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El Peruano Miércoles 19 de junio de 2013 497536 PODER EJECUTIVO PRESIDENCIA DEL CONSEJO DE MINISTROS Decreto Supremo que prorroga el Estado de Emergencia en el distrito de Barranca, de la provincia de Barranca; el distrito de Manás, de la provincia de Cajatambo; los distritos de Huaura y Santa Leonor, de la provincia de Huaura; el distrito de Pachangara, de la provincia de Oyón; y los distritos de Lincha y Huampara, de la provincia de Yauyos, en el departamento de Lima DECRETO SUPREMO N° 072-2013-PCM EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Supremo Nº 044-2013-PCM publicado el 20 de abril de 2013, se declaró el Estado de Emergencia en el distrito de Barranca, de la provincia de Barranca; el distrito de Manás, de la provincia de Cajatambo; el distrito de San Antonio, de la provincia de Huarochirí; los distritos de Huaura y Santa Leonor, de la provincia de Huaura; el distrito de Pachangara, de la provincia de Oyón; y los distritos de Lincha y Huampara, de la provincia de Yauyos, en el departamento de Lima; por el plazo de sesenta (60) días calendario, para la ejecución de medidas de excepción inmediatas y necesarias de respuesta y rehabilitación en las zonas afectadas; Que, el Gobierno Regional de Lima, mediante Ofi cio Nº 0349-2013-GRL/PRES presentado el 11 de junio de 2013, sustentado en el Informe Técnico Nº 005-2013- GRL/GRRNGMA/ORDC/PLVV, así como en el Informe Nº 421-2013-GRL-GRRNGMA/ORDC, solicita la prórroga del Estado de Emergencia sólo en el distrito de Barranca, de la provincia de Barranca; el distrito de Manás, de la provincia de Cajatambo; los distritos de Huaura y Santa Leonor, de la provincia de Huaura; el distrito de Pachangara, de la provincia de Oyón; y los distritos de Lincha y Huampara, de la provincia de Yauyos, en el departamento de Lima; no habiendo incluido en su solicitud la prórroga para el distrito de San Antonio de la provincia de Huarochirí, toda vez que en las mencionadas zonas afectadas aún no se han concluido las acciones necesarias e inmediatas, sobretodo en lo que corresponde a acciones de rehabilitación, estando en trámite fi chas de actividades de emergencia y proyectos de inversión pública de emergencia, siendo necesario concluir con los mismos para su correspondiente ejecución; Que, la Dirección de Respuesta del Instituto Nacional de Defensa Civil – INDECI, con el Informe Técnico Nº 009-2013-INDECI/11.0 de fecha 17 de junio de 2013, considerando las coordinaciones efectuadas con el Gobierno Regional de Lima y los Gobiernos Locales involucrados, y de acuerdo al registro de las emergencias suscitadas en el Sistema de Información Nacional para la Respuesta y Rehabilitación – SINPAD y el Informe de Emergencia Nº 206-03/04/2013-COEN-INDECI/18:00 HORAS, informa señalando que continua pendiente la ejecución de acciones rehabilitación de infraestructura pública diversa dañada, no habiéndose logrado al 100% la recuperación física, económica y social de las comunidades afectadas, razones que justifi can la necesidad de prorrogar el Estado de Emergencia en el distrito de Barranca, de la provincia de Barranca; el distrito de Manás, de la provincia de Cajatambo; los distritos de Huaura y Santa Leonor, de la provincia de Huaura; el distrito de Pachangara, de la