Norma Legal Oficial del día 01 de junio del año 2013 (01/06/2013)


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TEXTO DE LA PÁGINA 86

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Articulo Cuarto.- La presente Resolucion Directoral surtira efectos a partir del dia siguiente de su publicacion en el Diario Oficial El Peruano, siendo de cargo de la empresa denominada ESCUELA DE CONDUCTORES INTEGRALES SAN MORDAZA OBRERO DE SICUANI S.A.C., los gastos que origine su publicacion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA QWISTGAARD MORDAZA Director General (e) Direccion General de Transporte Terrestre 941357-1

El Peruano Sabado 1 de junio de 2013

Ley de Organizacion y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones; Ley Nº 27181 Ley General de Transporte y MORDAZA Terrestre; Decreto Supremo Nº 058-2003-MTC y sus modificatorias y La Directiva Nº 004-2010-MTC/15 aprobada por Resolucion Directoral Nº 2268-2010-MTC/15; SE RESUELVE: Articulo Primero.- Autorizar por el plazo de cinco (05) anos a la empresa CENTRO TECNICO AUTOMOTRIZ HERSA S.R.L., como Centro de Revision Periodica de Cilindros-CRPC, para operar en el local ubicado en la: Av. MORDAZA Gambeta Lote 4,5 (lotes 4, 5, 6, y 7 frente AA.HH Pachacutec ­ frente al AA.HH Chavinillo) Ventanilla Callao. Articulo Segundo.- La empresa autorizada debera obtener, dentro del plazo MORDAZA de noventa (90) dias calendario a contarse a partir del dia siguiente de la publicacion de la presente Resolucion Directoral, la "Conformidad de Inicio de Operaciones" expedido por esta Direccion General, la misma que sera emitida previa verificacion del cumplimiento de todos los requisitos referidos a la infraestructura, equipamiento y personal requeridos por La Directiva Nº 004-2010-MTC/15, aprobada por Resolucion Directoral Nº 2268-2010MTC/15. Articulo Tercero.- Es responsabilidad de la empresa CENTRO TECNICO AUTOMOTRIZ HERSA S.R.L, renovar oportunamente la Carta Fianza presentada a efectos de respaldar las obligaciones contenidas en la Directiva Nº 004-2010-MTC/15, aprobada por Resolucion Directoral Nº 2268-2010-MTC/15, la vigencia de la autorizacion, MORDAZA del vencimiento del plazo que se senala a continuacion:
ACTO Primera renovacion de carta fianza Fecha MORDAZA de MORDAZA 3 de MORDAZA de 2018

Autorizan a Centro Tecnico Automotriz Hersa S.R.L. como centro de revision periodica de cilindros, para operar en local ubicado en la Provincia Constitucional del Callao
RESOLUCION DIRECTORAL Nº 1827-2013-MTC/15 MORDAZA, 3 de MORDAZA de 2013 VISTOS: Los Partes Diarios Nºs. 024483 y 040679 presentados por la empresa denominada CENTRO TECNICO AUTOMOTRIZ HERSA S.R.L. con RUC 20101660126 y domicilio en Av. MORDAZA Gambeta Lote 4, 5 Callao; mediante los cuales solicita autorizacion como Centro de Revision Periodica de Cilindros-CRPC, en el local ubicado en Av. MORDAZA Gambeta Lote 4,5 (lotes 4, 5, 6, y 7 frente AA.HH Pachacutec ­ frente al AA.HH Chavinillo) Ventanilla - Callao; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Supremo Nº 058-2003MTC y sus modificatorias, se aprobo el Reglamento Nacional de Vehiculos, el mismo que tiene como objeto establecer los requisitos y caracteristicas tecnicas que debe cumplir los vehiculos para que ingresen, se registren, operen y se retiren del Sistema Nacional de Transporte Terrestre; Que, mediante Resolucion Directoral Nº 2268-2010MTC/15, se aprueba la Directiva Nº 004-2010-MTC/15 "Regimen de Autorizaciones y Funcionamiento de los Centros de Revision Periodica de Cilindros", el mismo que tiene como objetivo establecer el procedimiento de autorizacion y los requisitos que deben reunir las personas juridicas que pretendan operar como Centro de Revision Periodica de Cilindros-CRPC, encargadas de realizar la inspeccion fisica de los cilindros de los vehiculos a combustion de GNV, bi-combustion (gasolina/ GNV) o sistema dual (combustion liquido/GNV), con el proposito de asegurar que estos cumplan con las exigencias tecnicas establecidas en la NTP 111.017 "Gas Natural Seco, Revision Periodica para Cilindro MORDAZA I para Gas Natural Vehicular (GNV)" y demas normas conexas y complementarias; Que, de acuerdo al Informe Nº 267-2013-MTC/15.03. A.A., elaborado por la Direccion de Circulacion y Seguridad Vial, se concluye que la empresa denominada CENTRO TECNICO AUTOMOTRIZ HERSA S.R.L., en adelante La Empresa, ha cumplido con presentar los requisitos establecidos en el numeral 5.2 de la Directiva Nº 0042010-MTC/15, aprobada por Resolucion Directoral Nº 2268-2010-MTC/15, por lo que resulta procedente emitir el acto administrativo correspondiente; siendo de aplicacion ademas los principios de informalismo, presuncion de veracidad y privilegio de los controles posteriores contenidos en el articulo IV del Titulo Preliminar de la Ley Nº 27444; De conformidad con la Ley Nº 27444, Ley de Procedimiento Administrativo General; Ley Nº 29370,

En caso que la empresa autorizada no cumpla con presentar la renovacion de la Carta Fianza MORDAZA de su vencimiento, se procedera conforme a lo establecido en el numeral 5.9 de la Directiva Nº 0042010-MTC/15 aprobada por Resolucion Directoral Nº 2268-2010-MTC/15, referida a la caducidad de la autorizacion. Articulo Cuarto.- La empresa CENTRO TECNICO AUTOMOTRIZ HERSA S.R.L., bajo responsabilidad debe presentar a la Direccion General de Transporte Terrestre del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, la renovacion de la poliza de seguro de responsabilidad civil extracontractual, MORDAZA del vencimiento de los plazos que se senalan a continuacion:
ACTO Primera renovacion o contratacion de nueva poliza Tercera renovacion o contratacion de nueva poliza Cuarta renovacion o contratacion de nueva poliza MORDAZA renovacion o contratacion de nueva poliza Fecha MORDAZA de MORDAZA 19 de febrero de 2014 19 de febrero de 2016 19 de febrero de 2017 19 de febrero de 2018

MORDAZA renovacion o contratacion de nueva poliza 19 de febrero de 2015

Articulo Quinto.- Remitir a la Direccion General de Transporte Terrestre dentro del plazo de treinta (30) dias calendario de otorgada la autorizacion, la relacion del equipamiento requerido por el numeral 5.1.4 de La Directiva Nº 004-2010-MTC/15 aprobada por Resolucion Directoral Nº 2268-2010-MTC/15, tal como ofrece en la Declaracion Jurada presentada. Articulo Sexto.- Remitir a la Direccion General de Transporte Terrestre dentro del plazo de treinta (30) dias calendario de otorgada la autorizacion, los planos de ubicacion y distribucion del local propuesto segun lo establecido en el numeral 5.2.8 de La Directiva Nº 004-2010-MTC/15 aprobada

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