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El Peruano Sábado 1 de junio de 2013 496252 CONSIDERANDO: Que, el inciso 12) del artículo 118º de la Constitución Política del Perú, establece la facultad del señor Presidente de la República de nombrar Embajadores y Ministros Plenipotenciarios, con aprobación del Consejo de Ministros, con cargo a dar cuenta al Congreso de la República; Teniendo en cuenta la Nota NV Perú 02/12, del Ministerio de Asuntos Exteriores del Principado de Andorra, la cual comunica que se ha concedido el beneplácito de estilo para que el señor Francisco José Eguiguren Praeli, se desempeñe como Embajador Extraordinario y Plenipotenciario del Perú en el Principado de Andorra, con residencia en Madrid, Reino de España; De conformidad con la Ley Nº 28091, Ley del Servicio Diplomático de la República y su modifi catoria la Ley N° 29318; el Reglamento de la Ley del Servicio Diplomático de la República, aprobado mediante el Decreto Supremo Nº 130-2003/RE y su modifi catoria el Decreto Supremo N° 065-2009/RE; y, Con el voto aprobatorio del Consejo de Ministros; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Nombrar al señor Francisco José Eguiguren Praeli, Embajador Extraordinario y Plenipotenciario del Perú ante el Reino de España, para que se desempeñe simultáneamente como Embajador Extraordinario y Plenipotenciario del Perú en el Principado de Andorra, con residencia en la ciudad de Madrid, Reino de España. Artículo 2º.- Extender las Cartas Credenciales y Plenos Poderes correspondientes. Artículo 3°.- La presente Resolución Suprema será refrendada por la Ministra de Relaciones Exteriores. Regístrese, comuníquese y publíquese. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la República EDA A. RIVAS FRANCHINI Ministra de Relaciones Exteriores 944963-14 Dan por terminadas funciones de Cónsul Honorario del Perú en la ciudad de Monterrey, Estado de Nuevo León, México RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 132-2013-RE Lima, 31 de mayo de 2013 VISTAS: La Resolución Suprema N° 694-1965-RE, de fecha 28 de setiembre de 1965, que nombró Cónsul Honorario del Perú en la ciudad de Monterrey, Estado de Nuevo León, México, al señor César Humberto Solís Ortegón; La comunicación escrita del Consulado General del Perú en México, de fecha 31 de julio de 2006, sobre el fallecimiento del señor César Humberto Solís Ortegón; CONSIDERANDO: Que, el artículo 127°, literal e), del Reglamento Consular del Perú, aprobado mediante Decreto Supremo N° 076-2005-RE del 05 de octubre de 2005, señala que las funciones de los Cónsules Honorarios concluyen por muerte; De conformidad con lo dispuesto en el artículo 118° inciso 11) de la Constitución Política del Perú; en los artículos 127°, literal d), 128° y 129° del Reglamento Consular del Perú, aprobado mediante Decreto Supremo N° 076-2005-RE del 05 de octubre de 2005 y la Convención de Viena sobre Relaciones Consulares; SE RESUELVE: Artículo 1°.- Dar por terminadas las funciones del señor César Humberto Solís Ortegón como Cónsul Honorario del Perú en la ciudad de Monterrey, Estado de Nuevo León, México. Artículo 2°.- Cancelar las Letras Patentes correspondientes. Artículo 3°.- La presente Resolución Suprema será refrendada por la Ministra de Relaciones Exteriores. Regístrese, comuníquese y publíquese. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la República EDA A. RIVAS FRANCHINI Ministra de Relaciones Exteriores 944963-15 Autorizan al Ministerio de Educación, Ministerio de Justicia y Derechos Humanos y la Contraloría General de la República a efectuar pago de cuotas a diversos organismos internacionales RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 133-2013-RE Lima, 31 de mayo de 2013 VISTO: El ofi cio Nº 0385-2013-MINEDU-VMGI-CI de fecha 22 de mayo de 2013, del Ministerio de Educación, por el que solicita al Ministerio de Relaciones Exteriores la expedición de la Resolución Suprema que autorice el pago de la cuota a la Facultad Latinoamericana de Ciencias Sociales (FLACSO) correspondiente al ejercicio 2013; CONSIDERANDO: Que, el artículo 67º, numeral 67.3, de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, autoriza a las entidades del Sector Público a pagar con cargo a sus respectivos presupuestos, las cuotas del Gobierno peruano a los organismos internacionales de los cuales el Perú es miembro; Que, es obligación del Perú cumplir con el pago de las cuotas a los organismos internacionales de manera que permitan potenciar la capacidad de negociación en las gestiones diplomáticas y acrecentar el benefi cio de los fl ujos de cooperación y asistencia técnica internacional; Que, en consecuencia es necesario autorizar el pago de la cuota a la Facultad Latinoamericana de Ciencias Sociales (FLACSO) correspondiente al ejercicio 2013, con cargo al presupuesto del Ministerio de Educación; De conformidad con lo establecido en el artículo 67º, numeral 67.3, de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto; Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar al Ministerio de Educación a efectuar el pago de la cuota ascendente a US$ 11,900.00 (Once Mil Novecientos y 00/100 Dólares de los Estados Unidos de América) a la Facultad Latinoamericana de Ciencias Sociales (FLACSO), correspondiente al ejercicio 2013. Artículo 2º.- Los gastos que demande lo dispuesto en el artículo precedente, serán fi nanciados con cargo al presupuesto del Ministerio de Educación. Artículo 3º.- La equivalencia en moneda nacional será establecida según el tipo de cambio vigente a la fecha de pago.