Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 01 DE JUNIO DEL AÑO 2013 (01/06/2013)

CANTIDAD DE PAGINAS: 136

TEXTO PAGINA: 68

El Peruano Sábado 1 de junio de 2013 496246 del proyecto y reubicación de la presa, túnel y la casa de máquinas; Que, en virtud de lo señalado de manera precedente, el Cronograma de Ejecución de Estudios del derecho eléctrico en cuestión no se ha visto modifi cado, manteniéndose el plazo de dos (02) años contados a partir la vigencia de la Resolución Ministerial Nº 283- 2012-MEM/DM; Que, mediante documento con registro de ingreso Nº 2277885 de fecha 25 de marzo de 2013, CENTRAL HIDROELÉCTRICA HUALLAGA HYDRO S.A. remitió a la Dirección General de Electricidad los avisos publicados en el Diario Ofi cial El Peruano los días 23 y 24 de marzo de 2013; Que, la Dirección General de Electricidad, luego de verifi car y evaluar que el peticionario cumplió con los requisitos establecidos en el Reglamento de la Ley de Concesiones Eléctricas, ha emitido el Informe N° 243-2013-DGE-DCE opinando a favor de aprobar la modifi cación solicitada; De conformidad con lo dispuesto en el artículo 23 de la Ley de Concesiones Eléctricas y el artículo 36 del Reglamento de la Ley de Concesiones Eléctricas aprobado mediante el Decreto Supremo Nº 009-93-EM y modifi catorias; Con la opinión favorable del Director General de Electricidad y el visto bueno del Vice Ministro de Energía; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Aprobación de la modifi cación de concesión temporal Aprobar la modifi cación de la concesión temporal a favor de CENTRAL HIDROELÉCTRICA HUALLAGA HYDRO S.A., identifi cada con el código N° 21314112, para desarrollar estudios a nivel de factibilidad relacionados a la actividad de generación de energía eléctrica en la futura Central Hidroeléctrica Huallaga I, consistente en la modifi cación de las coordenadas UTM de la zona del estudio y la reducción de la potencia instalada de 180 MW a 130 MW, los cuales se realizarán en los distritos de Chinchao, Umari y Chaglla, provincias de Huánuco y Pachitea, departamento de Huánuco, por un plazo de dos (02) años contados a partir de la vigencia de la Resolución Ministerial Nº 283-2012-MEM/DM. Artículo 2º.- Área delimitada para los estudios de generación de energía eléctrica El área fi nal otorgada para realizar los estudios de generación de energía eléctrica comprende la zona delimitada por las siguientes coordenadas UTM (PSAD 56): VÉRTICE ESTE NORTE 1 391 094,4833 8 915 209,4609 2 395 590,4173 8 916 219,5313 3 396 121,2493 8 917 050,4673 4 404 058,0000 8 913 905,1125 5 408 780,6227 8 913 077,8323 6 408 514,4581 8 911 438,3630 7 403 708,2421 8 912 331,2780 8 396 175,0361 8 915 489,2327 9 394 749,6401 8 915 005,6017 10 391 583,8361 8 914 418,1073 Artículo 3º.- Vigencia de los derechos y obligaciones Quedan subsistentes todos los derechos y obligaciones a que se encuentra sujeta la titular, en particular, el cumplimiento de la Ley de Concesiones Eléctricas, su Reglamento, la Resolución Ministerial N° 283-2012-MEM/ DM y demás normas legales y técnicas aplicables. Artículo 4º.- Publicación La presente Resolución Ministerial, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 36 del Reglamento de la Ley de Concesiones Eléctricas, será publicada en el Diario Ofi cial El Peruano por una sola vez y por cuenta del interesado, y entrará en vigencia a partir del día siguiente de su publicación. Regístrese, comuníquese y publíquese. JORGE MERINO TAFUR Ministro de Energía y Minas 942015-1 Establecen servidumbres a favor de concesión temporal de la que es titular Perú Energía Renovable S.A., para el desarrollo de estudios relacionados con la actividad de generación en futuras centrales solar y eólica RESOLUCION MINISTERIAL Nº 214-2013-MEM/DM Lima, 24 de mayo de 2013 VISTO: El Expediente Nº 11225012, presentado por Perú Energía Renovable S.A., persona jurídica inscrita en la Partida Nº 12097377 del Registro de Personas Jurídicas de la Ofi cina Registral de Lima, sobre solicitud de establecimiento de servidumbre temporal de ocupación para la futura Central Solar La Joya; CONSIDERANDO: Que, Perú Energía Renovable S.A., titular de la concesión temporal para desarrollar estudios a nivel de factibilidad relacionados a la actividad de generación de energía eléctrica con Recursos Energéticos Renovables para la futura Central Solar La Joya, en mérito de la Resolución Ministerial Nº 294-2012-MEM/DM, publicada el 29 de junio de 2012, ha solicitado el establecimiento de la servidumbre temporal de ocupación, por el plazo de dicha concesión, para el desarrollo de estudios relacionados con la actividad de generación con Recursos Energéticos Renovables para la citada Central, ubicada en el distrito de La Joya, provincia y departamento de Arequipa, según las coordenadas UTM (PSAD 56) que fi guran en el Expediente; Que, de acuerdo con lo establecido por el literal a) del artículo 109 de la Ley de Concesiones Eléctricas, los concesionarios están facultados a utilizar a título gratuito el suelo, subsuelo y aires de caminos públicos, calles, plazas y demás bienes de propiedad del Estado o municipal, así como para cruzar ríos, puentes, vías férreas, líneas eléctricas y de comunicaciones, por lo cual, en el presente caso no corresponde el pago de compensación por derechos de servidumbre; Que, de acuerdo a la declaración de Perú Energía Renovable S.A., mediante la documentación que obra en el Expediente, los terrenos destinados para la realización de los estudios de factibilidad para la futura Central Solar La Joya son de propiedad del Estado; Que, la petición se encuentra amparada por el artículo 110 y siguientes de la Ley de Concesiones Eléctricas y su Reglamento; Que, la Dirección General de Electricidad, luego de haber verifi cado que la peticionaria ha cumplido con los requisitos legales y procedimientos correspondientes, ha emitido el Informe Nº 276-2013-DGE-DCE; Con la opinión favorable del Director General de Electricidad y con el visto bueno del Vice Ministro de Energía; SE RESUELVE: Artículo 1.- ESTABLECER con carácter temporal a favor de la concesión temporal de generación de la que es titular Perú Energía Renovable S.A., por el plazo de dicha concesión, la servidumbre temporal de ocupación para el desarrollo de estudios relacionados con la actividad de generación con Recursos Energéticos Renovables para la futura Central Solar La Joya, ubicada en el distrito de La Joya, provincia y departamento de Arequipa, de acuerdo a