor de Central Hidroeléctrica Huallaga Hydro S.A., para desarrollar estudios relacionados a la generación de energía eléctrica en la futura Central Hidroeléctrica Huallaga I RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 206-2013-MEM/DM Lima, 24 de mayo de 2013 VISTO: El Expediente N° 21314112 sobre modifi cación de concesión temporal para desarrollar estudios relacionados a la actividad de generación de energía eléctrica en la futura Central Hidroeléctrica Huallaga I, de acuerdo con el Decreto Ley N° 25844, Ley de Concesiones Eléctricas, presentado por CENTRAL HIDROELÉCTRICA HUALLAGA HYDRO S.A., persona jurídica inscrita en la Partida N° 12668412 del Registro de Personas Jurídicas de la Ofi cina Registral de Lima; CONSIDERANDO: Que, mediante la Resolución Ministerial Nº 283- 2012-MEM/DM publicada el 29 de junio de 2012, se otorgó concesión temporal a favor de CENTRAL HIDROELÉCTRICA HUALLAGA HYDRO S.A. para desarrollar estudios a nivel de factibilidad relacionados a la actividad de generación de energía eléctrica en la futura Central Hidroeléctrica Huallaga I, con una potencia instalada estimada de 180 MW, los cuales se realizarán en los distritos de Chinchao, Churubamba y Umari, provincias de Huánuco y Pachitea, departamento de Huánuco, por un plazo de veinticuatro (24) meses contados a partir de la vigencia de dicha Resolución; Que, CENTRAL HIDROELÉCTRICA HUALLAGA HYDRO S.A., mediante documentos con registro de ingreso Nº 2262568, 2264242 y 2270859 de fechas 22 y 29 de enero de 2013 y 22 de febrero de 2013, respectivamente, ha presentado solicitud sobre modifi cación de concesión temporal para realizar estudios relacionados a la actividad de generación de energía eléctrica en la futura Central Hidroeléctrica Huallaga I, consistente en la modifi cación de las coordenadas UTM que delimitan el área del estudio y la reducción de la potencia instalada de 180 MW a 130 MW; Que, los estudios mencionados en el considerando que antecede se desarrollarán en los distritos de Chinchao, Umari y Chaglla, provincias de Huánuco y Pachitea, departamento de Huánuco, en la zona comprendida dentro de las nuevas coordenadas UTM (PSAD 56) que fi guran en el Expediente; Que, según la solicitud referida, la modifi cación de la concesión temporal se realiza en virtud de la mejora de alternativa técnica y lo que implica el cambio del diseño